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SESION DE 18 DE ENERO DE 1825

momento que los pueblos entiendan que el diezmo, que hasta ahora ha sido respetado como una contribución debida a la iglesia, puede ser suprimido por la autoridad secular, le perderán aquel respeto que lo hacia pagar con relijiosidad i exactitud. Aun no era tiempo de hacer semejante propuesta, pero el mal está ya causado, i ojalá que la autoridad i opinion del Congreso puedan resarcirlo. —Santiago i Enero, etc.


Núm. 268

Señor:

El apoderado de la villa de Melipilla, con el mas profundo respeto, digo: que, por bando publicado en aquel pueblo en fines de Diciembre último, se mandó suspender la elección de diputados hasta la resolución del Soberano Congreso, a quien el Gobierno habia dado cuenta de las últimas ocurrencias. Posteriormente ha determinado que individuos de su seno pasasen a presidir aquel acto, siendo este el temperamento adoptado para cortar las diferencias. Ellas tienen un oríjen distinto, i a pesar de que la medida acordada es mui oportuna i mui propia de la prudencia del Consejo, no surtiria todo su efecto si ántes no se deciden los dos puntos que, a nombre de mi comitente, voi a proponer:

Debemos dar por sentado que don Juan Egaña tiene allí seis u ocho casas de su facción capitaneadas todas por don Manuel Valdés, que es el jefe de obra para cuanto dice relación a aquél, a quien debe su sosten en el Gobierno. Como el corifeo i sus secuaces saben que su favorito no tiene el menor concepto entre los hombres libres, capaces de sufragar, proyectan arbitrios, siempre estraordinarios, sin detenerse en si ellos digan oposicion a las leyes. Así es que en la primera elección salió lo que el Soberano Congreso ya sabe, i en la segunda, que debió practicarse en fines del pasado, a pesar de lo prevenido en el artículo... de la convocatoria, pauta a que debian reglar sus operaciones, solo trajeron los inquilinos de sus haciendas, hombres imbéciles, fáciles de corromper con dos reales, de seducirlos con la máscara de relijion, de asustarlos con cualquier temor, i hombres sobre todo que, no teniendo la propiedad inmoble requerida, no gozaban de aquella prerrogativa. Al vecindario libre de Melipilla le habria sido fácil equiparar el número con sufrajios de otros inquilinos, pero decidido a no quebrantar las leyes por nada de este mundo i a operar sin intrigas i el consiguiente remordimiento, ha querido llevar las cosas por el sendero de la justicia. Por esto solo cuenta para la elección con la voluntad libre de los hombres aptos para sufragar; de esos ciudadanos a quienes no es factible seducir con la grosera especie de que, siendo Egaña el único pilar de la relijion en el Congreso actual i aun en la República, no votar por él, era votar por la herejía, especie que lastimosamente solo produce risa en cuantos la oyen, debiendo producir la irritación consiguiente a tamaño insulto i escarmentarse seriamente a sus promotores. Bien conocen éstos por repetidas esneriencias que aquella calumnia no surte efecto en el pueblo i que aun no es bastante poderosa en todos sus inquilinos; pues, algunos han apelado a conminarles con que los votarán de la posesion que gozan, si no sufragan por Egaña. Este temor, unido al figurado deber de la relijion, han sido los resortes para esa jente infeliz, que no sabe el crimen que comete con prestarse a ser instrumento de las miras ambiciosas de cuatro hombres que hacen una violencia moral a la voluntad de sus dependientes.

Bien sé que se amparan de la especie de que son labradores porque se ocupan en ese servicio; pero semejante ardid es demasiado pueril. También es labrador un peón gañan que se emplea en la labranza por el jornal que le da el amo en la casa donde trabaja, si el labrador no tiene impedimento legal, deberá sufragar; pero, comprendido en uno de los espresamente declarados, es claro que no puede hacerlo, siendo un crimen admitirle a ciencia cierta de su condicion. Sin embargo, se proyectó así en fines de Diciembre por el figurado procurador Achurra i sus secuaces, i éste es el motivo de la oposicion del pueblo.

Para impedirlo habia lo suficiente con tener en la mesa la convocatoria, pero como la tenacidad de esa pequeña facción se ha propuesto interpretarla, es indispensable que la justificación del Congreso se sirva ratificar la órden de su observancia literal, contrayéndose nominativamente a los inquilinos, que es el primer punto en que se ha implorado decisión.

El segundo es igualmente justo. El delegado don Manuel Valdés, capitulado entre otras cosas porque contra la voluntad popular sacó diputado a su Mecenas, Egaña, tiene hoi doble empeño en llevar adelante la obra de sus manos. Su voluntad i su sosten fueron ántes los resortes que preponderaron al cumplimiento de la lei. Hoi se aumentan los de su honor, su capricho i la venganza, que en nadie es mas poderosa que en Valdés. El pueblo, que le ha visto salir capitulado, ve hoi que vuelve triunfante, i tanto, que su regreso, pendiente la causa, arguye mas que si lo hiciese ya concluida. Lo segundo es cosa factible i la hemos visto muchas veces; pero lo primero estaba reservado para la causa de Valdés i pira numerarse entre las desventuras de Melipilla. Hai crímenes felices como virtudes desgraciadas, i el actual caso nos presenta este doble ejemplo. Resulta, pues, que, siendo hoi duplicado el empeño de Valdés, tiene en sus manos triplicados arbitrios con que hacerlo fructuoso. El mando simplemente tomado facilita cuanto el