Sentencia del TOF 3 dictada en el caso del atentado contra la AMIA el 29 de octubre de 2004 (161)

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  • TÍTULO I. LA CAUSA POR EL ATENTADO
    • CAPÍTULO VIII. La instrucción judicial
        • E) Actividad informal y subrepticia del Estado
          • 4) Beraja


Con posterioridad a las reuniones con la camarista Riva Aramayo, en el año 1996, se iniciaron una serie de conversaciones entre el Dr. Stinfale, Telleldín y el Dr. Beraja, querellante en la causa, de las que el juzgado estaba anoticiado.


En efecto, al deponer en la audiencia el Dr. Rubén Ezra Beraja, presidente de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas entre los años 1991 y 1998, sostuvo que en 1996 mantuvo dos encuentros con el Dr. Stinfale, defensor de Telleldín, en los cuales, entre otras cosas, surgió el tema de un libro, por cuanto el imputado quería lograr una edición para obtener recursos, dado que era la forma de proteger a su familia.


Explicó que el primer encuentro con Stinfale, a quien no conocía, se realizó en su oficina, que se trató de “una reunión de conocimiento, de planteo del tema. Stinfale le dijo que tenía experiencia en asuntos penales pero que era consciente que este era un caso grave y, por su envergadura, ajeno a su actividad habitual. Le comentó, además, que el temor impedía a su cliente hablar de sus vínculos con miembros de la Policía Bonaerense, quienes lo habían llevado hasta aparecer involucrado en la causa”.


Añadió Beraja que su interlocutor le dijo que Telleldín no hablaba debido a que temía por su vida y sostuvo que Stinfale quedó en “que charlaría con su cliente para ver si podíamos encontrar alternativas”.


Luego de un mes, acotó, tuvieron otra reunión en una oficina sita en Lavalle y Florida, que no estaba habilitada, donde podían tener privacidad y lo consideraban un lugar neutral, acordando darle a la entrevista el carácter de secreto profesional. En la ocasión volvieron a hablar del tema y “ahí introdujo la cuestión del libro”, mencionándole Stinfale que Telleldín lo quería hacer, indicándole la Editorial Sudamericana y la aspiración dineraria que tenía. Según Beraja, el libro contendría temas vinculados a cómo ocurrió el atentado, exponiéndolo públicamente, interpretando que ese medio “podía significar una mayor salvaguarda por la publicidad”.


Recordó el testigo que, en razón que para esa época estaba vigente la recompensa establecida por el gobierno, le preguntó a “Stinfale que si lo que Telleldín necesitaba eran recursos para tomar recaudos y distancia frente a las amenazas que podría haber sobre su familia, por qué no se acogía a la recompensa, respondiéndole su interlocutor que estaba excluido por su carácter de procesado y, además, debido a que tenía embargos judiciales, extremo que hacía ilusoria la posibilidad de cobrar la recompensa”.


Agregó que luego de la reunión quedó abierto un canal de dialogo que sirvió para solicitar y llevar a cabo en el juzgado una entrevista con el imputado, de la que participó junto con los Dres. Stinfale, Cichowolski, Dobniewski y Astigarraga, no habiendo tomado parte ningún funcionario del juzgado; reunión que no arrojó ningún resultado dado que Telleldín volvió a decir que sabía mucho pero que no podía hablar por el riesgo. Agregó que frente a ello le dijeron que si informaba el destino de la camioneta Trafic entre el 10 y el 17, se comprometerían a lograr que el gobierno tomara medidas para darle protección a nivel nacional e internacional; no obstante, Telleldín no modificó su actitud.


Beraja precisó que pidieron que la entrevista se llevase a cabo en la sede del juzgado debido a que querían conversar en un ámbito “donde se pudiera generar un contexto más positivo” recalcando que durante el cónclave Telleldín ocupó, con mucha soltura, el asiento central y construyó con habilidad la conversación, con facetas que no conducían a nada concreto.


El juez instructor y los funcionarios del juzgado, expuso, sabían de que se trataría de persuadir a Telleldín “para que por encima del temor que aducía, dijera lo que sabía y que realmente ese compromiso iba a ser tratado a nivel presidencial”, indicando “que Galeano era escéptico sobre la conveniencia de hacer la reunión, pero ante nuestra insistencia aceptó convocarlos”.


Preguntado Beraja acerca de si se labró alguna constancia o se hizo un acta de la reunión, respondió que no.


Si bien el encuentro al que se refirió el testigo acaeció en 1996, al serle exhibida, a instancia de una de las defensas, el acta del 6 de agosto de 1997, que luce a fs. 26.589, aquél la reconoció, no obstante reiterar su creencia de que no se había dejado constancia alguna del encuentro.


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