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CÁMARA DE DIPUTADOS

to, tan poco adecuado a las circunstancias actuales de la nacion, como es el actual de correos. No puedo decir que en aquella sesion senté las bases que tenia el Gobierno para la reforma; hice sólo un breve bosquejo de los puntos cardinales que debía contener la nueva ordenanza. Ahora tampoco puedo dar estas bases, porque al hacerlo, obraria con lijereza.

Verdad es que hai una ordenanza; pero esta no ha sido aun detenidamente estudiada por el Gobierno; aun no ha meditado bien los puntos de la reforma, i yo me espondria a equivocar a la Cámara, obraria con lijereza, manifestaría mui poca circunspeccion en el desempeño de mi cargo como defensor del proyecto pasado por el Gobierno si sentase impremeditadamente las bases de la reforma, me espondria a engañarme a mí mismo, i a engañar a la Cámara.

Estos fueron los motivos que tuve entónces i los mismos que tengo ahora para abstenerme de presentar las bases i contentarme sólo con bosquejar algunos de los puntos principales de esta reforma.

Convengo en casi todas las indicaciones apuntadas por el señor Diputado preopinante i creo que deben tenerse presentes al formar la ordenanza.

En primer lugar soi de opinion que no debe proponerse de manera alguna en la ordenanza que el Fisco establezca una nueva entrada, sino que todos los ingresos de la administracion de correos deben emplearse en las mejoras del mismo ramo. En segundo lugar, creo que no habrá ni necesidad ni conveniencia en aumentar el porte de las cartas. En tercer lugar, creo que es de una necesidad indispensable establecer estafetas en los pueblos que carecen de ellas, i cuando en la sesion anterior dije que el Gobierno trataba de establecer estafetas en algunas poblaciones, i no en todas, fué porque existían algunos puntos en que habia ya una administracion. En la misma sesion manifesté tambien que no habia razon para aumentar el número de empleados en las oficinas principales; i, por último, espuse que era de una necesidad imperiosa aumentar el premio a estos empleados, pues en lo escaso de éste encontré gran parte de los males que se hacen sentir en la administracion de correos. Esto es lo único que puedo esponer sin temor de engañarme i sin temor de engañar a la Sala.

Réstame sólo satisfacer un escrúpulo, justo a la verdad: tal es que el Gobierno puede adoptar una medida que no esté conforme con las ideas o intereses de la Cámara, pues que puede mui bien haber un cambio en el Ministerio. Considero hasta cierto punto justo i mui posible de realizarse este temor; pero aun concediéndolo justo i posible, no veo yo dónde está el peligro; porque si la reforma que el Gobierno hubiese de hacer fuese defectuosa, no correspondiese al voto de confianza que le habia dado la Cámara ¿qué resultaría? Resultaría que apénas el proyecto hubiese visto la luz pública, las Cámaras remediarían el mal, se harían al Gobierno los justos cargos por el abuso que había hecho de la confianza que se habia depositado en él; i en tal caso no le quedaría a éste mas que la vergüenza, la mengua, el desdoro de haber correspondido tan mal a esa confianza. Yo creo que esta es una garantía suficiente para la Cámara, de que el Gobierno no abusará de esa confianza; que el resultado seria bien terrible.

Me permitirá la Cámara repetir que los beneficios que actualmente se reportan de la actual ordenanza de aduana, son resultados de la autorizacion que dió el Congreso. Sin ella es verdad no se hubieran sentido los males de la anterior ordenanza, pero el proyecto dormiría aun en el Consejo de Estado, o en las Cámaras sin producir los grandes bienes que actualmente produce. Hago estas reflexiones movido solamente del deseo de la prosperidad de mi pais; este mismo deseo es el que me hará soportar una carga que me atormenta pero que tolero con gusto por las inmensas ventajas que estoi persuadido producirá a la nacion.

El señor Palazuelos dijo mas o ménos: que aunque el Gobierno actual merecía los votos de confianza que se le depositan, no estaban seguros de su permanencia; que aunque hai facultatades de que la Cámara puede desatenderse, hai otras inadmisibles, por su naturaleza, por el réjimen de Gobierno o por la circunstancia de estar poco instruida en el estado del pais; i que de este modo seria sumamente peligroso depositar la suerte de millares de hombres en un corto número de individuos que variarían mañana i cuyas ideas no conocemos.

Manifestó que tratándose en este caso de imponer una contribucion, era inconstitucional autorizar al Gobierno para formar una ordenanza en que se iba a imponer un gravámen a los ciudadanos con grave perjuicio de su propiedad i seguridad; dijo que podría la Cámara avergonzarse algun dia de haber aprobado semejante autorizacion, porque si de la ordenanza resultaban males éstos eran una consecuencia de la autorizacion, pues que la Cámara se habia desprendido de una de sus principales atribuciones. En fin, para evitar estos inconvenientes i al mismo tiempo para que la nacion no se viese privada de los beneficios de una medida tan importante, propuso que volviese el proyecto a la comision para que ésta celebrando una transaccion con el Gobierno, obtuviere de éste las bases de la reforma, i pudiese hacer las obseavaciones mas oportunas i convenientes.

El señor Vial, don Manuel Camilo. Hasta ahora no se han rebatido los fundamentos en que apoyé mi indicacion. Subsisten en su mismo vigor; pero el señor Ministro ha sentado decididamente que no es posible presentar las bases del proyecto; i en cumplimiento de mi deber,