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CÁMARA DE DIPUTADOS

culacion de los periódicos que se publicaban en Chile fuesen de alguna utilidad a la clase que mas se necesitaba civilizar; que era muí crecido el número de los que no sabían leer i que esta consideracion solo manifestaba evidentemente su inutilidad; que en balde se decantaba que éste era un acto demociático, que a su juicio no lo seria jamas, que ningún fruto se sacaría de enseñar a estos hombres enteramente incultos a las diferentes formas de Gobierno; la política, la literatura, etc.; que era preciso formar ptimeramente su corazon i que esto sólo se conseguiría pagando cierto número de relijiosos para que les predicasen constantemente el Evanjelio; que creia que los periódicos en Chile a los ojos de todo hombre sensato no era mas que una especie de lujo; que justo le pareeia tener un periódico como El Mercurio, que noticiaba el movimiento del comercio i del mercado, pero que si se estendia este favor a otros de un interes mas lejano e inconexo era enteramente inútil i perjuidicial al Erario con respecto al otro medio que habia indicado; que ya luego ibamos a tratar de un artículo (refiriéndose al de la lei de elecciones) en donde pensaba llamar la atencion a la Cámara al atraso en que se encontraban las masas; que era preciso hacer algo en beneficio de estos pobres pueblos, de estos pueblos que mas bien no queria decir qué clase de pueblos; que allí estaban representando una fdrsa, que él, hablando con franqueza, no era en el asiento que ocupaba absolutamente nada (risas). El señor Diputado despues de haber acompañado un instante a la risa a que incitó, continuó: la Cámara se rie i se rie con garbo (risas prolongadas). Por fin concluyó pidiendo por Dios se optase algun medio en beneficio de los pueblos, i que él no pedia por ellos como lo hacian otros señores mas democtáticos, sino por Dios.

No considerándose como oposicion el discurso del stñor Palazuelos, se procedió a votar sobre si se admitia la reforma del Senado, i resultó por una mayoría de veintitrés votos de que nó, con lo que se levantó la sesion.


ANEXOS

Núm. 272

A consecuencia de la representacion que incluyo del Mui Reverendo señor Arzobispo de Santiago, esta Cámara en sesión de 7 del presente ha acordado el siguiente

PROYECTO DE LEI:

Artículo Único. Se concede por una vez al Mui Reverendo Arzobispo de Santiago la mitad de la porcion de los diezmos denominada cuarta episcopal, despues de deducido de esta mitad lo correspondiente a gastos jenerales i seminario, los $ 1,000 con que está gravada e^ta mitra a favor del Hospital de San Juan de Dios, i los $ 650 con que estaba gravada en favor de la Orden de Cárlos III.

Dios guarde a V. E. —Cámara de Senadores. —Santiago, Octubre 13 de 1842. —JOSÉ MIGUEL IRARRÁZAVAL. —Francisco Bello, Pro-secretario. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 273

Esta Cámara, en sesion de 1 2 del corriente, ha prestado su aprobacion al proyecto d; lei en que se establece una visita judicial, en los mismos términos que espresa ei mensaje del Presidente de la República que orijinal acompaño escepto el artículo 3.º cuyo tenor es como sigue:

Art. 3.º El Visitador inspeccionará la conducta de todos los funcionarios del órden judicial, i podrá: 1.° destituir a los inspectores i sub delegados, dando cuenta con los antecedentes al Gobernador del departamento o al Intendente de la provincia; 2.º suspender a los jueces de primera instancia de cualquier clase que fueren previa la formacion de un sumario que será remitido al Tribunal que debe conocer de la causa para que resuelva lo que encontrare justo.

Dios guarde a V. E. —Cámara de Senadores. —Santiago, Octubre 14 de 1842. —José Miguel Irarrázaval. —Francisco Bello, Pro-secretario. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 274

La Comision encargada de informar a la Sala sobre el proyecto de lei de caminos, canales, puentes i calzadas aprobado por el Se íado a proposicion del Presidente de la República, ha examinado con detención dicho proyecto i se complace en manifestar a la Cámara que lo juzga en estado de obtener la aprobación en todas sus partes, i en los mismos términos en que lo ha sancionado la Cámara de Senadores: tomando sí, esta Sala la iniciativa en la consideracion del artículo 6.° de los adicionales, de que se ha escusado la del Senado en razón de pertenecer a la de Diputados, según se espresa al final de la nota en que se transcribe el proyecto.

Pocos asuntos se habrán presentado jamas a la deliberacion del Congreso que sean de una importancia tan vital para la sociedad como el presente, i ninguno en que con mayor estension se comprenda el bien público que los lejisladores están en la obligacion de promover. Angus