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SESION EN 20 DE OCTUBRE DE 1843
licas i letras de cambio, pero que al tiempo de cerrar la cuenta es taban navegando i no se comprendieron en ella 45,599.10.10
£ 58.476.15.10

Segun la precedente demostracion ascendía la existencia anterior a cincuenta i ocho mil cuatrocientos setenta i seis libras quince chelines i diez peniques, que equivalen a doscientos noventa i dos mil trescientos ochenta i tres pesos siete i medio reales de nuestra moneda corriente; [1] i procediendo despues de averiguado este dato a liquidar la totalidad del fondo sobrante, resulta que consistía en los efectos siguientes:

En especies, útiles del estanco a precio de venta $  895,393 . ½
En billetes de la deuda interior del 3% 6,375
En maderas de construccion. 6,113 .6
En pagarées de aduana 695,170 . ⅝
En anticipaciones a buena cuenta de sueldos legales 12,480 .3½
En dinero metálico 675,273 .3
En dinero esterlino existente en Londres a cargo de los ajentes del empréstito anglo-chileno 64,386 .2
En especies metálicas i letras de cambio navegando para Inglaterra 227,997 .5½
$ 2.583,189 .5⅛
Aunque por este resúmen aparece representada la existencia tomada en conjunto, un fondo de dos millones quinientos ochenta i tres mil ciento ochenta i nueve pesos cinco i un octavo de reales, debo esponer que no todo él era líquido, ni pertenecía esclusivamente al Fisco. Del valor asignado a las especies útiles que tenia la Factoría del Estanco, hai que rebatir dieciocho i tres cuarto por ciento por los gastos de administracion, i seis i cuarto por la pérdida calculada a la parte de dichas especies que es probable que se inutilice ántes de realizar su venta; de suerte que la deduccion de un veinticinco por ciento sobre los ochocientos noventa i cinco mil trescientos noventa i tres pesos medio real existentes en tabaco i otros efectos estancados, asciende a $ 223,848 .2⅓
Se deben tambien rebajar ciento ochenta i un mil cuatrocientos diecisiete pesos siete octavos de reales, que segun el pliego número 17 hacian un crédito pasivo procedente del ramo de depósitos, [2] por estar este caudal ajeno, incluido entre la demas partidas que componen la existencia 181,417 . ⅞ 405,265.3
$ 2.177,924.2⅛

Liquidado así el valor efectivo i realizable de los efectos que formaban la existencia de propiedad fiscal a fines de 1842, resulta que era de dos millones ciento setenta i siete mil novecientos veinticuatro pesos dos i un octavo reales, despues de hechas las deducciones que he considerado necesarias para dar mayor exactitud la

  1. Para hacer el cálculo de los valores existentes en Londres se ha tomado el producto líquido de las remesas despues de realizadas, con deduccion de la pérdida sufrida en el cambio, i apreciando cada libra esterlina en cinco desos de a 48 peniques.
  2. A mas de la cantidad dada aquí como existencia del ramo de depósitos, habia mil ciento treinta i seis pesos cuatro reales pertenecientes a las Municipalidades de Valparaiso i Copiapó, i se escluyen por no estar comprendidos en la cuenta jeneral.