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SESION EN 13 DE JULIO DE 1833

en cumplimiento de su deber le intimó la órden de arresto, así como debía haberlo hecho con el mismo Santo Padre si por acaso se hubiese hallado en aquel lugar. Pero, tan luego como supo que V. salía en la colada, creyendo, cual todos deben creerlo, que V. es hombre de paz i que su persona equivale por una garantía, mandó ponerle en libertad. ¿Da lugar a quejas este procedimiento, señor don Agustin? Otros muchos individuos, i entre ellos un coronel que andaba tomando el fresco como tiene de costumbre entraron en el círculo; mas, como fueron tratados con la debida consideracion i todos estaban persuadidos de que las circunstancias hacían necesaria esa medida, no han jamás pensado en reclamar los fueros de hidalguía que V. quiere hacer valer.

Tenga V. presente, señor don Agustin Larrain i Rojas, que V. se hallaba en un lugar denunciado, i que sobraba motivo para haberle hecho dormir esa noche bajo de sombra, cuando V. que no dejaría de sospechar el objeto de la reunion que se disolvió momentos antes de presentarse el comandante Soto, ni la había denunciado como amante del órden, ni había dejado ese sitio que comprometía su honor.

Sin embargo, el Gobierno hizo a V. el favor de creerlo inocente e incapáz de obrar contra la Patria; i V. debió darle rendidamente las gracias en vez de presentar un memorial tan altanero como el que aparece bajo su firma. Tome V. consejo de El Constitucional, señor don Agustin, i no de los que quieren sacar partido del descontento que en V. produjo el artículo 162.


Núm. 245

ESTRACTO

Del sumario que se levantó para descubrir los cómplices de la conjuracion intentada para el dia 12 de Julio último.

Habiéndose denunciado al Gobierno una conjuracion que debió estallar en la noche del 12 de Julio último, se ordenó aprehender a los individuos que se hallasen en los lugares denunciados, i en uno de éstos se hallaron tambien pistolas, puñales, dinero i otras especies que constan de la lista que pasó el comandante accidental de serenos. Puestos en seguridad los que pudieron ser habidos, se levantó el sumario, del cual consta: por las dos primeras declaraciones, que los que las suscriben fueron solicitados por el ex-comandante del batallón Chacabuco D. A. para que reuniesen todos aquellos soldados dados de baja que hubiesen servido a sus órdenes, con el fin de que le acompañasen en un viaje al campo cuyo servicio sería recompensado con 10 pesos a cada uno; que conducidos en la noche del 12 a una pieza de la casa de doña N. M., donde se hallaban otros cómplices, se les dijo habérseles llamado para cargar azúcar, que allí vieron entrar i salir a muchos hombres armados, hablar frecuentemente en secreto, guardar unos i sacar otros armas de un baúl; que se les obsequió con ron i cigarros; que habiéndoles prevenido últimamente que pronto sabrían el verdadero objeto con que se les había solicitado; sospechando los declarantes una revolucion, se separon de aquel sitio para dar parte al Gobierno, a quien se le presentaron las armas que les habían dado.

De las declaraciones 3.ª i 6.ª resulta que los que las suscriben fueron invitados por D. B. para tomar parte en una revolucion que tenía por principal objeto hacer la guerra contra el que tenía, dándole hasta que cayese para restaurar la libertad de Chile i vengar la sangre derramada en Lircai, i que el espresado D. B. les dijo que él se pondría al frente cuando fuesen a asaltar los cuarteles, i que la seña sería aquí se venga la sangre que corrió en Lircai; que todas las órdenes que aquél les dió no indicaban otra cosa que el deseo de asesinar a cuanta persona decente se presentase; que a cada uno les dió 5 pesos í a uno de ellos un puñal, lisonjeándolos además con promesas; que les previno hablasen a otros hombres de confianza con el mismo fin, adviniéndoles que la reunion de conjurados que tenía en la Cañada, obraba de acuerdo con la de la calle de Santo Domingo; i que allí vieron grupos de hombres que entraban i salían después de recibir cartuchos de plata i armas.

Por las declaraciones 4.ª , 5.ª , 9.ª i 12 consta que D. C. les había encargado buscasen hombres valientes i de secreto para que le acompañasen al campo; pero, sospechando ellos por este i otros indicios que se se trataba de una revolucion, le exijieron por la verdad i D. C. les contestó se les necesitaba para levantar un contrabando; que los declarantes solicitaron los individuos que se les pedía con anticipacion al dia 12 i D. C. los socorrió; i que solo el dia 12 vinieron a saber que el objeto con que habían sido llamados era para entrar en una conspiracion.

Por las declaraciones de tres testigos mas consta que fueron invitados a entrar en la reunion, que hubo el dia 12 en la calle de Santo Domingo i que todo anunciaba allí tratarse de una conspiracion.

La dueña de la pieza sita en la calle de Santo Domingo, donde se reunieron los individuos el dia 12, declara que el dia antes alquiló esa pieza a un individuo a quien no conocía i que, habiéndole pedido fianza, le pasó inmediatamente los 6 pesos del primer mes, diciéndole su nombre.

El que aparece como jefe de la reunion de la calle de Santo Domingo, a quien se refieren las