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SESION DE 17 DE JULIO DE 1833

nente peligro a que queda espuesta la poblacion toda, fabricándose el depósito en el lugar anteriormente acordado i que, en la alternativa de evitar uno de los dos males, a saber: el de un incendio del pueblo o el de humedecerse la pólvora, era en su opinion preferible cuidar de evitar el primero, aun sin los datos probabilísimos de que la casa reconocida era buena con las precauciones antedichas. La Junta entónces entró en los comentarios i observaciones correspondientes, i después de una detenida discusión acordó se mandase formar un presupuesto de esta nueva obra para poder así resolver con mas acierto en otra sesion. Así lo acordaron, mandaron i firmaron los señores, de que doi fé.

Alemparte. —Ossorio. —Castellón. —Rio. —Ante mí.— Guíñez.


Núm. 81

En la ciudad de la Concepcion, a 10 dias del mes de Febrero de 1833 años; reunidos los señores que componen la Junta de Hacienda, se trajo a la vista el presupuesto formado por el maestro encargado de la construcción de la casa, i apareciendo de él que los gastos excesivos que contiene eran disconformes con el cálculo formado para la refacción, según aparece en el acta de la sesión precedente, cuando, por otra parte, no estaban alejadas enteramente las dudas sobre si en la casa que pensaba rehabilitarse podria conservarse en buen estado la pólvora depositada, se resolvió que, para la mayor seguridad de la decisión, se hiciese venir al capitan del puerto de Talcahuano don Pablo Délano i practicase un nuevo reconocimiento de dicha casa en consorcio del comandante de artillería del departamento; que, en el caso de que este facultativo no creyese conveniente la rehabilitacion por no creer salvados los riesgos de la humedad de la pólvora, recorriese otros lugares para ver si se hallaba un local seguro i cómodo en que se hiciese la obra con un gasto moderado, que el mismo señor intendente, si era de su agrado, concurriese a estos actos i en el caso de creerse necesaria la variación i se encontrase local, se consultase al maestro encargado de la construcción de la casa acordada por la Junta Superior de Hacienda, sobre la diferencia del costo que podia tener este edificio en el nuevo local con la del presupuesto aprobado, cuidándose de que para la sesión siguiente se presentase este dato a fin de determinar definitivamente por la urjencia que demanda lo avanzado de la estación.

Así lo acordaron, mandaron i firmaron los señores, ordenando se agregue al espediente el presupuesto presentado, de que doi fé. Alemparte. —Ossorio. —Castellón. —Rio. —Ante mí, Guíñez.


Núm. 82

En la ciudad de la Concepcion, a 18 dias del mes de Febrero de 1833 años; reunidos los señores de la Junta de Hacienda, espuso el señor intendente haberse practicado el reconocimiento de la antigua casa de pólvora por el capitan del puerto don Pablo Délano, en unión del comandante de artillería del departamento, i que opinaba porque allí no podia I asegurarse el buen estado de la conservacion de la pólvora a causa de la humedad que se concentraba en aquel local por la inmediación a las vertientes del cerro i las continuas nieblas del rio, aumentándose este riesgo por el empozamiento del lugar i la circunvalación que impedia su ventilacion; que, en consecuencia, se habia buscado otro sitio para colocar el almacén o depósito de pólvora i que el mismo señor Délano habia creido como mas adecuado i mejor el cerro nombrado de las tres Pascualas, sito al norte de la poblacion, a distancia de veinte cuadras poco mas o ménos de sus confines, en el cual habia la sequedad i ventilación necesaria al tiempo mismo que toda la seguridad al pueblo; que habia convenido en que la casa se formase dando a la pared esterior que debe circundarla una altura de dos varas, i sobre ella un enrejado de ladrillo de otra vara mas para consultar el mas fácil asoleo i ventilación de la casa, debiendo la tal muralla colocarse a seis varas de distancia del edificio; que en seguida habia llamado al maestro encargado de la obra para obtener la diferencia del costo entre ésta i el presupuesto acordado, ya por la compostura del camino, ya por los mayores gastos de conducción a causa de la mayor distancia, i ya también por compensativo de los cimientos trabajados en parte en el lugar en que ántes estaba acordada la construccion del edificio, i que el mismo maestro se obligaba a trabajar la casa en el nuevo local con las variaciones indicadas arriba por la cantidad aprobada del presupuesto i un aumento de doscientos cuarenta i dos pesos cincoimedio reales sobre aquel monto, alo cual se agrega la suma de veinte pesos por el retaso de cerro que se compra a la señora doña Antonia Roca, según convenio celebrado con ella como dueña de este terreno en que va a fabricarse la casa i el necesario para camino i subida; de suerte que el aumento total viene a ser de doscientos sesenta i dos pesos cinco i medio reales.

La Junta entónces hizo entrar al maestro encargado de la obra i visto su allanamiento en los términos arriba dichos, como también la responsabilidad que contrae de dar techado el almacén en seis semanas desde esta fecha, i empeñarse en que toda la obra se trabaje a la mayor brevedad posible, quedando concluida a lo sumo en todo Mayo inmediato, resolvió que, penetrada de la necesidad de alejar de la poblacion la casa de pólvora i viendo,"por otra parte, que se conseguía