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SESION EN 25 DE AGOSTO DE 1845

rio de Hacienda, i cree que es digno en jeneral de la aprobacion del Congreso, salvas las alteraciones que pasa a proponer:

  1. En este Ministerio ha visto la comision mas repetidas que en los otras, la práctica de hacer que un empleado pase en comision con su sueldo íntegro a servir un destino que tiene ménos renta que la plaza de su propiedad. Este es un abuso que el Congreso debe correjir, puesto que tiende a conceder de hecho a algunos individuos una recompensa mayor que la que la lei señala a sus servicios. En esta virtud propone el proyecto de lei, que se acompaña bajo el número 1.
  2. En la Contaduria Mayor se presuponen dos oficiales ausiliares, que la Comision juzga innecesarios, en atencion a que la lei ha dotado aquella oficina con las plazas necesarias para el desempeño de sus funciones.
Mas, como es de desear, que se dé a la oficina otra forma que la permita ser mas espedita en sus trabajos, opina tambien la comision por que no se proveean las plazas que vacaren a excepcion de la del Contador Mayor, a fin de que haya así ménos embarazos cuando se espida el nuevo arreglo que se desea.
  1. Por razones análogas a las indicadas arriba parece conveniente suprimir el oficial auxiliar de la Tesorería de Concepcion.
  2. En las cantidas pedidas para la casa de Moneda la comision haya dignas de reparo tres partidas:
Es la 1.ª la de 1,500 pesos que se piden para el primer ensayador, pues la dotacion natural de este empleo es sólo la de 1,000 pesos. El sobresueldo de 500 que se presupone fué una gracia especial concedida a don Francisco Brochero de que no debe gozar otra persona que él. Sin embargo, podria concederse la partida en atencion a que el empleado que la goza está en posesion de ella, pero con la calidad de que cese el sobresueldo desde el momento que sea provista la plaza en otro individuo.
2.ª Parece necesario suprimir la plaza de capellan de la casa, por cuanto los empleados de ella, en cuyo obsequio fué establecida, han dejado de vivir en el edificio, en virtud de los últimos decretos del Gobierno que mandan trasladar allí las oficinas de la administracion.
3.ª Tambien es del caso suprimir la asignacion del medio por ciento que se da al oficial encargado de la compra de monedas de oro limadas. Es éste un servicio de aquéllos que todo empleado público debe prestar por razon de su destino conforme a la lei sin exijir una recompensa estraordinaria.
La Comision no puede ménos de llamar la atencion del Congreso al excesivo número de empleados que tiene la Casa de Moneda, en comparacion a los trabajos que desempeña. Treinta i nueve personas es un número enormemente excedente al que bastaria para el servicio de la casa establecida bajo otra base. Seria de desear pues, que el Congreso estimulase el celo de S. E., el Presidente de la República, para hacer el arreglo que tiempo ha se reclama en este ramo.
  1. En cuanto a la Aduana de Valparaiso la Comision ha sido informada de que es inútil la division que existe por el actual reglamento de la Alcaidía en tres secciones dotadas cada cual con su correspondiente órden de empleados aparte. Uno de los alcaides está desempeñando tiempo ha las funciones de vista sin que se haga notar su falta. Tampoco se echa de ménos la ausencia de alguno de los oficiales que están sirviendo fuera de la oficina, ni la vacante de otros. En esta virtud, opina la Comision porque se suspenda la provision de dichas vacantes, negándose el sueldo que corresponde a una de las plazas de oficial segundo i a otra de oficial tercero de la Alcaidía. Opina, tambien, por razones semejantes a la espresadas, por que se niegue el sueldo que se pide para el oficial de fe pública, que hoi no existe cuya falta no ha traido inconvenientes.
  2. En virtud de un acuerdo de la Comision relativa al sueldo de los auxiliares, de que ya se ha dado cuenta en los informes de otros presupuestos, propone la Comision rebaje a 300 pesos, los 365 que se piden para el auxiliar de la Aduana del puerto de Constitucion.
  3. Por igual fundamento, se propone la rebaja hasta 300 pesos, sueldo que se pide para el guarda del resguardo del mismo puerto.
  4. Por igual motivo, debe rebajarse a 300 pesos el sueldo del oficial tercero ausiliar de la Aduana de Talcahuano.
  5. No apareciendo en los presupuestos Tenientes Administradores de los puertos de Colcura, Lirquen i Penco, cree la Comision que debe negarse la partida de 44 pesos que se piden para gastos de escritorio para tales empleados.
  6. En la Aduana de Chiloé, debe reducirse a 300 pesos el sueldo del ausiliar que gana en el dia 365.
  7. La Comision juzga innecesaria la existencia de dos factorías de Estanco en las ciudades de Santiago i Valparaiso; i para creerlo así, se funda en la indicacion que sobre este particular hizo el finado Ministro de Hacienda, don Manuel Renjifo, a la Comision de Presupuestos del año 1843. La Comision informante recomienda este pensamiento a la consideracion del Congreso.
  8. Miéntras tanto, es de sentir que no debe abonarse al factor i demas empleados en la de Valparaiso i Santiago, la Comision que cobran por la recaudacion del catastro i la espedicion de patentes i de papel sellado. La suma de trabajos que le imponen estos diversos ramos está bien compensada con la dotacion legal de sus empleos.
  9. La Comision, es de sentir, en vista de los gastos hechos en años anteriores, que sólo se