Sentencia del TOF 3 dictada en el caso del atentado contra la AMIA el 29 de octubre de 2004 (165)
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- TÍTULO I. LA CAUSA POR EL ATENTADO
- CAPÍTULO VIII. La instrucción judicial
- F) Apriete al abogado Semorile
- 3) ¿Es apretable Semorile?
- F) Apriete al abogado Semorile
- CAPÍTULO VIII. La instrucción judicial
Resulta oportuno señalar, sin perjuicio de las consideraciones que habrán de formularse más adelante, que si el subcomisario Leal conocía a Telleldín, tal como lo sostuvo Semorile, no se explica la necesidad de llevar a Bareiro, el 14 de julio de 1994, a solo efecto de que lo identificase.
Evidentemente, aquel interrogante planteado por Vergéz a Telleldín -¿es apretable Semorile?- se relaciona, sin duda, con la supuesta espontaneidad, ahínco, casualidades vividas e interés demostrado por Gustavo Semorile en aportar datos al juez.