Decreto Constituyente Nº 28, del 15 de febrero de 1983
Decreto Nº 28
- La Asamblea Constituyente de la República de El Salvador,
- considerando:
- Que tomando en consideración que a los nuevos Alcaldes Municipales les ha sido imposible presentar la documentación dentro del plaza a que se refiere el artículo 2 del Decreto Constituyente Nº 16, de fecha 19 de octubre de 1982, publicado en el Diario Oficial Nº 192, Tomo 277 de la misma fecha, es necesario ampliar el plazo respectivo para que se cumpla con tales requisitos.
- Por tanto,
- en uso de sus facultades soberanas que le ha concedido el pueblo salvadoreño, de acuerdo a los Decretos Constituyentes Nos. 3 y 5 de fechas 26 y 29 de abril del año de 1982, respectivamente, publicados en los Diarios Oficiales números 75 y 78, Tomo 275 de fechas 26 y 29 del mismo mes y año,
- decreta:
Art. 1.— Sustitúyese el artículo 2 del Decreto Constituyente Nº 16, de fecha 19 de octubre de 1982, publicado en el Diario Oficial Nº 192, Tomo 277 de la misma fecha, por el siguiente:
- “Art. 2.— Son requisitos para ser miembro de los Concejos Municipales: ser salvadoreño, del estado seglar, mayor de edad, estar en el ejercicio de los derechos ciudadanos, de moralidad notoria, saber leer y escribir y ser originario o vecino del municipio correspondiente. Las personas que se nombren para Alcalde Municipal deberán presentar constancia de la Corte de Cuentas de la República de que no tienen cuentas pendientes como resultado del manejo de fondos u otros bienes públicos, solvencias de Renta y Vialidad y Municipal, a más tardar ciento cincuenta días después de su nombramiento ante la autoridad superior respectiva”.
Art. 2.— El presente Decreto entrará en vigencia desde esta fecha.
Dado en el salón de sesiones de la Asamblea Constituyente; Palacio Legislativo: San Salvador, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y tres.
Roberto D’Aubuisson Arrieta | ||
Presidente | ||
Hugo Roberto Carrillo Corleto | María Julia Castillo Rodas | |
Vice-Presidente | Vice-Presidente | |
Hugo César Barrera Guerrero | ||
Primer Secretario | ||
René Barrios Amaya | Rafael Morán Castaneda | |
Primer Secretario | Primer Secretario | |
Héctor Tulio Flores | ||
Segundo Secretario | ||
Antonio Genaro Pastore Mendoza | Mercedes Gloria Salguero Gross | |
Segundo Secretario | Segundo Secretario |
D. O. Nº 33, T. 278, del 16 de febrero de 1983.
Decretos de la Asamblea Constituyente de la República de El Salvador (1982-1983)
La Asamblea Constituyente inició sesiones el 26 de abril de 1982 y finalizó el 15 de diciembre de 1983 con la aprobación de la nueva Constitución de la República, terminando su período como Asamblea Legislativa el 30 de abril de 1985. Los que siguen son los decretos aprobados en virtud de sus «facultades soberanas», es decir, cuando asumía la función constituyente ordinaria:
- Decretos Nos. 1 y 2, del 22 de abril de 1982 — D. O. No. 73, T. 275, 22 abr. 1982
- Decreto No. 3, del 26 de abril de 1982 — D. O. No. 75, T. 275, 26 abr. 1982
- Decretos Nos. 4, 5 y 6, del 29 de abril de 1982 — D. O. No. 78, T. 275, 29 abr. 1982
- Decretos Nos. 7 y 8, del 4 de mayo de 1982 — D. O. No. 90, T. 275, 18 may. 1982
- Decreto No. 9, del 6 de mayo de 1982 — D. O. No. 91, T. 275, 19 may. 1982
- Decreto No. 10, del 12 de mayo de 198 — D. O. No. 91, T. 275, 19 may. 1982
- Decretos Nos. 11 y 12, del 14 de mayo de 1982 — D. O. No. 94, T. 275, 24 may. 1982
- Decreto No. 13, del 27 de mayo de 1982 — D. O. No. 101, T. 275, 2 jun. 1982; fe de erratas: D. O. No. 108, T. 275, 11 jun. 1982
- Decreto No. 14, del 31 de agosto de 1982 — D. O. No. 161, T. 276, 2 sep. 1982
- Decreto No. 15, del 7 de octubre de 1982 — D. O. No. 187, T. 277, 11 oct. 1982
- Decreto No. 16, del 19 de octubre de 1982 — D. O. No. 192, T. 277, 19 oct. 1982
- Decretos Nos. 17 y 18, del 3 de noviembre de 1982 — D. O. No. 203, T. 277, 4 nov. 1982
- Decreto No. 19, del 23 de noviembre de 1982 — D. O. No. 216, T. 277, 24 nov. 1982
- Decreto No. 20, del 25 de noviembre de 1982 — D. O. No. 217, T. 277, 25 nov. 1982
- Decreto No. 21, del 25 de noviembre de 1982 — D. O. No. 217, T. 277, 25 nov. 1982
- Decreto No. 22, del 6 de enero de 1983 — D. O. No. 6, T. 278, 10 ene. 1983
- Decreto No. 23, del 20 de enero de 1983 — D. O. No. 16, T. 278, 24 ene. 1983
- Decreto No. 24, del 27 de enero de 1983 — D. O. No. 23, T. 278, 2 feb. 1983
- Decreto No. 25, del 27 de enero de 1983 — D. O. No. 20, T. 278, 28 ene. 1983
- Decreto No. 27, del 15 de febrero de 1983 — D. O. No. 33, T. 278, 16 feb. 1983
- Decreto No. 28, del 15 de febrero de 1983 — D. O. No. 33, T. 278, 16 feb. 1983
- Decreto No. 29, del 22 de abril de 1983 — D. O. No. 83, T. 279, 5 may. 1983
- Decretos Nos. 30 y 31, del 2 de junio de 1983 — D. O. No. 112, T. 279, 16 jun. 1983
- Decreto No. 32, del 21 de julio de 1983 — D. O. No. 142, T. 280, 29 jul. 1983
- Decreto No. 33, del 9 de septiembre de 1983 — D. O. No. 175, T. 280, 22 sep. 1983
- Decreto No. 34, del 7 de octubre de 1983 — D. O. No. 195, T. 281, 21 oct. 1983
- Decreto No. 35, del 11 de noviembre de 1983 — D. O. No. 218, T. 281, 24 nov. 1983
- Decreto No. 36, del 22 de noviembre de 1983 — D. O. No. 225, T. 281, 5 dic. 1983
- Decreto No. 37, del 1 de diciembre de 1983 — D. O. No. 229, T. 281, 9 dic. 1983
- Decreto No. 38, del 15 de diciembre de 1983 — D. O. No. 234, T. 281, 16 dic. 1983