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CÁMARA DE SENADORES

pública el 7 de Abril de 1826, segun consta de la matrícula de abogados que existe en la Secretaría de la Intendencia i en el Juzgado mismo.

  1. Que mi residencia en esta ciudad es de once años por haberme establecido en ella desde 7 de Enero de 1832, en que vine nombrado secretario de la Intendencia de esta provincia, cuyo destino serví por mas de siete años.
  2. Que soi casado desde i.° de Enero de 1837 con doña Encarnación Palma, natural de esta ciudad e hija de padres chilenos.
  3. Que poseo bienes raices, los cuales consisten en una casa en esta ciudad i terrenos en los distritos de Chiguayante, Neuquen, Peña Blanca i Hualqui adquiridos por compras i otros títulos legales.

Por tanto,

A US. suplico se sirva admitirme informacion de testigos que declaren lo que supieren sobre los hechos referidos i mandar se me entregue orijinal para los efectos que previene la lei, dándoseme, ademas, una copia legalizada: es justicia, etc.

Otrosí digo: que para los objetos de la informacion, se ha de servir mandar:

  1. Que los Ministros de la Tesorería principal informen sobre el contenido de este memorial.
  2. Que se libre el correspondiente oficio o carta de justicia al Reverendo Obispo para que se sirva mandar se me dé pür el párroco de semana, con autorizacion del notario de la curia, la certificacion de la partida de mi casamiento.
  3. Que el actuario certifique sobre el primer punto de este memorial con presencia de la matrícula de abogados i sobre el 4.° por la constancia que hai en el archivo público de las compras i demas adquisiciones que he hecho de terrenos.
  4. Que se oficie al señor Intendente para que se allane el fuero a los coroneles don Santiago Fernández i don Manuel González Palma que presento por testigos a fin de que puedan prestar su informe.
  5. Que hago uso de este papel en conformidad de lo dispuesto por la lei del caso: es justicia. —Domingo Ocampo

En lo principal recíbase la informacion ofrecida con citacion del Procurador de Ciudad: se comete; i fecho, devuélvase, dándose ademas la copia de todo lo obrado segun se solicita: al otrosí, como se pide, dirijiéndose al efecto los correspondientes oficios para los fines que en él se espresan.

Concepcion, Agosto 9 de 1843. —Carrera. —Ante mí, Verdugo.


En diez de dicho mes, notifiqué el decreto anterior a don Domingo Ocampo, de que doi fe. — Verdugo.


En once del citado mes, lo hice saber a don Domingo Binimelis que hace las veces de Procurador de Ciudad, de que doi fe. —Verdugo.


Doi fe haberse oficiado al señor Intendente i Reverendo Obispo de esta Diócesis, como se ordena. Lo pongo por dilijencia para que conste. —Verdugo.


Núm. 264

En la Ciudad de la Concepcion, a doce dias del mes de Agosto de mil ochocientos cuarenta i tres años. Yo el Escribano Público, en virtud de la comision conferida, el ciudadano don Domingo Ocampo presentó por testigo a don Toribio Reyes, de este vecindario, de quien le recibí su juramento en forma i conforme a derecho bajo del cual prometió la verdad en lo que supiere i se le preguntare; i habiéndolo sido al tenor de las preguntas del interrogatorio anterior, dijo:

A la 1.ª Que le consta todo el contenido de esta pregunta, por haber visto la matrícula de abogados recibidos en la capital de la República, i responde.

A la 2.ª Que es cierto i le consta cuanto espresa la pregunta, i responde.

A la 3.ª Que del mismo modo es cierto i le consta el contenido de esta pregunta, i responde.

A la 4.ª Que del propio modo le consta cuanto en esta pregunta se espresa. Que lo dicho es la verdad bajo el juramento fecho, leida su declaracion se afirmó i ratificó en su contenido, i dijo ser de cuarenta i nueve años, que no le tocan las jenerales de la lei, i la firmó de que doi fe. —Toribio Reyes. —Ante mí, José Domingo Verdugo, Escribano Público.


Num. 265

En la referida Ciudad, dicho dia, mes i año.

La parte interesada presentó por testigo a don Juan José Arteaga de este vecmdirio, de quien yo el Escribano Público le recibí su juramento en forma i conforme a derecho, bajo del cual prometió la verdad en cuanto supiere i se le preguntare, i siéndolo al tenor de las preguntas del interrogatorio presentado, dijo:

A la I.ª Que a varios letrados, i aun ha oído