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SESION DE 29 DE JULIO DE 1836

tiene un comercio regular i siempre en sus comunicaciones que ha tenido con el que declara ha dado prueba de su adhesión al sistema de Independencia como verdadero patriota; que es la verdad i lo que puede esponer bajo él juramento fecho; i firmó; de que doi fé. —Santiago del Pozo. —Ante mí, Robolleda.


Núm. 101

Mui Ilustre Municipalidad:

José Gombao, natural de España, ante V. S., con mi mayor respeto, hago presente que deseo pertenecer a la Nacion chilena, i en conformidad del artículo 6.°, parte 3.ª de la Constitucion jurada i promulgada en 25 de Mayo de 1833, declaro ante V. S. mi intencion de avecindarme en esta República de Chile, para lo cual tengo las cualidades que previene la espresada Constitucion, como lo acreditan los documentos de informacion que en debida forma presento.

En esta virtud,

A V. S. suplico se digne mandar refrendar dichos documentos, para con ellos ocurrir a la autoridad competente por la carta de ciudadanía; que es gracia que espero, etc.

A ruego del interesado. —José María García.


Santiago, Octubre 22 de 1835.

Habiendo acreditado el interesado su intencion i ánimo, ante la Ilustre Municipalidad, de avecindarse en Chile, ésta, en conformidad de la parte 3.ª, artículo 6.° de la Constitución i del artículo 2.°, libro 4.°, boletín número 5.°, refrenda los justificativos que se acompañan, i con ellos puede ocurrir a la autoridad competente por la carta de naturalización que solicita. —Prieto. Carrasco, rejidor secretario.