Sentencia del TOF 3 dictada en el caso del atentado contra la AMIA el 29 de octubre de 2004 (110)

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  • TÍTULO I. LA CAUSA POR EL ATENTADO
    • CAPÍTULO VI. Carlos Alberto Telleldín
        • C) El taller de Nitzcaner
          • 2) La prueba
            • b) Pole Position


A fs. 409vta./410 obra el acta de allanamiento labrada el 28 de julio de 1994, a las 5.15, en el taller “Pole Position”, sito en Ituzaingó 2335 de Villa Maipú, provincia de Buenos Aires, a resultas del cual se secuestraron, entre otras cosas, ocho listones de madera y dos pisos de madera con listones de aluminio y se detuvo a Marcelo Fabián Jouce, quien dijo ser el responsable del taller.


Obran a fs. 11.668/11.670 vistas fotográficas de los elementos secuestrados y a fs. 30.737/30.760 consta un acta de reconocimiento y fotografías de esos objetos. Por otra parte, Juan Dante Falzarano, Cantalicio Alfredo Bobadilla, Raúl Marcelo Costa y Fernando Carlos Cingolani reconocieron su firma en el referido instrumento.


A ello se adunan las declaraciones testimoniales prestadas en el debate por el subcomisario Francisco Tomás Bruno y por los testigos de actuación Carlos Mario Vispo y Pedro Ancona. Bruno recordó haber participado en la diligencia y reconoció en las fotografías apuntadas los efectos secuestrados, en tanto los restantes fueron contestes respecto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar que rodearon el procedimiento. En igual sentido, la declaración, incorporada por lectura, del subcomisario Guillermo Raúl Latino.


El 12 de abril de 1995, a las 12.20, el entonces inspector Rolando Guillermo Goicochea, integrante del Departamento Protección del Orden Constitucional, realizó un nuevo allanamiento en el taller de Nitzcaner (cónf. acta glosada a fs. 10.561/10.562), en presencia de los testigos de actuación Martín Daniel Ivaldi, Juan Antonio Salguero y de Pedro Alejandro Sarapura.


En la ocasión se secuestraron, del interior de una habitación utilizada como oficina y depósito de herramientas, cinco pedazos de madera enchapada con varillas de aluminio de distintas medidas, reconocidas por Sarapura como parte del revestimiento del interior de su Trafic; también reconoció como de su propiedad una gaveta porta radio-pasacasete; una caja plástica color rojo conteniendo balizas refractarias; una estructura de hierro de una banqueta; una tapa de metal; un trozo de alfombra color beige; una llave de rueda; un par de guantes de trabajo; otro trozo de madera y documentación. A fs. 10.569/10.574 y 11.671/11.672 obran vistas fotográficas que ilustran los elementos incautados, a fs. 10.568 un plano ilustrativo del lugar y a fs. 31.691/31.692 fotografías del taller.


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