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SESION EN 17 DE JUNIO DE 1842

para su constancia, de que doi fe. —Juan Agustín Vives. —Ante mí. —Martínez.

En el mismo dia, mes i año, el señor Rejidor i Procurador interino de esta Ilustre Municipalidad, don Antonio Gundian, para la informacion que tiene ofrecida por la peticion de fojas 5, presentó por testigo a don Buenaventura Infante, vecino i del comercio de esta plaza, quien por ante mí juró por Dios i una señal de cruz decir verdad en cuanto supiere i le fuere interrogado i siéndolo al tenor de la citada peticion i acuerdo que corre a fojas 1 a 2, de que se instruyó, dijo: Que la construcción de todos los edificios públicos que se indican en el citado acuerdo, son a su parecer necesarísimos i urjentes, atendiendo a la falta de ellos, pues aunque algunos existen, estos son tan pequeños e incómodos que no guardan la menor proporcion con la crecida poblacion de esta ciudad i el aumento que cada dai se nota. Que los terrenos del señor Ovalle i señoras Bazanes situados en la plazuela denominada de Orrego, son los mas a propósito para la construccion de los referidos edificios por ser el punto central de la poblacion, i créeque de la adquisicion de ellos, reportará a este departamento notoria utilidad pública. Que lo dicho i declarado es la verdad del juramento fecho en que se afirmó i ratificó habiéndole leido su declaración: dijo ser de treinta i un año de edad i firmó de que doi fé. —Buenaventura Infante. —Ante mí. —Martínez.


En el mismo dia, mes i año, el señor Rejidor i Procurador interino de esta Ilustre Municipalidad, don Antonio Gundian, para la informa cion que tiene ofrecida por la peticion de fojas 5, presentó por testigo a don Francisco Infante, quien por ante mi juró conforme a derecho decir verdad en cuanto supiere i le fuere preguntado; i siéndolo al tenor de la citada petición i acuerdo que corre a fojas 1 a 2 de que se instruyó, dijo: Que la construccion de todos los edificios públicos que se indican en el citado acuerdo, son a su parecer necesarísimos i urjentes, atendiendo a la falta de ellos, pues aunque algunos existen, estos son tañpequeños e incómodos que no guardan la menor proporcion con la crecida poblacion de esta dicha ciudad i el aumento que cada dia se nota. Que los terrenos del señor Ovalle i señoras Bazanes,situados en la plazuela denominada de Orrego, son los mas a propósito para la construccion de los referidos edificios por ser el punto central de la poblacion, i crée que de la adquisicion de ellos, reportará a este departamento notoria utilidad pública. Que lo dicho i declarado es la verdad del juramento fecho en que se afirmó i ratificó habiéndole leido su declaracion, dijo ser de treinta i un año de edad, i firmó para su constancia de que doi fe. —Francisco Infante. —Ante mí. —Martínez.

En el mismo dia, mes i año, el señor Rejidor i Procurador interino de esta Ilustre Municipalidad, don Antonio Gundian, para la informacion que tiene ofrecida por la peticion de fojas 5, presentó por testigo a don Francisco Alvarez, vecino i del comercio de esta plaza, quien por ante mi juró conforme a derecho decir verdad en cuante supiese i le fuese interrogado; i siéndolo al tenor de la citada peticion i acuerdo que corre desde fojas 1 a 2 de que se instruyó, dijo: Que la construccion de todos los edificios públicos que se indican en el citado acuerdo, son a su parecer necesarísimos i urjentes atendiendo a la falta de ellos, pues aunque algunos existen, estos son tan pequeños e incómodos que no guardan la menor proporcion con la crecida poblacion de esta ciudad, i el aumento que cada dia se nota. Que los terrenos del señor Ovalle i señoras Basanes, situados en la plazuela denominada de Orrego, son los mas a propósito para la construccion de los edificios referidos por ser el punto central de la poblacion, i crée que de la adquisicion de ellos reportará a este departamento notoria utihdadpública. Que lo dicho i declarado es la verdad del juramento que tiene hecho en que se afirmó i ratificó habiéndole leido su declaracion, dijo ser de cuarenta i cinco años de edad, i firmó su hijo por él. de que doi fé. —Por poder de Francisco Alvarez. —Francisco Salvador Alvarez. —Ante mí. —Martínez.


En el mismo dia, mes i año, el señor Rejidor i Procurador interino de esta Ilustre Municipalidad, don Antonio Gundian, para la informacion que tiene ofrecida por la peticion de fs. 5, presentó por testigo a don José Manuel Feliu, quien por ante mí juró conforme a derecho decir verdad en cuanto supiere i le fuere interrogado, i siéndolo al tennor de la citada peticion i acuerdo que corre desde f. 1 a 2, de que se instruyó, dijo: Que la construccion de todos los edificios públicos que se indican en el citado acuerdo, son a su parecer necesarísimos i urjentes, atendiendo a la falta de ellos, pues aunque algunos existen, éstos son tan pequeños e incómodos que no guardan la menor proporcion con la crecida poblacion de esta dicha ciudad, i el aumento que cada dia se nota. Que los terrenos del señor Ovalle i señoras Bazanes situados en la plazuela denominada de Orrego, son los mas apropósito para la construccion de los referidos edificios por ser el punto central de la poblacion, i cree que de la adquisicion de ellos reportará a este departamento notoria utilidad pública.