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SESION DE 24 DE JUNIO DE 1839
  1. tamine sobre el proyecto de lei de imprenta. (V. sesion del 3 de Julio venidero.)
  2. Que se impriman los proyectos de lei de alguna estension.
  3. Pasar a la Comision de Hacienda los estados de la caja del crédito público. (V. sesion del 8 de Julio venidero.)
  4. Que la Comision de Policía informe sobre la licencia que el señor Ossa pide.
  5. Que la de Hacienda informe sobre la solicitud de doña Cármen Carrera, viuda de Gormaz. (V. sesion del 8 de Julio venidero.)
  6. Que la de Policía informe sobre la de don Juan Carmona. (V. sesion del 26.)
  7. Comunicar a la otra Cámara que en el archivo del Senado no existen los antecedentes de la adicion hecha a la Lei Electoral. (V. sesion del yo de Junio de 1841.)
  8. Aprobar en jeneral los tratados entre Chile i la Gran Bretaña. (V. sesion del 26.)

ACTA

SESION DEL 18 DE JUNIO DE 1839.

Se abrió con los señores Vial del Rio, Barros, Bello, Ortúzar, Ovalle Landa, Portales, Renjifo, Solar, Tocornal e Irarrázaval.

Leida el acta de la sesion anterior, fué aprobada.

Se dió cuenta de una nota del Presidente de la República, en que acompaña un proyecto de lei sobre el uso de la libertad de imprenta, i se pasó a la Comision de Lejislacion.

En seguida, indicó el señor Presidente que era indispensable imprimir los proyectos de lei que, como el que acaba de leerse, contuviesen muchos artículos, i fué así aprobado.

Luego se leyó un oficio de la Cámara de Diputados en que avisa el nombramiento que ha hecho de Presidente, Vice i Secretario, i se mandó archivar.

Se leyó también otra nota de la misma Cámara en que pide los antecedentes sobre el artículo adicional a la Lei de Elecciones, i se puso en tabla para segunda hora.

Se dió cuenta de un oficio de la Caja del Crédito Público, en que acompaña un estado de sus operaciones corrientes desde el 1.º de Octubre de 1835 hasta el 1.º de Abril de 1839, i se pasó a la Comision de Hacienda.

Luego se leyó la petición del señor Senador Ossa por la que solicita dos meses de licencia, i pasó a la Comision de Policía Interior.

Se leyó también la solicitud de doña Cármen Carrera para que se le designe una pension o mesada de qué vivir, i pasó a la Comision de Hacienda.

Se leyó igualmente la peticion del oficial segundo. don Juan Carmona, en que pide se le permita desempeñar su destino por medio de un sustituto, i pasó a la Comision de Policía Interior.

En seguida, se leyeron dos informes de la Comision de Gobierno, sobre las cartas de ciudadanía que piden Juan Gordillo i Juan Bairy, i quedaron en tabla por su órden.

Acto continuo se leyó el tratado entre Chile i la Gran Bretaña para la abolicion del tráfico de esclavos i el informe de la Comision respectiva i quedó en tabla. Con lo cual se suspendió la sesion.

A segunda hora, se consideró la nota de la Cámara de Diputados, en que pide los antecedentes sobre el artículo adicional a la Lei de Elecciones, i advirtiéndose que en la Secretaría no se hallaban otros antecedentes que el único que se acompañó a dicha Cámara, en oficio del 11 de Junio de 1835, se acordó se contestase que si la Cámara de Diputados necesitaba otros antecedentes para deliberar en el caso, los pidiese al Supremo Gobierno que había iniciado el proyecto.

En seguida, se puso en discusion el tratado sobre el tráfico de esclavos, i fué aprobado en jeneral; i quedando en tabla este mismo tratado i demás asuntos por su órden, se levantó la sesion. —Juan de Dios Vial del Rio.


ANEXOS

Núm. 16

El Presidente de la República dirije a la Cámara de Senadores, para que tenga principio en ella, el adjunto proyecto de lei sobre el uso de la libertad de impienta, propuesto a la deliberacion del Consejo de Estado i aprobado también por este Cuerpo.

El Ministro del Despacho de Justicia, encargado por el Gobierno de la discusion de este proyecto, espondrá al Senado la necesidad de esta lei i los motivos de cada uno de sus artículos.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 18 de 1839. —Joaquín Prieto. Mariano Egaña Fabres. —A la Cámara de Senadores.

Núm. 17

TÍTULO PRIMERO
Del establecimiento de imprentas

Artículo primero. Toda persona que quiera