Art. 2.º▼Queda así mismo facultado para imponer un cuartillo de real a cada quintal de peso calculado que se embarque o desembarque por dicho muelle.
Art. 3.º ▼Podrá crear dos empleados con la denominación de guarda-muelle, dotado el primero con quinientos pesos anuales i el segundo con cuatrocientos; asignándoles, ademas, lo que produzca el derecho del ganado vacuno i cabalgar que se embarque por el espresado muelle."
Santiago, 15 de Setiembre de 1831. —▼Fernando Errázuriz. —▼Manuel Rengifo.— A.S.E.el Presidente de la Cámara de Diputados.
Núm. 289
▼La ▼Cámara de Senadores ha desechado la reforma que ha hecho la de Diputados al proyecto de ceremonial para la instalación del ▼Presidente i ▼Vice-Presidente electo de la República; pero, deseando que este acto se verifique con la solemnidad posible, ha tomado el arbitrio de proponer a la ▼Cámara de Diputados que nombre una comision de su seno compuesta de tres individuos que, unida a otra de igual número que el Senado ha nombrado ya, para este caso, compuesta de los señores Egaña, Irarrázaval i Ovalle Landa, formen, a la mayor brevedad, un ceremonial provisorio que se someterá inmediatamente a la aprobación de las Cámaras.
Dios guarde al señor Presidente. -Cámara de Senadores. —Santiago, Setiembrede 1831.— ▼Jose Vicente Izquierdo. —▼Fernando Urízar Garfias, pro-secretario. —Al señor ▼Presidente de la Cámara de Diputados.