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CONGRESO NACIONAL

queño servicio. Jamas los he escusado en otras circunstancias en que mi aptitud física me lo ha permitido.

Con esta ocasion, tengo la honra de tributar a usted los mas sinceros sentimientos de mi cordial afecto i respeto. —Concepción, Diciembre 4 de 1824. Francisco de Binimelis. —Señor don Pedro Palazuelos.


Núm. 135

La Comision de Justicia ha tenido en consideración la solicitud del señor cónsul jeneral de S. M . B., en órden al juzgamiento de la causa de don Paulino Mackenzie; i halla que el artículo 146, título 13 de la Constitución del Estado; es la lei por la cual la Suprema Corte pudo conocer i juzgar la espresada causa en los términos i conformidad que previene el artículo 137, título 12 de la misma. La calificación del recurso i su mérito intrínseco, es reservado al juicio i discernimiento de la Suprema Corte; sin que haya otro tribunal que pueda rever sus juzgamientos a virtud de recursos de las partes; i en el caso de ser violadas las garantías constitucionales por esa majistratura, corresponde al procurador nacional el defenderlas, como el acusar a todos los funcionarios públicos de oficio, o a virtud de denunciar legalmente bajo su responsabilidad en el caso de omision o connivencia, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 151 del título 13; i en esta virtud, parece a la comision que puede contestarse al Gobierno.

La Comision protesta sus altos respetos al Congreso. —Santiago, Diciembre 18 de 1824. J. Antonio Ovalle. —Santiago A. Pérez. —Lorenzo Fuenzalida. —Pedro Palazuelos. —J. Alejo Eyzaguirre. —Al Congreso Nacional.


Núm. 136

Señores Representantes:

La Comision Militar, encargada de esponer su dictámen en órden a las medidas de seguridad que reclama el Ejecutivo en su Memoria del 11 de este mes, debe someter a la consideración del Congreso las observaciones siguientes:

La Comision no cree necesario inculcar sobre los fundamentos en que el Gobierno apoya los temores de una espedicion enemiga en nuestras playas. Ellos son tan obvios que una previsión común basta para calcularlos, recibiendo un doble grado de probabilidad con las indicaciones que personas respetables han hecho al Gobierno, sobre el plan de los enemigos en el caso mas favorable de una derrota que sufriesen en el Perú. La Comision llama, pues, toda la atención del Congreso a la situación actual de la República; no es posible cerrar los ojos al aspecto de los peligros que amenazan. Revestido de un gran poder i con una inmensa responsabilidad, solo a él toca promover los medios de afianzar la libertad, cuya conquista ha costado a Chile catorce años de sacrificios. I ¿seria posible que una imprudente confianza lo mantuviese frió espectador de las medidas que sin cesar vemos desplegar a nuestros enemigos? ¿Qué respondería el Congreso a los pueblos si en el caso próximo de invasión se sorprendiese al país en el estado indefenso i de adormecimiento en que yace? ¿Bastaría decir que no alcanzó a prever el peligro o que lo consideró mui remoto? ¿I serian aquéllos los momentos de completar los cuerpos veteranos, de instruir sus reclutas, de formar planes de defensa i tomar, en fin, las medidas preliminares para abrir la campaña bajo los principios que reclama el estado actual del arte de la guerra? Señores: la Comision no quisiera equivocarse en sus cálculos, pero las lecciones terribles de la esperiencia le hacen pronosticar los resultados mas funestos, si con tiempo no se tocan los recursos de seguridad, que solo pueden afianzar la independencia del Estado.

Aunque el Gobierno, en su Memoria, parece contraerse a proponer dos puntos principales a la sanción del Congreso: 1.°, el aumento de la fuerza veterana hasta el pié de 8,000 hombres; 2.°, la suma necesaria para pagarla i proporcionarse los elementos indispensables para el completo de su armamento, equipo, etc., la Comision solo ve reducida la cuestión a este último punto, pues para el primero considera al Gobierno suficientemente autorizado respecto a que existen siete batallones de infantería, doce escuadrones de caballería, tres brigadas de artillería a pié i un escuadrón volante, cuyos cuerpos, poniéndose en el pié que cleben tener por reglamento, se completan 8,431 hombres, número que se supone suficiente para la defensa del territorio; pero como de nada serviría poner los cuerpos en su pié de fuerza si no se facilitan los medios de sostenerla, el Congreso ha creido por esto de necesidad oir el dictámen de la Comision de Hacienda, debiendo entretanto la que informa hacer presente que, para calcular sobre datos fijos, seria conveniente pedir al Ejecutivo el presupuesto de los caudales necesarios en todo lo perteneciente al ramo militar.

Otro de los puntos sobre que el Gobierno llama también la atención de los representantes, es el crecido número de enemigos, tanto españoles como americanos que viven entre nosotros, i cuya influencia en la opinion jeneral ha causado siempre los efectos mas funestos. La Comision cree que, con respecto a los prisioneros de guerra, el Gobierno está facultado para recojer en los depósitos a cuantos hayan obtenido su libertad por gracia particular, i en órden a todos los demás que la opinion pública acusa por enemigos de la causa, el Congreso adoptará las medidas que