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SESION EN 23 DE AGOSTO DE 1844

no trato de prolongar esta discusion; sólo quiero que se entienda el espíritu del Gobierno. De dos años a esta parte, en los cuerpos cuya organizacion se ha decretado, el Gobierno ha echado mano para jefes de ellos, de los vecinos. Hai una multitud de rejimientos de caballería cuyo mando está encargado a los vecinos mas respetables i propietarios del departamento. He dicho esto para que se vea que el espíritu del Gobierno es que a medida que se va mejorando la milicia, a medida que se va haciendo mejoras también se van haciendo los nombramientos de los jefes en hombres a quienes no se les asigna sueldo.

Si alguros jefes de graduacion veterana están encargados de la instruccion de la milicia, es porque de eso resulta economía en lugar de aumento de gasto.

Si un cuerpo de asamblea se formara de nuevo, de oficiales de menor graduacion, seria preciso posponer a los de mayor graduacion, i como estos oficiales tienen prestados muchos servicios, tendrian que recibir una mitad, una tercera o cuarta parte de su sueldo, lo cual seria mucho mas gravoso al Erario; es, pues, mas económica la medida que se observa actualmente. En algunos pueblos de la provincia de Maule hai dos o tres batallones con dos o tres instructores, cuyos batallones se forman de la poblacion de seis pueblos, i en cada uno de los cuales hai dos o tres compañías; luego es preciso que tengan algunos instructores mas.

Se procedió a votacion i resultó aprobada la partida orijinal por 24 votos contra 8.

El señor Secretario. —Hizo presente que se habia encomiado en la secretaria un voto particular de la Comision Mista encargada de revisar los presupuestos, cuyo voto se proponia suprimir la Secretaria de Marina. Hizo tambien presente que por haber suscrito el informe de la comision, los mismos miembros que dan el voto paiticular, se orijinó la equivocacion de no dar cuenta de él. La Sala decidió que no se considerase.

El artículo 2.° del informe de la comision no tuvo lugar por haberse aprobado la partida anterior.

El señor Irarrázaval. —Haré uso de la palabra para hacer una indicacion a la Sala acerca del modo en que a mi juicio debe redactarse la lei de presupuestos. En primer lugar la cita de documentos no puede quedar en la lei, porque en ella no seria referente a nada dicha cita aunque en el informe de la comision los documentos son el pormenor que acompaña el Gobierno a los presupuestos, i sirven por consiguiente para ilustrar a la Cámara. En segundo lugar, me parece que el modo de redactar los presupuestos es imperfecto, perjudicial, i que puede dar campo al Gobierno para que aplique mal los sueldos. Se ha dicho, por ejemplo, con respecto del Ministro del Interior: para sueldos i gastos de tantas intendencias de la República, tantos mil pesos con o no ha habido regla alguna por la cual deba darse un determinado sueldo a un Intendente, podria talvez asignarse 10,000 pesos al Intendente de Chileé i sólo 500 al de Maule. En cierto modo, algo se ha remediado con los documentos; mas, esto era cuando los presupuestos se acompañaban a las memorias, pero ahora los Ministros han cumplido ya con su deber; i una vez cumplido ese deber, ya no tiene obligacion de presentar mas pormenor al público, al contrario, seria irregular hacerlo. Por esto me parece que la lei de presupuestos debia redactarse en detalle, con su pormenor, diciendo, por ejemplo: para gastos de la Secretaría del Senado, tal cantidad, en la ferma siguiente: para el Secretario tanto, para el oficial mayor tanto, i así, etc. Esto, por otra parte, no tiene el inconveniente ninguno, tiende a la regularidad i a que el Gobierno tenga un término. La única dificultad seria la redaccion; pero con las ventajas que se deben esperar, no debe tenerse en cuenta tal inconveniente. Si fuese preciso, podría llamarse nuevos empleados que se ocupasen en ésto. Propongo, pues, señor, que ántes de pasar al Senado los presupuestos, se detallen las partidas a que se hace referencia el pormenor de ellas.

El señor Vice Presidente. —Seria necesario redactar una proposicion para que la Sala la tomase en consideracion i se aprobase.

El señor Irarrázaval. —Bueno, pues, se podrá desde luego espresar en esta forma:

"¿Se redactan en pormenor los presupuestos ántes de pasarlos al Senado o nó?"

El señor Vice Presidente. —¿No causaría ésto una gran demora?

El señor Renjifo. —La indicación que acaba de presentar el señor Diputado Ministro, si tiene alguna utilidad, no deja de tener sus inconvenientes, aunque éstos puedan considerare puramente mecánicos; pero lo serian también pata el manejo de la lei de presupuestos. La necesidad de pormenor a que se refieren las partidas, impera la necesidad de todo el pormenor i de los documentos; i por consiguientes, es fácil ver cuál va a ser la estension de la lei. Este legajo que tengo en la mano, consta de ciento once documentos, i es sólo del Ministro de Guerra i Marina. La indicacion de que se inserten todos los pormenores en la lei, la haria interminable o a lo ménos demoraria mucho mas tiempo que el que se necesita para espedirse en un negocio tan importante. Yo creo que por ahora se puede adoptar la primera parte relativa a la cita de documentos, reservándonos para el año siguiente el redactar los presupuestos en otra forna, para que se haga mas sencillo el objeto de la lei. Por ahora me parece que si no es imposible, es a lo ménos mui difícil; no bastara quince días para hacer una nueva redaccion de la lei, i esto traeria el inconveniente de que lá