Plan de Guadalupe
Plan de Guadalupe de Marzo de 1913
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MANIFIESTO A LA NACIÓN.
Considerando que los Poderes Legislativo y Judicial han reconocido y amparado en contra de las leyes y preceptos constitucionales al general Victoriano Huerta y sus ilegales y antipatrióticos procedimientos, y considerando, por último, que algunos Gobiernos de los Estados de la Unión han reconocido al Gobierno ilegítimo impuesto por la parte del Ejército que consumó la traición, mandado por el mismo general Huerta, a pesar de haber violado la soberanía de esos Estados, cuyos Gobernadores debieron ser los primeros en desconocerlo, los suscritos, Jefes y Oficiales con mando de las fuerzas constitucionales, hemos acordado y sostendremos con las armas el siguiente:
PLAN
1º.- Se desconoce al general Victoriano Huerta como Presidente de la República.
2º.- Se desconoce también a los Poderes Legislativo y Judicial de la Federación.
3º.- Se desconoce a los Gobiernos de los Estados que aún reconozcan a los Poderes Federales que forman la actual Administración, treinta días después de la publicación de este Plan.
4º.- Para la organización del ejército encargado de hacer cumplir nuestros propósitos, nombramos como Primer Jefe del Ejército que se denominará "Constitucionalista", al ciudadano Venustiano Carranza, Gobernador del Estado de Coahuila.
5º.- Al ocupar el Ejército Constitucionalista la Ciudad de México, se encargará interinamente del Poder Ejecutivo al ciudadano Venustiano Carranza, Primer Jefe del Ejército, o quien lo hubiere sustituido en el mando.
6º.- El Presidente Interino de la República convocará a elecciones generales tan luego como se haya consolidado la paz, entregando el Poder al ciudadano que hubiere sido electo.
7º.- El ciudadano que funja como Primer Jefe del Ejército Constitucionalista en los Estados cuyos Gobiernos hubieren reconocido al de Huerta, asumirá el cargo de Gobernador Provisional y convocará a elecciones locales, después de que hayan tomado posesión de su cargo los ciudadanos que hubieren sido electos para desempeñar los altos Poderes de la Federación, como lo previene la base anterior, al ciudadano que hubiese sido electo.
Firmado en la Hacienda de Guadalupe, Coahuila, a los 23 días del mes de marzo de 1913.