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364 CÁMARA DE DIPUTADOS

ANEXOS

Núm. 282

Para los efectos a que hubiere lugar he mandado tomar razon de la nota de V. E. número cuarenta i nueve, fecha dieciocho del corriente en que me comunica haber elejido esa Cámara al Diputado don Ramón Renjifo para desempeñar el cargo de Secretarío, por renuncia que de él hizo el Diputado que lo servia.

Dios guarde a V. E. Santiago Agosto 24 de 1843. —Manuel Búlnes. —R. Luis Irarrázaval. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 283

Tengo la honra de presentar al Congreso Nacional una esposicion de los principales asuntos que han ocupado la atencion del Gobierno en el Departamento de Relaciones Esteriores, desde la fecha de la Memoria que sobre el mismo ramo fué leida el año pasado a las Cámaras.

Me es grato reproducir aquí lo que dijo el Presidente en su discurso de apertura, sobre la buena intelijencia i amigable correspondencia en que se mantiene esta República con las naciones estranjeras. La administracion adhiere a un principio que ha proclamado muchas veces ántes de ahora i qué le parece de grande importancia para la conservacion de esta paz inestimable; es a saber: una perfecta neutralidad entre los partidos contendientes en paises ajitados por discordias civiles; neutralidad que no se opone a las providencias de seguridad para preservarnos de todo peligro esterno, para contribuir por nuestra parte a la independencia recíproca de los Estados del Sur i para impedir que se abuse de la hospitalidad de nuestio suelo en daño de los Gobiernos vecinos.

Análoga a ésta i de casi igual importancia es la regla que de tiempo atras tiene adoptada el Gobierno en su política comercial: observar una exacta imparcialidad entre los estados estranjeros, poniendo a sus ciudadanos o súbditos sobre un mismo pié relativamente al ejercicio de su industria i al goce de los derechos civiles i no concediendo a ninguna potencia favores comerciales que no se hagan estensivos a las otras; gratuitamente si la primera concesion hubiese sido gratuita i mediante igual compensacion en caso contrario.

Desearia, sin embargo, para que en este cuadro de paz jeneral no apareciese la mas lijera sombra que me fuese posible dar a las Cámaras una idea mas satisfactoria del estado de nuestras relaciones con la España i con la Federacion Arjentina.

El Ministro enviado a Madrid para celebrar un tratado de paz con la España sobre la base del reconocimiento esplícito i solemne de nuestra absoluta independencia. No tuvo desde luego en sus negociaciones el buen suceso que fué natural prometernos.

Firmóse un pacto entre los plenipotenciarios chileno i español; pero en términos que el Gobierno de Chile no creyó deber aceptar.

En consecuencia, se han renovado a nuestro Ministro las anteriores instrucciones, estendiéndolas a algunos puntos que en ellas no pudieron preverse i ciñéndolas en todo a las condiciones que prescribió el Congreso Nac ional, consultado sobre esta materia por la admistracion precedente.

Aun no es tiempo de saber el resultado de las nuevas negociaciones; cuando éste llegue, dará el Gobierno a las Cámaras una esplicacion completa de todas ellas que en el momento presente pudiera perjudicar a su objeto.

El decreto de 13 de abril de 1842 que suspendía nuestro comercio terrestre con las provincias arjentinas, fué noticiado oportunamente al Gobierno de Buenos Aires, a quien ya para entonces se habia dado conocimiento de nuestras desavenencias con la provincia de Mendoza, solicitando su intervencion para poner fin a las arbitrariedades i violencias que se cometían en ella contra las personas i propiedades chilenas.

Manifestáronsele las razones de justicia i de necesidad que apoyaban aquella medida i se le interpeló de nuevo a examinar los hechos i a promover las equitativas reparaciones a que tuviesen derecho los injuriados.

No habiendo recibido respuesta, hemos instado para que se tome en consideracion este grave asunto i esperamos recibirla en breve.

Nuestras reclamaciones al Gobierno del Perú para el ajuste i reconocimiento de su deuda a Chile, por el empréstito que se le hizo de una parte de los fondos procedentes del que a nombre de nuestra República se contrajo en Lóndres el año 1822, han sufrido los entorpecimientos i embarazos consiguientes a los disturbios i mutaciones de que ha sido teatro aquella república hermana. La cuenta de que se trata es sencilla i no juzgo que necesite de muchos esclarecimientos ni que ofrezca dificultad alguna. Por otra parte, creo justo decir que la presente administracion peruana se ha mostrado animada de sentimientos honrosos i equitativos en esta materia, como en todo lo que tiene relacion con nuestra República. La política desplegada por su Excelencia el Director Supremo parece de favorable agüero para la permanencia de una paz sincera i cordial entre ambos Estados.

En la memoria de 1841 tuve la honra de instruir a las Cámaras del mal éxito de las negociaciones entabladas por este Gobierno con el de Bolivia para el ajuste i reconocimiento de otra deuda, a saber la de las indemnizaciones a que Chile es acreedor a consecuencia de los actos de aquella república, que bajo la administracion de