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CÁMARA DE DIPUTADOS

La del Presidente: "Juro por Dios i estos Santos Evanjelios respetar i sostener la relijion católica, apostólica, romana, observar i hacer cumplir la Constitución i leyes del Estado. Así Dios me ayude i sea en mi defensa, i si nó, me lo demande."

La del Vice-Presidente: "Juro por Dios i estos Santos Evanjelios que, cuando sea llamado a ejercer las funciones de Presidente de la República, en los casos que previene la lei, respetaré i sostendré la relijion católica, apostólica, romana, observaré i haré cumplir la Constitución i leyes del Estado. Así Dios me ayude i sea en mi defensa, i si nó, me lo demande."

Art. 9.º El Presidente i Vice-Presidente electos suscribirán respectivamente la fórmula del juramento que hayan prestado, i, en seguida de la suscricion, se estenderá i suscribirá por el Presidente de la República, los de ámbas Cámaras i sus respectivos secretarios, la nota siguiente:

A presencia del Congreso Nacional i en manos del Presidente de la República, del Presidente del Senado i del Presidente de la Cámara de Diputados, prestó don N. N ., en altas e intelijibles voces, el juramento contenido en la fórmula que antecede, i se archivará este documento en la Secretaría del Senado para su perpétua constancia. —Santiago, etc. Aquí las firmas.

Art. 10.º Prestado el juramento, los Presidentes del Senado i de la Cámara de Diputados, ceñirán al Presidente electo la banda, i el Presidente de la República le entregará el bastón, haciéndole en este acto la alocucion que tuviere por conveniente, i acto continuo, el mismo Presidente de la República instalará a su sucesor, haciéndole ocupar el asiento preferente i ocupando el Presidente que acaba, el inmediato a la derecha del recien instalado. El Vice-Presidente electo se colocará a la izquierda del Presidente del Senado.

Art. 11.º Este acto de posesion será acompañado de salvas de artillería, repiques de campana i demás espresiones de solemnidad i regocijo público.

Art. 12.º En seguida, el Presidente de la República, llevando a su derecha al Presidente que ha acabado i a su izquierda al nuevo Vice-Presidente, se dirijirán a la gran sala de Gobierno, guardando la misma etiqueta con que vinieron, i saliendo a acompañar a S. E . los Presidentes i diputados del Congreso en la misma forma que los recibieron.

Art. 13.º Llegados a la sala de Gobierno, el Presidente tomará posesion del asiento que en ella le corresponde, manteniendo siempre a su derecha e izquierda al Presidente que ha acabado i al nuevo Vice-Presidente; en seguida, se retirarán ámbos de la sala, acompañados hasta la puerta esterior del edificio por una diputación compuesta de un ministro de la Corte Suprema o de Apelaciones, de una dignidad eclesiástica, de un jeneral i de un municipal. Una escolta de honor irá acompañando al Presidente que acaba, hasta su casa.

Art. 14.º Inmediatamente despues, el Presidente, con todas las autoridades, concurrirán a la misa de acción de gracias que se celebra este dia en la Iglesia Catedral.

Art. 15.º Este proyecto tendrá el carácter de provisorio miéntras la Lejislatura, en el período siguiente, toma en consideración las reformas hechas por la Cámara de Diputados al proyecto del ceremonial que han sido rechazadas por la de Senadores."

I fué aprobado, levantándose, en este estado, la sesión. — TOCORNAL. - Vial, diputado-secretario.



ANEXOS

Núm. 288

Conociendo el Gobierno que el puerto de Valparaiso, por su posicion jeográfica, estaba destinado a ser el primer depósito i uno de los principales mercados del Pacífico; desde el momento que la tranquilidad interior consolidó el órden de la República, se propuso empeñar una particular solicitud en remover los obstáculos que podian oponerse a la prosperidad mercantil de tan importante plaza. Guiado por este Ínteres i sin arredrarle la apurada situación del Erario, consiguiente al desorden i a los enormes gastos ocasionados por la guerra civil, que acaba de estinguirse, decretó, en 15 de Julio del año anterior, se construyese, de cuenta fiscal, en dicho puerto, un muelle capaz de ofrecer al comercio cómodo i seguro desembarco para las mercancías que hasta entónces, por su falta, habian corrido riesgos o esperimentado considerables detrimentos.

Esta interesante obra, con jeneral satisfacción, se ve ya concluida; i para reportar de ella toda la utilidad que ofrece, solo resta la formación de un reglamento que organice su réjimen económico sobre bases equitativas i liberales; i que, creando una nueva renta nacional, lo haga con ventaja de los mismos contribuyentes.

Aunque la imposicion del derecho que va a establecerse solo sea un compensativo del servicio que el muelle presta a los traficantes; i aunque éstos quedan beneficiados porque el valor específico de dicho derecho es inferior a los gastos que actualmente hacen en el desembarco de sus mercaderías, el Gobierno no se considera facultado para dictar una lei que, por su naturaleza i según el espíritu de la Constitucion, corresponde al Congreso; pero, deseando, al misino tiempo, exonerar a las Cámaras del embarazo que debia ocasionarles lo dispositivo i reglamentario de ella, somete a su exámen el siguiente proyecto:

"Artículo primero.Se autoriza al Ejecutivo para que proceda a formar un reglamento para el muelle de Valparaiso.