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SESION DE 11 DE DICIEMBRE DE 1824

El señor Infante.— El presente asunto me parece que no exije nos detengamos en largas discusiones. Ya se ha propuesto por varios de los diputados que se "llame al Ministro para tratar de la presente mocion i soi de opinion que se llame i se le trascriba la mocion. Nadie duda que nosotros debemos remediar que el Poder Ejecutivo tenga autoridad para enajenar los bienes nacionales. Viniendo el Ministro él espondrá las razones que ha habido para esta enajenacion, si ha tenido el objeto tan urjente i de tanto interes público de poner en defensa el país o a qué se va a aplicar el valor de los bienes que se quieren enajenar. En esto ¿qué tiempo se pierde? solo lo que dista de una sesion a otra, si se quiere asegurar mas bien puede poner en el oficio que concurra a la Sala, que suspenda el remate ínterin no se resuelva en el Congreso sobre este particular.

El diputado que ha hecho la mocion ha agregado ahora que pide los estados de valor i de consumo, eso es poner una condicion para que no tenga efecto esa enajenacion de larguísima duracion, i todo ese tiempo estará en suspenso esa enajenacion cuando acaso podrán traer infinitos males esos obstáculos que se quieren poner.

Cuando el Congreso se dedique al importante ramo de Hacienda entónces serán útiles esos estados, pero por ahora solo se debe llamar al Ministro i resolveremos este punto con pleno conocimiento del negocio.

El señor Presidente.— La mocion del señor Íñiguez solo pide por ahora que se suspenda la enajenacion de bienes nacionales, creo que esto se salvará suspendiendo hoi el remate que se ha indicado; pero si para ésto cree la Sala tan necesaria la asistencia del Ministro, me parece que será suficiente que se le oficie que por hoi suspenda el remate i que asista a la sesion del lúnes.

El señor Albano.— Yo creo que el Ministro de Hacienda ha suspendido por sí mismo el remate de estos bienes, pues ya debe saber, aunque no se le ha oficiado, la mocion que pide la suspension. Veo, por otra parte, que nos demoramos demasiado en intereses particulares por un remate de cuatro pesos se quiere demorar la marcha del Congreso, que necesita el tiempo que en esto se pierde para otros asuntos gravísimos. Las anteriores discusiones sobre esta mocion han dado ideas suficientes sobre el particular al Ministerio i al mismo Gobierno; yo no lo creo capaz de haber dado curso a este remate con los antecedentes que tiene, por mas que se haya anunciado en papeles públicos; está de manifiesto que el Ministro debió suspender ese remate.

El señor Gandarillas.— Señor, no se hace el remate hoi, porque todavía no se han hecho las tasaciones de las haciendas del Rajo i Espejo.

El señor Pérez.— Yo noto en esto que se le coartan las facultades al Gobierno, principalmente en esa segunda proposicion del proyecto de decreto.

Se decidió por votacion que se llamase al Ministro de Hacienda para la próxima sesion por medio de un oficio.

Se leyó un oficio del Ministro del Interior anunciando haber recibido una nota del Ministro de Estados Unidos, aceptando el asiento que se le habia destinado en la Sala, i que por su enfermedad pedia al Congreso, por conducto del Ministerio, se le concediese a su secretario este asiento hasta que él pudiese asistir. Se acordó que el secretario de la Legacion de Estados Uni- dos pudiese ocupar su asiento.

Se leyó el reglamento interior para que la Sala lo ratificase.

El señor Infante.— Pidió que se discutiese la mocion que tenia hecha para que al Congreso se le dirijiese la palabra en tercera persona, quitándole el título de Soberano.

El señor Lazo'.— A mí me parece que, miéntras el Congreso no declare lo que es, no podemos proceder a esto, porque si el Congreso representa a la soberanía, es soberano; i solo dejará de serlo cuando declare que no representa la Nacion; luego, miéntras la representa, debe llamarse Soberano.

El señor Infante.— Ya las naciones mas avanzadas en la civilizacion que nosotros nos han dado el virtuoso ejemplo de desterrar esos títulos de los Cuerpos Lejislativos. España en sus últimas Cortes i la Asamblea de Buenos Aires ya se han quitado esa denominacion.

La soberanía reside en los pueblos: ésta es intrasmisible; jamas pueden desprenderse de ella. Nosotros puramente somos unos comisionados para hacer las leyes i que ellos las sancionen. No tenemos mas que este poder, que es una parte de la soberanía delegada. En fin, todo título que envanezca a los hombres debe quitarse. A mí me escandaliza oir todos los dias llamar soberano al Congreso, i aun decirse soberanos los diputados. Los pueblos absorben en sí todos los poderes. A nosotros ni aun se nos han delegado por ellos estos poderes; solo tenemos el Poder Lejislativo. ¿Podremos nosotros, sin entrometernos, absorber estos poderes, en el hecho de llamarnos soberanos? ¿Podremos usurpar las atribuciones que solo son peculiares a los pueblos? He dicho, protestando resolver, que me opondré a toda observación que se haga sobre el particular, si acaso hubiese quien las hiciese.

El señor Lazo.— Trataré de dar satisfaccion a algunas observaciones que se han hecho por el señor preopinante. No me sujetaré a responder sobre lo que han hecho en otros países sino a rechazar las razones que se han dado para apoyar la mocion. Cuando todos los reyes i emperadores se titulan soberanos, es porque creen que tienen de todos los pueblos la representación, así es que aunque culpables, porque tienen usurpados los derechos de los pueblos, con todo conocen que como representan a la Nacion reciben tambien sus atribuciones entre las que se debe enu