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CÁMARA DE DIPUTADOS

tido, ignorantes de formalidades embarazosas, indica.

He dicho ántes que la lentitud es el defecto principal de la administracion de justica. Para disminuir en algun tanto esa lentitud conviene acortar los términos de prueba i emplazamiento que, si fueron proporcionados en la época en que se fijaron, no lo son ahora que las comunicaciones entre los diversos puntos de la República se han hecho mas frecuentes i espeditas. Acortarlos es acortar la duracion de los pleitos, i por consiguiente libertar a la industria i al comercio de los embarazos que de ellos proceden. Sobre esta materia tambien presentaré un proyecto formado sobre otro que ya existia de antemano en el Ministerio.

En la parte criminal no tanto se hacen sentir los defectos de los procedimientos judiciales cuanto lo defectuoso de las leyes penales. La principal dificultad que ha existido para reformar estas leyes ha nacido de nuestra falta de medios de represion para ciertos delitos; pero esta dificultad se allanará en gran parte con la construccion de la Cárcel Penitenciaría. Es, pues, ya tiempo de que nos ocupemos en la reforma de nuestro Código Penal. En esta materia me parece mas ventajoso acometer la empresa por partes, que abrazarla en toda su estension. Lo primero, fuera de facilitar la reforma i ser mas conciliable con los procedimientos que para dar las leyes requiere la Constitucion, permitirá ademas correjir desde luego la parte mas defectuosa i evitar los graves inconvenientes que traeria consigo una variacion repentina en toda nuestra lejislacion penal, i tambien el gran retardo que indispensablemente debe concederse al poner en vigor un código completo. Lo segundo dará sin duda mas unidad a toda la obra; pero esta ventaja no puede compararse a las otras que he indicado.

Conformándome a estos principios, me ocupo al presente en formar un proyecto, tomando por guia lo que se ha hecho en otros paises, con las modificaciones que nuestras circunstancias peculiares exijen. Me he fijado en la parte mas defectuosa de nuestra lejislacion penal: los hurtos. Moderar las penas excesivas que se hallan en los códigos españoles i determinar de un modo mas preciso las que deben imponerse segun los diversos grados de culpabilidad, son los objetos que he tenido en mira.

En la administracion de justicia criminal, lo que ha llamado con preferencia la atencion del Gobierno ha sido el arreglo i mejora de las cárceles i presidios.

Nuestra lejislacion criminal con todos sus defectos, si castiga a veces con crueldad algunos delitos, si hasta cierto punto se halla en oposicion con los principios de equidad natural, no produce el pernicioso efecto de pervertir al culpable i de propagar i difundir el crímen.

El Gobierno ha creido que merecia una atencion preferente la mejora de los medios de represion de delitos, i en esta parte se lisonjea de haber hecho bastante en el período de que doi cuenta. Principiando por la casa Penitenciaría, la muralla de circunvalacion se halla mui avanzada i celebrado ya el contrato para la construccion de la parte interior que debe estar terminada en su totalidad dentro de tres años i medio, i en estado de servicio, a fines del año entrante, un número considerable de celdas.

Para que se cumpla con la obligacion impuesta al contratista de emplear los mejores materiales i dar así a la obra la mayor solidez posible, el Gobierno ha tomado las precauciones convenientes.

Varias son las medidas tomadas en favor del presidio ambulante. Una pieza se ha aderezado para oratorio i se ha provisto de todos los objetos necesarios a la celebracion de los divinos oficios; logrando así hacer mas frecuente la práctica de los actos relijiosos. Los ejercicios espirituales se han repetido en este año con buen resultado. A los reos se les ha suministrado vestuario.

Tambien se ha nombrado para el presidio un médico i un sangrador a fin de evitar las incomodidades i los inconvenientes que ofrece la frecuente remision de reos desde el presidio al hospital por enfermedades mas o ménos graves. Sin perjuicio de la seguridad, se ha tratado de hacer llevadera la condicion de los reos i sobre todo de la mejora de su condicion moral.

Acerca de este último punto, el activo anhelo del capellan del presidio ha logrado lo que talvez no era de esperarse. El Gobierno cree que el reglamento que está próximo a dictar para este establecimiento i la introducion de los oficios mas comunes i que pueden ejercerse dentro de los carros, disminuirán en gran parte los inconvenientes de este jénero de castigo, que debemos tolerar hasta la conclusion de la Penitenciaría.

La casa de Correccion continúa en el satisfactorio estado que se anunció al Congreso en el año anterior, i espero con fundamento que se mejore luego que se traslade al local que se ha construido espresamente para ella. Para vestuarios de las reclusas se ha suministrado una corta suma. Un préstamo de mil pesos de la partida destinada a imprevistos, se ha hecho al Director de la casa a fin de fomentar los trabajos que en ella están corrientes. Del año pasado acá han recibido éstos un impulso notable. En el espacio de dieciseis meses se han tejido ocho mil seiscientas setenta i cuatro varas de jerga, practicándose todas las operaciones necesarias por las mismas reclusas. Los niños destinados a reclusion se ocupan en trabajos de carpintería.

Algunos muebles ordinarios, que ya han dejado utilidad a la casa i a los mismos niños, se han trabajado; pero sobre todo se les obliga a aprender un oficio i se les sustrae a la influencia