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CÁMARA DE SENADORES

titucion jurada i promulgada en 25 de Mayo de 1833, i habiendo hecho todo lo que manda dicha lei, ocurro a V. S. para que, en vista de los documentos que acompaño, se digne V. S. mandar refrendar los indicados documentos para con ellos ocurrir a la autoridad competente para la carta de ciudadanía; es gracia que espero, etc. —A ruego del interesado. —José Miguel Vial.


Santiago, Octubre 23 de 1835.

Habiendo acreditado el interesado su intención i ánimo, ante la Ilustre Municipalidad, de avecindarse en Chile, ésta, en conformidad de la parte 3.ª, artículo 6.° de la Constitución i del artículo 2.°, libro 4.°, boletín número 5.°, refrenda los justificativos que se acompañan, i con ellos puede ocurrir a la autoridad competente por la carta de naturalización que solicita. —Prieto. Carrasco, rejidor-secretarío.


Núm. 63

Señor Juez Letrado:

Don Juan Cironella, natural de España, ante V. S., con el mayor respeto, hago presente que deseo pertenecer a la Nacion chilena, en conformidad del artículo 6.°, parte 3.ª de la Constitucion jurada i promulgada en 25 de Mayo de 1833; declaro ante V. S. mi intencion de avecindarme en esta República de Chile, para lo cual tengo las cualidades que previene dicha Constitucion, como lo acreditan los documentos de informacion que en debida forma presento.

En esta virtud,

A V. S. suplico se digne mandar refrendar dichos documentos, para con ellos ocurrir a la autoridad competente para la carta de naturaleza; que es gracia que espero, etc. —Juan Cironella.


Santiago, Octubre 20 de 1835.

Recíbase con citación del procurador de ciudad; se comete i fecho, entréguese a la parte. —Montt. —Ante mí, Silva.


En el mismo dia notifiqué a don Juan Cironella; doi fé. —Silva.


En veinte de dicho notifiqué el anterior decreto al procurador jeneral de ciudad; doi fé. —Puente.


En el mismo dia veinte de Octubre, la parte, para la información ofrecida, presentó por testigo a don Manuel Talavera, a quien recibí juramento que hizo en forma legal bajo del cual prometió decir verdad en lo que se le pregunte, i siéndolo al tenor del escrito sobre lo que motiva esta declaración, dijo: que conoce a Juan Cironella como diez i seis años domiciliado en esta capital bajo la brillante conducta, que durante este tiempo ha observado; que está casado con una hija del pais; i que actualmente se halla jírando en el comercio i esta es la verdad en cargo de su juramento, en que se ratificó leida su declaración; dijo ser mayor de treinta años i la firmó; de que doi fé. —Manuel Talavera. —Ante mí, Silva.


Incontinenti para la informacion ofrecida, la parte presentó por testigo a don Antonio Peña, a quien recibí juramento que lo hizo conforme a derecho, i siéndolo al tenor del escrito sobre lo que motiva esta declaracion, prometió decir verdad de lo que se le pregunte i dijo: que conoce a Juan Cironella desde el año de veinte domiciliado en esta capital bajo la mas brillante conducta, que durante este tiempo ha observado i un amor fiel a esta Patria; que tambien le consta es casado con una hija del pais i que en la actualidad se halla jirando en el comercio, i que esta es la verdad en cargo de su juramento en que se ratifica leida su declaración; dijo ser mayor de veinticinco años i no le tocan las jenerales de la lei i la firmó; de que doi fé. —Antonio Peña.— Ante mí, Silva.


Núm. 64

Ilustre Municipalidad:

Don Juan Cironella, natural de España, ante V. S. respetuosamente digo: que deseo pertenecer a esta Nación i para hacerlo en conformidad del artículo 6.°, parte 3.ª de la Constitución jurada i promulgada en 25 de Mayo de 1833, me presento a V. S. para que, en vista de los documentos de información que acompaño, donde acredito tener las cualidades que previene dicha Constitucion i para llegar a esto,

A V. S. suplico se digne mandar refrendar dichos documentos, para con ellos ocurrir a la autoridad competente para la carta de naturaleza; es gracia que espero, etc. —Juan Cironella.


Santiago, Octubre 23 de 1835.

Habiendo acreditado el interesado su intencion i ánimo, ante la Ilustre Municipalidad, de avecindarse en Chile, ésta, en conformidad de la parte 3.ª, artículo 6.° de la Constitucion i del artículo 2.°, libro 4.°, boletín número 5.°, refrenda los justificativos que se acompañan, i con ellos puede ocurrir a la autoridad competente por la carta de naturalizacion que solicita. —Prieto. Carrasco, rejidor-secretario.