primero el presupuesto. Pero en fin, señor. ... puede quitarse.
El señor ▼Egaña. — Parece que no hai ningun peligro en que se apruebe, porque no existiendo la persona, no se pagará el sueldo.
El señor Aldunate. — No, señor.
Aprobada.
- Para sueldos i gastos de los tribunales de comercio, en pago de priores, cónsules, jueces de comercio i porteros, etc., entre los cuales se encuentra en el consulado de Santiago un segundo portero con el sueldo anual de trescientos pesos. La partida asciende a $ 5,900.
El señor ▼Egaña. — Aquí hai una partida que yo considero enteramente inútil, i en otra vez he propuesto su supresion a la Cámara; tal es la del sueldo de ese portero segundo del consulado.
El señor Presidente. — La Comision de Presupuesto habia propuesto lo mismo, i se hicieron tantos argumentos. ... No sé si fué quitada en el informe, i la ha puesto la otra Cámara: pero sí creo que no puede haber doble portero, cuando en otros tribunales no hai mas que uno.
El señor ▼Barros. — Para mí la razon que hai, es que en los dias de tribunal debe estar allí para atender a las Comisiones del Tribunal. Mas hai comisiones del Tribunal que deben ser despachadas por el portero fuera de la casa, i saliendo éste a una de las tales comisiones, tendrá que dejar abandonado el Tribunal, lo cual no puede ser de ningun modo.
El señor ▼Egaña. — Eso mismo sucedia en los tribunales, i por eso se ha mandado que se ponga un ayudante.
El señor Barros. — Pero aquí no es así, porque está ocupado en estas comisiones constantemente, pues todo está en manos del portero que hace veces del alguacil, i tiene otras muchas atenciones. Yo creo que el segundo portero es mui necesario.
El señor Presidente. — ¿Se aprueba o nó el sueldo del segundo portero del consulado?
Se procedió a votar, i resultaron seis votos por la afirmativa i seis por la negativa, por lo cual quedó pendiente este ítem. Lo demas de la partida fué aprobado.
Partida 5.a Para sueldo de dieciseis jueces de letras i gastos de sus respectivos juzgados, jubilados, ajentes fiscales, escribano, portero, ordenanza i pago de casa. ... $ 42,224
Aprobada.
Partida 6.a Para sueldos i gastos de presidios. ... 16,167.4
Aprobada.
Partida 7.a Para pensiones pías. ... 5,595
Doña Petronila Gómez falleció i conforme a la lei de 1840, gozan sus hijas la mitad de la asignacion que tenia dicha señora, la que se rebaja de esta partida, $ 240.
La partida puede reducirse a. ... $ 5.355
Partida 8.a Para continuar la construccion de la Casa Penitenciaria. ... 40,000
Partida 9.a Para gastos estraordinarios de justicia, entre los que se encuentra uno que dice: "Para la contribucion de serenos, a razon de dos pesos por el palacio de justicia, dos pesos por el consulado, doce reales por la casa de correccion, un peso por la Iglesia de San Pablo i un peso por la Caridad."
El señor ▼Egaña. Yo me opongo, señor, a que se pague por la Iglesia de San Pablo. Hemos pasado por lo demas, pero por las Iglesias, no puede ser. ¡A dónde vamos a parar! Esto es sólo un peso; pero mi oposicion no se funda en la cantidad que se eroga, sino en el empleo. Esto es mui pernicioso; las comunidades relijiosas pueden pagar, pero el templo. ...
El señor Presidente. — La oposicion es sólo con respecto al peso que se paga por la Iglesia de San Pablo. Se pregunta, pues, si se aprueba o no ese gasto.
Se procedió a votar i fué desechada por once votos contra uno.
Se votó en seguida sobre la partida, i fué aprobada por unanimidad, ascendiendo a la suma de $ 28,058.
Partida 10.a Para sueldos i gastos del Culto de la Iglesia Metropolitana i su Seminario Consiliar. ... $ 61,788 1/2
El señor ▼Egaña. - Pero aquí hai varias partidas que no sé cómo las han podido determinar.
El señor Presidente, — Aquí lo que se ha hecho es regular estos gastos por los del año anterior, o por un término medio tomado en un quinquenio, porque como se mandan fijar todos los gastos, es preciso hacerlo del modo que parece mas acertado, i me parece que de otra suerte no se podian determinar.
El señor ▼Egaña, — Pero si el modo es tomar un quinquenio, no creo que siempre se puede seguir esa regla en los presupuestos de todos los años; porque supongamos que los gastos de este año sean menores i los del siguiente sean mayores, ese déficit ¿con qué se cubre?
El señor ▼Ortúzar. — Aun hai otra cosa, i es que si se presupuestúa en un año una cantidad determinada para tal o cual cosa, ya se tomará como regla.
El señor ▼Egaña. — Hai un gasto pequeño en esta partida a que por la cortedad no me opongo; pero lo hago presente; es éste: al sacristan porque cuida del vino i de la cera i del incienso, se le da un sobresueldo. ¿I cuál otro es el destino de obligacion del sacristan?