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SESION EN 21 DE SETIEMBRE DE 1842

ocupa lo que se llama moral i justicia significa en sustancia la estabilidad del órden existente; i este órden, aceptado por la Nacion, se siente bastante maduro i robusto para adoptar providencias conciliatorias sin contradecir sus antecedentes ni aventurar su porvenir. Si el órden existente ha llegado o no a esa época de madurez i vigor, es la cuestion que las Cámaras Lejislativas fueron llamadas a resolver; cuestion de alta política, que era preciso mirar desde aquella esfera elevada, que domina a las consideraciones necesariamente estrechas i limitadas de la justicia en su decepcion ordinaria.

Se ha pretendido tambien que la aprobacion del proyecto era una censura tácita de la conducta de la administracion pasada. Pero esto seria suponer que todas las amnistías envuelven una reprobacion de los actos de severidad que las han precedido: i lo que es mas, seria suponer que la administracion anterior se habrá condenado a sí misma, promulgando decretos parciales de olvido i rehabilitacion. La administracion presente en la medida que con tanta satisfaccion del público acaba de obtener la concurrencia de las Cámaras no ha hecho otra cosa que llevar adelante la obra de su predecesora, aboliendo escepciones dolorc sas, i borrando hasta los últimos vestijios de las desavenencias, que dieron tantos dias de dolor a la Patria.

Hemos procurado mirar la cuestion bajo su punto de vista mas jeneral, porque para justificar la conducta del Gobierno i de las Cámaras no necesitábamos contraernos a consideraciones especiales, que sin duda han tenido tambien mucha parte en el resultado. Ni el Gobierno ni las Cámaras han podido desentenderse de los títulos que los individuos que se trataba de rehabilitar, han adquirido a la gratitud de la Patria.