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SESION EN 26 DE JUNIO DE 1843

co i desde esa fecha será libre la industria i comercio de las especies que componían el monopolio.

Art. 2.° Todas las especies ántes estancadas solo pagarán de derecho un 25 % sobre el precio de avalúo por aduana.

Art. 3.° Se autoriza al Ejecutivo para aumentar los derechos de aduanas sobre los demas productos de la industria estranjera, hasta la cantidad de $ 220,000, tomando por base la entrada de aduana en el año de 1842 i haciendo el repartimiento sobre las demas mercaderías, en la proporcion mas conveniente.

Art. 4.° Se autoriza igualmente al Ejecutivo para enajenar para la época que designe el artículo 1.° todas las existencias que quedaren en la administracion del estanco, debiendo dar cuenta a las Cámaras i presentar un proyecto de inversion de su producido.

Art. 5.° El aumento de derechos de que habla el artículo 3.° se establecerá de modo que esté en todo su producto parala fecha en que deba quedar abolido el monopolio.

Santiago, Junio 26 de 1843. —Bernardo J. de Toro. —A la Comision de Hacienda i Justicia.


[1] Nos permitiremos hacer una o dos observaciones sobre la mocion del Diputado Toro, que insertamos anteayer, sobre la abolicion del estanco, aun cuando no sea mas que para remover este asunto, i contribuir aunque sea en una mínima parte a su esclarecimiento Vamos a hablar sobre los medios que se proponen para sustituir rentas a las que produce el estanco; i a fe que en este punto ni podemos aspirar, nosotros humildes periodistas, a hacer mas que los Diputados, ni debe exijírsenos que tengamos las aspiraciones de un Ministro de Hacienda.

Nuestro deber, como órganos de la opinion pública, es reprobar o aprobar; pues, en cuanto a crear recursos i enseñar al Gobierno los medios que debe emplear para un objeto dado, tarea es esta que ni nos corresponde, ni puede estar siempre a nuestro alcance. Algo mas: si el proyecto presentado por el señor Toro no es suficiente, o es mal calculado, no por esto se exime nuestro gabinete de la responsabilidad que gravita sobre él por mantener una institucion funesta al pair, según su propia confesion, i por ser impotente para hacerla desaparecer. La esterilidad es también un cargo en los Ministros; i mui especialmente en los Ministros de Hacienda.

El artículo 2.° del proyecto, dice: "se autoriza al Ejecutivo para aumentar los derechos de aduana sobre los demás productos de la industria estranjera, hasta la cantidad de 200 mil pesos... " Pero preguntamos nosotros, ¿está averiguada la proporcion en que crecen los rendimientos de las aduanas por el acrecentamiento de los derechos? ¿Hai algún Gobierno en el mundo que pueda decir: doblando tal derecho se me doblará la entrada? ¿Es posible calcular cuánto se debe alzar un derecho para obtener una cantidad fija de rentas? ¿Pueden, en fin, las Cámaras dejar en manos del Ejecutivo la formacion de semejante cálculo, sujeto a errores de tanta trascendencia?

Por otra parte, ¿es acaso una verdad reconocida por la ciencia o sancionada por la esperiencia, que subiendo los derechos, suben las entradas? ¿No es mas bien una verdad averiguada que subiendo los derechos de aduana, cuando ya están a una altura regular, se disminuyen las importaciones i esportaciones, i por consiguiente, las rentas?

Estas dudas son obvias para que se hayan escapado a la penetracion del Diputado autor del proyecto, i es probable que para él tenga la solucion de ellas; pero quisiéramos ver si esa solucion satisface en realidad las dificultades, i si no está basada sobre ilusiones.

Entretanto nos sorprende que para destruir el estanco se acuda al vulgar i exhausto medio de alzar los derechos de Aduana, cuando sabemos que los rendimientos de esta van cada dia en aumento, sin necesidad de tocar la tarifa. El primer semestre del año pasado que fué talvez el que sirvió de base a los cálculos del señor Ministro de Hacienda en su última Memoria, ascendió sólo a $ 825,584, miéntras que el siguiente subió a $ 1.017,362 donde ya están aproximadamente los $ 200,000 que se trata de proporcionar al tesoro sin necesidad de innovar cosa alguna. El semestre vencido de este año ha producido $ 856,310 que contiene un aumento de $ 30,000 sobre el primer semestre del año pasado, a pesar de que el último mes de Junio, a causa sin duda de la excesivas lluvias apénas ha alcanzado a aproducir $ 80,000, i es mui natural que el próximo semestre de este año sea mayor aun que el último del año pasado. Sabemos que algo hai de eventual en los pormenores de estos cálculos en globo, bien se puede prometer el tesoro que los 200,000 pesos que se requieren dar, le vendrán por el aumento natural de sus entradas, i que esa cantidad no es tan grande que merezca una alteración en la tarifa.

Aunque tan lijeramente examinamos hoi el proyecto del señor Toro, nos asisten sin embargo fundamentos mas estensos en cuyo establecimiento no hemos querido entrar por ahora por oir otras opiniones, pero sí podemos anunciar desde luego que el juicio que hemos formado de dicho proyecto es que no nos libertaremos del estanco por medio de ios recursos que en él se proponen; esperamos en su desaparicion, pero es porque confiamos decididamente en las inspiraciones de nuestro Ministro de Hacienda. Mas todavía, si algo hai que anule nuestras es

  1. Este documento ha sido tomado de El Mercurio de Valparaíso en 5 de Junio de 1843. (Nota del Recopilador).