Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo X (1824-1825).djvu/142

Esta página ha sido validada
142
CONGRESO NACIONAL

fundamentales; 7.°, que en el entretanto se dicta ésta, subsista provisoriamente la anterior en la parte en que se halla planteada. —Santiago, Diciembre 15 de 1824."

Se hicieron observaciones sobre este proyecto i se reservó para la sesión siguiente.

El señor Cordovez, en el curso de la discusión, hizo mérito de un artículo de la Constitución en que la que se mandó jurar está inserto, i suprimido en la que se mandó observar; i que, para comprobar este hecho, pedia se trajesen a la vista las Constituciones impresas i sus orijinales. El señor Fernández pidió lo mismo. No se resolvió.

En este estado, se levantó la sesión. —J. G. Argomedo. —Dr. Gabriel Ocampo.


Se abrió la sesión por el señor Presidente (de que hizo veces el señor Vice-Presidente) i se leyó el acta del dia anterior i quedó aprobada.

El secretario propuso a la Sala los sujetos que debian servir de oficiales en la Secretaría. La Sala los aprobó.

Se leyó una representación del señor Iñiguez haciendo presente sus quejas por lo que habia sucedido con el Ministro de Hacienda en la sesión anterior.

El señor Iñiguez. —Creo que por el hecho mismo, por el suceso o la tendencia misma que puede tener este asunto debe pasar a la Comision de Justicia. No me he resentido de los insultos del Ministro como un particular sino por haberse tocado en presencia de esta Sala a un miembro de la Representación Nacional.

El señor Albano. —No diviso leyes que determinen de este asunto. En toda la lejislacion no las hai. La reputación ofendida de un diputado está sujeta a leyes distintas. Es necesario que se examine en un juicio discrecional este asunto porque la Comision de Justicia no tiene suficientes leyes para este caso. Por esto creo que este asunto necesita de una comision especial porque no puede sujetarse a las comisiones ordinarias.

El señor Campino. —Parece que en este asunto tan delicado es evitado hablar, i seria mejor que pasase a una comision especial. Anticiparé algunas observaciones que me ocurren sobre lo que he oido en la Representación. Yo diré que ésto deberá traer mui malas consecuencias i una lucha que se abriese entre el Ejecutivo i este Cuerpo. Conozco las gravedades de este asunto en que se verá el honor de un diputado ofendido i el de un Ministro que se supone ofensor. Amigo de los Ministros como soi, mi amistad nunca llegaría a desentender de una falta en que cayó el Ministro; pero nunca le haré la injusticia de suponerlo capaz de ofender, si no fuese por un acaloramiento; pero demasiado inmediato al diputado de la mocion, he oido clara i distintamente el insulto de haber vertido que era un despotismo en el Gobierno la enajenación de los bienes nacionales. Yo no he atribuido a olvido en el señor Presidente el no haber tenido presente este acontecimiento en la sesión anterior, sino a su demasiada moderación. Por lo que hace a la inviolabilidad de los diputados, diré que esta inviolabilidad tiene sus límites; se debe atender que es una calidad necesaria para el cumplimiento de esas atribuciones, pero no se crea que es inviolable para calumniar. Que venga un diputado a decir al Congreso: el jefe de tal cuerpo va a traicionar. ¿No podria ser castigado si era convencido de falsario? Hai mucha diferencia a decir su opinion i al levantar una calumnia. No negaré que el Ministro se propasó; pero también creo que el Ministro tuvo suficiente motivo para ello. Soi también de opinion que se produjo bastante ofendido con haber sido llamado al órden, i que no hai motivo para seguir un juicio. El diputado proponente i querellante debia ya haber despejado la Sala.

Se le mandó despejar la Sala al señor Iñiguez.

El señor Henriquez. —Ya la Sala oyó aquel dia lo que dije, i así estraño que uno de los señores dijese que era mucha imprudencia que hubiese otros señores que no conviniesen en este asunto. Lo que dije fué que 110 era conveniente que hubiese contradicciones ni que haya disgusto entre los dos poderes, i perjudicial para los dos. Esto dijeron otros dos señores también; pero ni el Presidente reclamó el órden, ni dijeron otros señores que se quebrantase el órden, i así esto es atacar al opinante.

Ahora, por lo que hace al fondo de la cuestión, esto no puede traer bienes al público, i así, se debe cortar cuanto ántes esta disputa con el Ejecutivo; pero si se sostiene en su derecho el señor diputado, me parece que lo mas que podria hacer era dirijir su queja al Ejecutivo; pero el Congreso debe cortar cuanto ántes este asunto para evitar infinitos males que podrían sobre venir al país i al Congreso, quedando siempre a salvo su derecho al diputado para recurrir al Ejecutivo o a cualquier otro tribunal.

El señor Albano. —Creo, señor, que estos asuntos deben tratarse con toda la paz i facilidad que necesitan. Yo, cuando dictaminé sobre la comision especial, fué porque todos los políticos conocen que no hai leyes para estos casos. Yo opinaré siempre que se corte este asunto que ha sido siempre mi objeto. Aunque la comision fuese de hombres impuestos en esta materia no hace mas que rozar la llaga que está mui fresca. Yo creo que la Comision de Justicia aunque esté mui instruida en este negocio jamas podrá acertar porque no tiene leyes suficientes. Esplanada así mi idea puede US. proponer lo que halle por conveniente.

El señor Elizalde. —Señor, sin oponerme o sin impugnar la opinion de un diputado que ha hablado anteriormente sobre las ventajas de cortar esta querella, sin abrir mi opinion diré que aunque presente ventajas este corte, si es grave que siga para que ilustre al Congreso, i aunque despues sea conveniente cortar este asunto, sin