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SESION DE 24 DE AGOSTO DE 1832

alusivas al nombre del ilustre Tunconobal que emprendió impedir con sus consejos el paso de los conquistadores españoles al territorio de los cuneos i al archipiélago con esta leyenda: Novosque Telis detexit orbes necit terrarum ultima Thule."

Por el octavo comunica haber sido aprobada la lei sobre el precio a que debe de pagar la Casa de Moneda el oro i plata a los introductores.

Las Comisiones se dividieron en pareceres, i proponen el señor Marin, Tocornal i Eyzaguirre el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo primero. Se aprueba el artículo primero del proyecto comunicado por la Cámara de Senadores, que dice: Los aitículos relativos a mayorazgos, su aplicación e intelijencia exijen especial declaracion del Cuerpo Lejislativo.

Art. 2.º Devuélvase al Senado para que, en virtud del artículo 2° que propone, tenga a bien espedir las declaraciones que estime convenientes."

Los señores Vial don Juan de Dios, Osorio i Carvallo don Manuel, el siguiente: Acúsese recibo de esta nota a la Cámara de Senadores, anunciándole que, cuando venga el indicado proyecto que ha mandado formar, se tomará en consideración. El 1.° i 7.º pasaron a la Comision de Gobierno; el 2.°, 3.º, 4.º i 6.°, a la de Hacienda; el 5.º a la de Lejislacion; el 8.° se mandó archivar despues de haber avisado el secretario que se habia comunicado al Gobierno, de órden del señor Presidente, i el proyecto sobre que informaron las Comisiones quedó en tabla.

Se dió cuenta de dos solicitudes: una de doña Rafaela Aránguiz, con que acompaña los justificativos por cuya falta habia opinado la Comision en su anterior que no podia considerarse, i la segunda de doña Mercedes Armaza para que se le conceda una pension por los servicios que prestó su difunto marido; ésta pasó a la Comision Calificadora i aquélla se mandó a la misma, agregando los antecedentes.

Se discutió en jeneral el proyecto de las Comisiones de Hacienda i Gobierno sobre las cuentas de don Francisco Sainz de la Peña, i fué aprobado, acordando al mismo tiempo discutirlo en particular a segunda hora.

Examinada la solicitud de don José Muñoz i doña Antonia Montes, se declaró no haber lugar al indulto que pedian.

Discutidas las solicitudes de don Cipriano Segovia i la de los curas racioneros de la Catedral de Santiago, declaró la Sala que le pertenecía su conocimiento, i pasaron: ésta a la Comision Eclesiástica i aquélla a la Militar.

Discutidos el artículo 1.° i 2.° del proyecto que se dejó para segunda hora, fué aprobado en esta forma:

"Artículo primero. Se declara que las circunstancias en que gobernó la provincia de Coquimbo don Francisco Sainz de la Peña, fueron estraordinarias.

Art. 2.º En consecuencia, no será obstáculo a la aprobacion de sus cuentas lo que excediese de los gastos prevenidos por la lei en el órden común."

I se levantó la sesion. —TOCORNAL. —Vial, diputado-secretario.



ANEXOS

Núm. 573

La República debe tener un escudo de armas que la simbolice conforme al uso casi inmemorial de todos los pueblos i naciones; no puede considerarse como tal el que se introdujo en los primeros fermentos de la revolucion, porque, a mas de haber carecido de la sanción de autoridad competente, no contiene pieza alguna alusiva al objeto que debe representar. Ha creido pues el Gobierno que no debiéndose tolerar por mas tiempo ese escudo insignificante i abortivo, se sancione de una vez el que reúna a la legalidad de su oríjen la propiedad de la alusion. Al efecto, se ha hecho presentar varios diseños i entre los que parece haberse acercado mas a desempeñar el asunto es el que tiene la honra de adjuntar.

En él observará el Congreso un campo de dos esmaltes, cuyos bien conocidos atributos cuadran perfectamente con la naturaleza del pais i el carácter de sus habitantes, alude también al antiguo distrito colonial de Chile i al territorio de Arauco, importante adquisición de la República. La estrella de plata es el blasón que nuestros aboríjenes ostentaron siempre en sus pendones, i el mismo que presenta ese caro pabellon a cuya sombra se ha ceñido la Patria de tantos i tan gloriosos laureles; puede tambien referirse a nuestra posicion jeográfica la mas austral del orbe conocido. La insignia que se ve por timbre es la que adorna el sombrero del Presidente de la República, como'característico de su dignidad suprema.

Los soportes representan un Huemul i un Cóndor, éste el ave mas fuerte, animosa i corpulenta que puebla nuestros aires, i aquél el cuadrúpedo mas raro i singular de nuestras sierras, de quien no hai noticia que habite otra rejion del globo, i de cuya piel, notable por su elasticidad i resistencia, hacen nuestros valientes naturales sus coseletes i botas de guerra. Por último, la corona naval que supera la cabeza de ámbos animales, será el monumento que recordará siempre el glorioso triunfo de nuestras fuerzas marítimas sobre las de España en las varias aguas del Pacífico; triunfo de eterna nombradia ménos por lo heróico de suceso que por su trascendental i dilatado influjo, pues ala vez que afianzó sólidamente nuestra independencia franqueó paso a nuestras armas para que llevasen tan