300 | CÁMARA DE DIPUTADOS |
la Cámara ¿Por qué habria yo pretendido ultrajar, ni al Ministerio, ni al Cuerpo del cual me honro en pertenecer?
En todos los paises constitucionales hombres preeminentes dirijen el voto de las Cámaras; en Inglaterra Sir Roberto Peel i los Stanley dirijen un bando; otro es dirijido por lord Russel, el tercero O'Connel; en Francia Lamartine o Tiers o Guizot i el Ministerio, dirijen tambien los diferentes colores del ▼Cuerpo Lejislativo, ¿i se quejarian ahí ni el Ministerio, ni las Cámaras de que no se reprodujese una verdad reconocida?
Yo sin mérito ni derecho para pretender dominar una mayoría ¿qué estraño es que solicitase al ménos se oyesen mis palabras i raciocinios con imparcialidad? Sirva esto de suficiente satisfaccion para las susceptibilidades que haya podido despertar esa parte de mi discurso.
Me contraeré a la cuestion.
Poco diré sobre los fundamentos con que he apoyado ántes mi opinion. Responderé sólo a algunas objeciones que se me han hecho en la sesion pasada. El señor ministro me dijo que siempre insistia en encontrar la escasez de numerario menor en el decreto que el año 18 se dictó, fijando una relacion estable entre la moneda de oro i plata. ¿I cómo no he de insistir en una verdad de que cada momento estoi mas convencido? Pudo mui bien ser que el decreto entónces fuese justo, porque esa fuese la relacion en que se encontraban dichas monedas; pero desde que cesó esta relacion, principiaron los inconvenientes i esto lo prueba la escala progresiva de premio que han ido obteniendo los pesos fuertes, hasta llegar al 9 o 10 por ciento en que se encuentran, pues siendo éstos los únicos que podian ponerse fuera del alcance del decreto citado, nos muestran la perniciosa influencia que tuvo con respecto a los cambios.
No sucedió ni podia suceder así con la moneda menor, la que por un lado se encontraba prohibida su estraccion i por ti otro envuelta en una moneda despreciable que es circulante hoi; i mui felizmente se encontró ésta, pues a no existir, el cambio era tan ventajoso para los especuladores que habria desaparecido toda i no tendriamos hoi ni un real en circulación. A la dificultad de adquirir pastas al precio de 9 pesos 7 reales marco de lei de doce dineros, ha respuesto el señor ministro que ya tiene adquiridos, 2,000 marcos i que en pocos dias serán 10,000. Esta razon no me satisface pues nunca he negado que en el dia en que la escasez de moneda menor le da un valor intrínseco que no tiene, puede facilitar estas compras; pero tan luego como la escasez cese, no encontraremos quién dé por 4,740 lo que realmente vale 5,104. La plata se ha dicho, es hoijmas cara que ántes. ¿La plata mas cara que la plata?... Yo no concibo cómo pueda sostenerse este aserto.
Desde que se estrae de las minas ese precioso metal, una onza de plata de tal lei, vale lo mismo que otra onza de plata de la misma lei, en el mismo lugar i tiempo. El monopolio que existia en el réjimen español pudo infl iir, pero al mismo tiempo, todo introductor de pistas tenia el derecho de amonelar i aun de exijir la sesta parte en moneda menor, abonándole la Casa 8 pesos 2 maravedíes. Si su señoría entiende por lo que espresó, que el marco de plata se paga hoi en mayor valor nominal, esta anomalía no debe sorprender al francista; debe buscar su oríjen i lo encontrará en la depreciacion de la moneda que da en cambio. El comercio tiene, se ha dicho tambien 55 granos 52 centésimos de plata pura por cada real de moneda circulante, este lleva sólo 23 granos 27 centésimos de la misma lei. Parecerá estraño que 53 granos puedan comprar 55 i de aquí deduce el señor ministro que le será mas fácil comprar esto Con 54; mas como la primera operacion proviene de la escasez de circulante, tan pronto como ésta cese, se pondrán en su verdadera relacion las dos especies i cantidades idénticas, pues la nueva moneda sin crédito como tal para el estranjeio, no hai motivo para que la prefiera a la plata i ámbas tomarán su nivel. Se ha puesto también un ejemplo para probar los raciocinios en que se apoya el proyecto del ▼Gobierno. Si el fisco compra, se ha dicho, onzas de plata, valor 8 reales para reducirlas a cucharas de una onza cada una i luego las pone en el mercado a 7 reales, perderá a mas del costo de la materia primera, todos los de elaboracion; mas este ejemplo, en mi sentir, léjos de ser un argumento en favor del proyecto, lo es en contra i a la verdad el Gobierno compra pastas a 9 pesos 7 reales de una moneda que realmente no son mas que 8 onzas i cuarto de plata, le produce 9 pesos 3 reales reduciendo la lei de 12 a 10 dineros 20 granos.
Se pone esta moneda en circulacion i luego se autoriza a la onza de oro que sólo vale 16 onzas de plata que pueda comprar 17 y cuarto: ¿No está aquí el mal? es claro que desaparecerá toda la plata que se acuñe. Si se amoneda dinero sencillo nunca puede éste representar ménos que lo que vale la plata cuando se fabrica; siempre va a tomar este su reclamacion con los demas valores por el intrínseco que tiene i poco importa que al peso se llama real i al real peso, pues en los cambios sólo se atenderá, cualquiera que sea la denominacion a los granos de plata pura que cada moneda contiene. Si no se ocurre en el dia amonedar pesos duros, es porque el fisco exije a mas de los costos de amonedacion el 3 i medio por ciento que es la mitad del precio que llevan. ¿Cómo pierde el erario en sus entradas, se pregunta? ¿Pierde en cfecto el 11 i medio por ciento que tiene esta moneda nueva que se pretende acuñar? El mismo 11 i medio por ciento que tiene de mas el que aconseja el contra proyecto que es del mismo peso i lei que tienen los pesos fuertes.
Tambien se ha preguntado: ¿qué resultaría si se emitiese medio millón de pesos del actual cir