- ordenanzas necesarias para hacer efectivas las disposiciones de esta lei.
- Sin embargo de lo dispuesto en su artículo 14, queda el Gobierno con el ejercicio de las facultades que le confirió en 1835 i que le fueron prorrogadas en 10 de Noviembre de 1841.
- El Presidente podrá aplicar en este año a la composicion de los caminos mas necesarios el sobrante de los $ 12,000 decretados a la del de Valparaiso.
Discutióse en particular el proyecto sobre cancelacion de cuentas de los tesoreros Várgas i Marzan.
El señor Egaña propuso que se autorizase al Gobierno para nombrar una comision que en diez meses feneciese dichas cuentas sin sujetarse a trámites ni formalidades. Se desechó su proposicion, i fué aprobado el artículo único del proyecto en estos términos:
"Se autoriza al Presidente de la República para que exonere de toda responsabilidad a los ministros tesoreros don Ramon Várgas, don Nicolas Marzan i a los fiadores de ámbos, si en el término perentorio de un año no pudieren fenecerse las cuentas de su administracion."
I en este estado se levantó la sesion, quedando en tabla para la siguiente los presupuestos, el proyecto de lei sobre visita judicial, la discusion por menor del nombramiento i dotacion de jueces i otros asuntos particulares.