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CÁMARA DE DIPUTADOS
  1. lificadora, sobre la nueva solicitud de don J. I. Sotomayor. (Anexo núm 307. V. sesion del 16 de Setiembre último).
  2. De una solicitud de don José Ignacio Sotomayor; quien pide se le devuelva la que está tramitando ante la Cámara... (V. sesion del 16 de Setiembre último).

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Devolver a don J. J. Sotomayor su espediente. (V. sesion del 30º de Junio de 1843).
  2. Aprobar el proyecto de lei que concede al Arzobispo una asignacion estraordinaria de $ 12.000 (V. sesion del 20).
  3. Aprobar en la forma que consta en el acta el proyecto de transaccion entre el Fisco i don F. García Huidobro. (V. sesion del 10 de Octubre, de 1842 i 14 de Junio de 1843)
  4. Aprobar el proyecto de lei que exime de toda responsabilidad a los ministros tesoreros, don Ramón Vargas i don Nicolás Marzan, siempre que sus cuentas no se alcancen a fenecer en un año. (V. sesiones del 17 de Octubre de 1842 i 9 de Agosto de 1844 ).
  5. Aprobar el proyecto de lei que concede pensiones a la viuda i a las hijas de don G. J. Tocornal. (V. sesion del 17).
  6. Aprobar el proyecto de lei que concede una pension a la viuda e hijos de don F. A. Elizalde. (V. sesion del 17).
  7. Que la Comision de Hacienda informe sobre el proyecto de lei que declara ser de propiedad nacional las guaneras de Coquimbo. (V. sesion del 20).
  8. Aprobar el proyecto de lei que concede una pensión a doña Josefa Ramírez e hijos. (V. sesion del 3 de Octubre de 1842 i 27 de Setiembre de 1843).
  9. Comunicar al Gobierno la lei que le da fondos para comprar unos predios en Valparaiso, Anexo núm. 308. (V. sesion del 1° de Setiembre de 1843) i la que autoriza para revisar anualmente la tarifa de avalúos. Anexo núm. 309.

ACTA

SESION DEL 19 DE OCTUBRE DE 1842

Se abrió con los señores Arriagada, Bernales, Cobo, Concha, Correa don Luis, Dávila, Eyzaguirre don Domingo, Eyzaguirre don Ignacio, Guzman don José Pedro, Iñiguez don Vicente, Irarrázaval, López, Meneses, Montt, Palacios don Juan José, Palacios don Juan Manuel, Palazuelos, Perez, Prieto, Reyes don José, Renjifo, Rozas Urrutia, Seco, Tocornal Grez, Várgas, Velásquez, Vergara, Vial don Antonio, Vial don Ramon, Vicuña Vidal i Aristegui.

Aprobada el acta de la sesion anterior se dió cuenta de los informes de la Comision de Lejislacion en los proyectos remitidos por el Senado para conceder una pensión a las viudas del Rejente i Fiscal de la Corte de Apelaciones, don José Gabriel Tocornal i don Antonio Elizalde i uno de la de Hacienda en la solicitud de doña Micaela Zuazagoitia, todos quedaron en tabla.

En seguida don José Ignacio Sotomayor pidió se le devolviera la representacion que tramita ante la Camara i asi se le concedió.

Luego determinó la sala ocuparse de asuntos particulares i en su consecuencia tomó en consideracion el acuerdo del Artículo únicoSenado para conceder al Reverendo Arzobispo de Santiago la mitad de la cuarta episcopal, i teniendo en consideracion varias indicaciones emitidas en el debaie, se aprobó por una mayoría de 27 votos contra 4 un nuevo artículo redactado por la Comision Eclesiástica que es como sigue:

Artículo único. Le darán en el presente año al Reverendo Arzobispo de Santiago $ 12,000 sobre la renta que tiene asignada.

Las demás solicitudes particulares remitidas por el Senado tambien fueron aprobadas en los mismos términos que aquella Cámara las acordó a escepcion de la transaccion celebrada por el Presidente de la República con don Francisco Huidobro que recibió una lijera modificacion quedando esta i las demás como a continuacion se copian.

Artículo único. Apruébase la transaccion celebrada por el Gobierno con don Francisco García Huidobro, la que se reduce a satisfacer a este $ 8,000 anuales hasta el entero de los $ 79,600 que a su favor reconoce el Erario público renunciando el acreedor a beneficio del Fisco todo derecho a cobrar intereses i cual quiera otra indemnizacion.

Artículo único. Se autoiiza al Presidente de la República para que exonere de toda lesponsabilidad a los Ministros Tesoreros don Ramon Vargas i don Nicolás Maizan i a sus fijdores, siempre que no se puedan fenecer las cuentas de su administracion en el término perentorio de un año.

Artículo primero. La Nacion conrede a la viuda del Rejente de la Ilustrísima Corte de