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SESION EN 9 DE MAYO DE 1833
GRAN CONVENCION
SESION 78, EN 9 DE MAYO DE 1833
PRESIDENCIA DE DON SANTIAGO DE ECHÉVERZ



SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Reforma de la Constitucion. —Citacion de los inasistentes. —Convocatoria de las Cámaras para el 25. —Voto particular del señor Bustillos. —Acta. —Anexo.


ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Continuar la reforma de la Constitucion.
  2. Citar a los miembros de la Convencion que se encuentran ausentes para que concurran a oir la lectura de la Constitucion. (Anexo núm. 86.)
  3. Convocar a las Cámaras Lejislativas para el 25 del actual a jurar la Constitucion.
  4. Dar certificado al señor Bustillos de haber votado en favor de una indicacion del señor Gandarillas sobre vinculaciones.

ACTA

SESION DEL 9 DE MAYO

Se abrió con asistencia de los señores Echéverz, Aldunate, Arce, Astorga, Arriarán, Barros, Bustillos, Carrasco, Egaña, Elizalde, Fierro, Gandarillas, Huici, Marin, Meneses, Portales, Puga, Rosas, Rosales, Tocornal don Gabriel i Vial del Rio.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se continuó la discusion sobre la proposicion del señor Gandarillas, i después de un prolijo debate, se puso en votacion i fué desechada.

A continuacion siguió por su órden la proposicion del señor Vice Presidente, i después de algun debate, fué aprobada en estos términos:

"Las vinculaciones de cualquiera clase que sean, no impiden la libre enajenacion de las propiedades sobre que descansan. Una lei particular arreglará el modo de hacer efectiva esta enajenacion".

En seguida, el señor Egaña hizo indicacion para que se agregase a la proposicion aprobada, una parte de la que había presentado a la Sala i así se acordó, quedando reducida la proposicion aprobada en estos términos:

"Las vinculaciones de cualquiera clase que sean, tanto las establecidas hasta aquí como las que en adelante se establecieren, no impiden la libre enajenacion de las propiedades sobre que descansan, asegurándose a los sucesores llamados por la respectiva institucion, el valor de las que se enajenaren. Una lei particular arreglará el modo de hacer efectiva esta disposicion".

Luego se hizo presente que se hallaba pendiente otraindicacion del señor Gandarillas,