Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXII (1843).djvu/433

Esta página ha sido validada
429
SESION EN 4 DE SETIEMBRE DE 1843

por el interes i bienestar de mi patria, debo desistir de la indicacion que he hecho; porque si no pueden presentarse las bases, vale mas autorizar al Gobierno para que haga la reforma, que deja subsistentes los males que ofrece la defectuosa administracion de correos hoi existente, séame permitido repetir que sólo bajo el supuesto de no poder presentarse esas bases, desisto de mi indicacion, obligado a preferir un bien real ántes que a sostener mis ideas.

Debo tambien hacer presente a consecuencia de lo que se ha dicho en el debate, que la constitucion, léjos de privarnos de la facultad de conceder autorizacion para establecer contribuciones, dispone en el artículo 148 que al Congreso toca imponerlas; i que sin su especial autorizacion es prohibido establecerlas a toda autoridad del Estado i a todo individuo; de suerte que esplícitamente confiere la facultad de autorizar. Se suspendió la sesion.


A segunda hora continuó la discusion jeneral del proyecto pendiente a primera hora.

El señor Palazuelos tomó la palabra i dijo que se veria obligado a insistir en su indicacion; que la misma facilidad con que otro señor Diputado habia desistido de su indicacion, era un motivo mas para reforzar la suya; repitió el argumento de que el Ministerio podia variar i en este caso tendría la Cámara que conformarse con una opinion que no era la suya, que de este modo se abria ademas un gran cauce para cometer un abuso como éste que sobre ser pernicioso era inconstitucional; concluyó insistiendo en su indicacion como el medio mas seguro de evitar tan graves males; dijo que la dilacion no era un inconveniente i que si le seria la lijereza i poca meditacion.

El señor Irarrázaval dijo poco mas o ménos que a su modo de ver habian sido mui previsores los que habian formado la Constitucion de 33, pues que conociendo los embarazos que podia producir nuestra actual forma de gobierno, habian establecido lo que se espresa en el artículo 148 de aquella Constitucion, citado ya por otro señor Diputado, en que se trataban de obviar muchos inconvenientes, inconvenientes que podian influir en la prosperidad del pais; i que si en materia de contribuciones en que anduvieron mui celosos aquellos lejisladores, se habia dictado aquel artículo, era de opinion que en el caso presente no se infrinjia de modo alguno la Constitucion, autorizando al gobierno para formar una ordenanza que era reclamada por el interes del pais; manifestó que el principio que se habia sentado al decir que concediendo esta autorizacion al gobierno se daba oríjen a que otro ménos celoso i ménos acreditado tuviese derecho para exijir la aquiescencia de la Cámara, era a su juicio contradictorio, i lo probó diciendo que lo que animaba o podia animar a las Cámaras a conceder la autorizacion que solicita el gobierno, era la confianza que tenia de no ser burlado, la seguridad que le prestaba el gobierno a sus representantes de no abusar; pero que si éstos no corrrespondian a esa confianza, entónces cesaba tambien la obligacion de la Cámara. Por lo que respecta a la madurez i meditacion de este asunto, dijo que pocos eran los negocios que se habian discutido con madurez i detencion; que habiendo ocupado la sala tres noches en este asunto, se había considerado la cuestion bajo sus diferentes puntos de vista, i que negocios de mas valor e importancia, no habian sido tratados con tanta circunspeccion, con tanto tino como el presente. Acerca de lo espuesto sobre las bases que se quiere i obtener, dijo, que esta indicacion era mas importante de lo que a primera vista parecía, porque si se daban las bases, ya no habia nada que hacer; todo el trabajo quedaría reducido a la redaccion de la obra, pero dadas las bases, la obra quedaría hecha. En conclusion, dijo que estas eran las reflexiones que por ahora se le ocurrían, reflexiones que eran nacidas solamente del deseo de hacer cesar males que perjudicarían a la nacion: repitió que este deseo era lo único que podia hacerle sostener una carga pesada, una carga que podia tener por consecuencia el desdoro, la mengua del gobierno; i finalmente, que como órgano de este gobierno i como defensor del proyecto, quedaría igualmente satisfecho, bien la Cámara aprobase el proyecto o bien lo desechase, porque si lo aprobaba cesarían los males, i si nó, el gobierno no seria la causa de ellos, sino la Cámara que habia negado la autorizacion para hacerlos cesar.

El señor Cerda tomó la palabra i dijo que cuando habia oido hacer observaciones sobre el proyecto actual al primer Diputado que tomó la palabra, creyó innecesario hablar, porque se habian hecho precisamente las mismas reflexiones que tenia pensadas; mas que como ese señor habia desistido por conviccion, conviccion que él no habia podido obtener, se veia en la necesidad de repetir dos preguntas que hizo en otra sesion cuando se trató de la misma materia, a saber: 1.° Si en esta ordenanza iban a contenerse disposiciones penales; i 2.º si iban a crearse empleos dotándolos... insistió de nuevo en que si la reforma iba a contener aquellos puntos, le negaba su voto...

Hizo ver los inconvenientes de conceder al Gobierno una autorizacion de esa naturaleza; i en seguida propuso a la Cámara que se imprimiese el proyecto; que si aun no estaba concluido, como se habia dicho, el Gobierno, en sus atenciones, no podrá concluir el trabajo en ménos de ocho meses, i que entónces puede mandarlo publicar i someterlo a la decision de las Cámaras que ya entónces estarán reunidas, para que ellas hagan las observaciones mas convenientes, sin que de esto resulte gran demora al servicio público; repitió el argumento de que aunque hoi el Ministerio daba confianza, no po