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CÁMARA DE SENADORES

les, por decreto de 2 de Diciembre de 1840, es compatible con el sueldo que perciba el mismo don Francisco Solano como oficial 1.° de la Intendencia de Santiago.

Tuvo segunda lectura la solicitud de doña Jertrúdis Larrain para que se le conceda una pension, i se puso en discusion jeneral.

El señor Cavareda. — Señor, hai un inconveniente para la discusion de este asunto, por el cual tendré que separarme de la Sala; pues yo soi primo hermano del marido, i primo segundo de la señora.

El señor Bello. — Como primo segundo, no está comprendido en la lei. Por el parentesco de afinidad tampoco está implicado, porque éste se entiende hasta el tercer grado i el señor Senador está en el cuarto.

El señor Egaña. — Es primo hermano del marido; pero el solicitante no es el marido, sino la mujer. Por consiguiente, no está implicado.

El señor Bello. — Así lo creo yó, i me parece que el señor Presidente debe declarar si puede votar.

El señor Presidente. — Pues, señor, declaro que no está implicado i puede votar.

A votacion.

— Se procedió o votar sobre la solicitud referida i resultó desechada por seis votos contra cinco.

Tuvo segunda lectura i se puso en discusion jeneral la solicitud del Capitan Jeneral don Ramon Freire para que se le conceda una remuneracion.

El señor Presidente — Si la voz de la amistad no ha de debilitar la de la justicia, yo creo que soi un testigo ocular de les hechos que cita el señor Freire. El año de 1813 tomamos a Talcahuano: a los pocos dias se aparecieron dos buques con banderas españolas, i el Jeneral Freire se fué en dos lanchas hácia ellos. Estas lanchas se fueron a poner al costado de los buques i en el momento desplegaron la bandera nacional i se los tomaron prisioneros. Se encontraron en ellos 50,000 pesos en dinero efectivo a mas de los pertrechos de guerra i varias cosas que habia en ellos: todo lo que el Jeneral Freire puso a disposicion del Gobierno. Me consta todo esto.

He visto tambien el decreto en que se dice que la hacienda de Cucha-Cucha se le da al Jeneral Freire como una compensacion en parte de lo que le correspondía por aquella presa, i me consta que despues se presentaron sus dueños para que se les devolviera: se les mandó devolver, i como no tuvo tiempo para reclamar, no se le pagaron al Jeneral Freire las mejoras que en ella habia hecho. Despues la Corte Suprema declaró que supuesto que se le debia al Jeneral Freire estas cantidades, que se le reconociesen en la Caja del Crédito Público con el interes que ordena lei.

Esta solicitud me parece que es reducida a que se le entregue esa suma mandada reconocer en la deuda interior i esto se ha hecho ya otras veces. Véase lo que se hizo con el ciudadano Cárdenas, en que se le mandaron entregar las cantidades que por una sentencia se habia mandado reconocer en el Crédito Público.

Yo creo que los hechos a que me he referido son mui notorios; sin embargo, si la Sala quiere, se pueden pedir esos documentos que se citan en la solicitud. Pero como puede ser aprobada en jeneral ántes de eso, yo me he tomado la libertad de hablar en obsequio de la justicia.

La discusion en jeneral seria casi contraria al reglamento, porque no estando la Sala en posesion de esos documentos, no está en el caso de aprobar o reprobar. Por eso me parece que seria conveniente pasase este documento a Comision.

En fin la Sala verá lo que debe hacer.

El señor Egaña. — Creo, señor, que no puede haber embarazo para aprobar este en jeneral, salvo siempre el derecho de examinar los documentos en la discusion particular. Yo soi uno de los que quisiera examinar, al ménos los mas necesarios. Yo lo aprobaria en jeneral, reservándome para hacer mis observaciones en la discusion particular.

El señor Presidente. — Señor, mi duda era sólo por el trámite de pasar a Comision; pero si la Sala cree que está en estado de votar, se procederá inmediatamente a la votacion en jeneral.

— Se procedió a votar i resultó aprobada en jeneral, dicha solicitud por 9 votos contra 2.

El señor Presidente. — Queda aprobada en jeneral i pasa a las Comisiones de Justicia i de Hacienda, para que pueda haber número.

El señor Egaña. — Bueno, señor; que pase a Comision; pero que se pidan los documentos.

El señor Presidente. — Sí, señor, se piden los autos orijinales de la Tesorería Jeneral, donde se dice que existe, i con ellos pasará la solicitud a las Comisiones de Justicia i de Hacienda unidas.

— Tuvo segunda lectura i se puso en discusion jeneral la solicitud de doña María de la Luz Lira para que se le conceda montepío, en el que había informado la Comision de Guerra opinando que se le concediese a dicha señora, una pension de 8 pesos mensuales.

El señor Aldunate. — La Comision, señor, en este asunto, ha querido respetar la sentencia de los Tribunales, sin embargo, que por una atribucion constitucional, el Supremo Gobierno puede decretar el montepío: sólo ha tenido presente la Comision la cantidad, i como por el montepío le corresponderian 10 pesos, se ha puesto en 8, porque la viuda ha recibido dos pagas de tocas a que tambien tenia derecho.

— Se precedió a votar i resultó aprobado en jeneral dicho informe por 10 votos contra 1.

El señor Presidente. — Hai un proyecto relativo al nombramiento del oficial primero de la