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324 CÁMARA DE SENADORES


ACTA

SESION DEL 27 DE JULIO

Asistieron los señores Tocornal, Barros, Bello, Cavareda, Correa de Saa, Formas, Irarrázaval, Meneses, Ortúzar, Ovalle Landa, Solar i Subercaseaux.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta: de un mensaje del Presidente de la República en que recuerda los servicios prestados por Candelaria Pérez en la campaña del Ejército Restaurador del Perú, i hace presente a las Cámaras Lejislativas que habiendo dispuesto el jeneral en jefe que fuese considerada en clase de sarjento primero de los cuerpos del Ejército para que así pudiese gozar del sueldo señalado a dicha clase, cree de su deber ocurrir a ellas para que decreten la continuación de dicha gracia, condecorándola al mismo tiempo con el grado de subteniente de Ejército. Se puso en tabla este asunto, no estimándose necesario pasarlo a Comision.

Se leyó un oficio del Ministro de Guerra i Marina en que acompaña la Memoria de lo obrado en los espresados Departamentos, desde la fecha de su memoria anterior e igualmente los documentos correspondientes al presupuesto que se halla al fin de dicha Memoria; i leida ésta, pasó a la Comision Militar con los antecedentes indicados.

En seguida se dió cuenta de un oficio de la Cámara de Diputados, comunicando el acuerdo celebrado por esa Cámara para que se declare la ciudad de San Fernando por capital de la provincia de Colchagua; i pasó a la Comision de Gobierno.

Leyóse un oficio de la Comision especial nombrada para la formacion de un Reglamento para el Senado presentándolo a la consideracion de éste, i leido dicho Reglamento, discutiéndose si deberia o nó pasar a Comision, se resolvió que nó, por once votos contra uno, i se puso en tabla.

Se tomó en consideracion el Mensaje indicado al principio de esta acta, sobre agraciar a Candelaria Pérez, i se acordó por unanimidad el artículo siguiente:

Artículo único. El Congreso Nacional concede a Candelaria Perez la pensión de $ 12 mensuales desde la fecha en que le fué asignada por el jeneral en jefe del Ejército Restaurador, condecorándola al mismo tiempo con el grado de subteniente del Ejército.

Se consideró, en fin, el Mensaje pasado por el Supremo Gobierno, proponiendo se conceda aumento de sueldo al oficial I.° del Ministerio de Relaciones Esteriores don Juan Ramón Casanova; i leido el informe de la Comision de Hacienda, se puso en discusion el proyecto de lei redactado al fin de dicho Mensaje, i resultaron aprobados por unanimidad sus dos artículos en esta forma:

ART. I.° El sueldo de $ 1,200 anuales que goza el oficial I.° del Ministerio de Relaciones Esteriores, don Juan Ramon Casanova, será aumentado hasta $ 1,500 pesos.

Art. 2.º Se declara que estos $ 300 de aumento no son asignados a dicha plaza, sino a la persona que hoi la desempeña, por los justos motivos que median para ello.

Sancionado este acuerdo, se levantó la sesion quedando para la próxima los asuntos puestos en tabla. —TOCORNAL.



ANEXOS

Núm. 249

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

Entre los muchos hechos gloriosos que embellecen las pájinas de nuestra historia en la campaña del Ejército Restaurador del Perú, deberán justamente enumerarse los que Candelaria Perez consagró a Chile, su patria nativa.

PLsta mujer singular, que desde tiempo atras habia fijado su residencia en la capital del Perú, apénas arribó nuestro Ejército a aquellas playas, cuando abandonando con noble i jeneroso desprendimiento su hogar, sus antiguas relaciones i cuanto poseia en aquél pueblo, se incorpora, voluntariamente a aquel para prestarle servicios de magnitud, aun con notorio peligro de su misma existencia.

Durante el sitio que despues de la batalla de Guias se puso a la fortaleza del Callao el entusiasmo de esta mujer, su arrojo i conocimientos locales fueron para el Ejército de la mayor utilidad, pues constantemente se le vió incorporada entre la tropa que debia desempeñar cada dia el peligroso servicio de descubiertas i reconocimientos bajo el tiro de la misma fortaleza.

Ella le acompañó en la campaña del Norte i la Sierra participando de todas sus penalidades i privaciones i con admiracion de todo él, quiso participar también de los peligros en las célebres jornadas de Buin i Yungai, conduciéndola su patriótico entusiamo al estremo de desplegar en la última batalla un valor i esfuerzo tan estraordinarios que llegó a rivalizar con los soldados mas aguerridos de la vanguardia.

Tan señalados servicios no podian quedar sin recompensa, i el jeneral en jefe dispuso el que fuese considerada en clase de sarjento primero de uno de los cuerpos del ejército, para que asi pudiese gozar del corto sueldo de $ 12 mensuales que tiene señalado dicha clase i con el cual podria atender a sus mas precisas necesidades; mas, no pudiendo el Gobierno prestar su aprobacion a aquella medida en la parte que le seña