- Don José González.
- " Juan Antonio Rodríguez.
- " Tomás Rodríguez.
- " Joaquín Rodríguez.
- " Jermán Jerardo.
- " Juan Rivera.
- " Fausto Aguirre.
- " Pedro José Aguirre.
- " Tomás Aguirre.
- " José Carmona.
- " José Muñoz.
- " Juez don Bernardo Pinto.
- " Lúcas Hilario Iglesias.
- " José Iribárren.
- " Andrés Rojas,
- " Manuel Alcayaga.
- " Luis Rodríguez.
- " Mateo Cortés.
- " Mariano Pinto.
- " José María Peralta.
- " Manuel Pinto.
- " Juan José Pinto.
- " Francisco Pinto.
- " Ignacio Pinto.
- Juez don José Antonio Peralta.
- Don José Iribárren.
- " José Salvador Alcayaga.
- " Pedro Aguirre.
- " José Munizaga.
- " Juan de Dios Herrera.
- " Pedro José Campaña.
- " Juan de Latorre.
- " Eujenio Crespo.
- " Ramón Trujillo.
- " Manuel Atienza.
- " Feliciano Trujillo.
- Don Manuel Alcayaga.
- " Francisco Alcayaga.
- " Juan Luis Rojas,
- " Liborio Rojas,
- " Nicolás Cisternas,
- " Nicolás Mercado,
- " Francisco José Chorroco.
San Isidro de Vicuña i Octubre 7 de 1824.— Santiago de Iglesias.— ▼Juan de Dios Aguirre, cura i vicario.— Pablo Valenzuela, procurador síndico.— Simón de Iglesias.— Lúcas Alcayaga.— Joaquín Álvarez.— José Santos Rojas.
Núm. 17
▼En la ciudad de ▼la Serena, en cinco dias del mes de Octubre de mil ochocientos veinticuatro años, reunidos los individuos de las diversas mesas de elecciones para ▼diputados propietarios i suplentes para el próximo ▼Congreso del Estado de Chile, que se formaron en la Serena, Barraza, Sotaquí i Andacollo, i presididos por el Presidente de la mesa principal de la ciudad de Coquimbo, al efecto de conferir i autorizar los presentes poderes, conforme a la convocatoria, i de orden del Ilustre Ayuntamiento de la misma ciudad, los señores otorgantes, a saber: el Presidente, don Pablo Garriga; rejidor juez de policía, don Pedro José Madariaga; don Antonio Bascuñan, secretario de la misma mesa; don Antonio Cordovez; don Santiago Urízar; don Francisco Herreros, apoderado de la villa de San Antonio del Mar: don Buenaventura Solar, apoderado de Andacollo, i don Custodio Amenábar, apoderado de Sotaquí, dijeron: que, por cuanto, en virtud délas órdenes del Supremo Gobierno e instrucciones de los artículos de la convocatoria, se había procedido a la elección de diputados representantes en el próximo Congreso, observándose escrupulosamente en los actos que han precedido a ella, todas las formalidades prevenidas, como consta de las actas i demás documentos orijinales depositados en el archivo de esta Municipalidad, resultó haber sido electos para Coquimbo, Barraza, Andacollo i Sotaquí, para diputados propietarios el licenciado don ▼Manuel González i don ▼Joaquín Campino, i para suplentes el doctor don ▼Cárlos Rodríguez i el licenciado don ▼Manuel Barros; por tanto, a nombre de dichos pueblos, de cuyos importantes intereses se han encargado, otorgan los poderes necesarios en forma, conforme a derecho i circunstancias actuales de la República, a todos i a cada uno de dichos señores diputados i a los suplentes, en su vez, para que desempeñen las augustas funciones de su destino i para que, de acuerdo con los diputados elejidos por los demás departamentos del Estado ¿e Chile, sancionen i constituyan en el Congreso, en uso de su soberanía, cuanto pueda convenir a los intereses de Chile, a la estabilidad de un Gobierno el mas análogo a la naturaleza e inadmisibilidad de su libertado independencia, i allanar, segun los fines de su convocacion, todo lo que exija la necesidad i la justicia. I firmaron estos poderes dichos señores Presidente, escrutadores i apoderados, i mandaron a mí el presente secretario que los certifica se, de que doi fe.— Pablo Garrida.— Pedro José Madariaga.- Antonino Cordovez.— Santiago Urízar. — Francisco Herreros, apoderado de San Antonio del Mar.— Buenaventura Solar, apoderado de Andacollo. — Custodio Amenábar, apoderado de Sotaquí.— Antonio Bascuñan, escrutador i secretario de la mesa principal.
Es copia de su orijinal que queda en el libro