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CÁMARA DE DIPUTADOS

los que cometieren en lo sucesivo iguales faltas. —Vial. —Vial, diputado-secretario.


ANEXOS

Núm. 52

El Presidente de la República, al someter a la deliberacion del Soberano Congreso el reclamo del Comandante Jeneral de Artillería, que acompaña, considera de su deber recomendar la concesion del aumento del peso mensual que se pretende, respecto a que, hallándose la guarnicion de Valparaiso en igual caso que la de Coquimbo, obran para concederlo los mismos motivos de equidad i justicia que tiene espuestos en nota de 22 del próximo pasado.

Dios guarde al Exemo. Señor Presidente. —Santiago, Julio 8 de 1833. —JOAQUÍN PRIETO. — Ramón Cavareda. —Al Exemo. Señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 53

La desgraciada situacion de las compañías de artillería del departamento de Valparaiso han fijado mi atención sobre aquel punto para remediar en lo posible los males que esperimentan, si éstos pueden tener algún remedio.

La frecuente desercion no cesa en aquella tropa a pesar de los desvelos i buena disposicion del jefe que la manda, esmerado únicamente en proporcionarles el mayor alivio a sus multiplicadas fatigas, corrijiéndoles sin rigor, procurando la mejor comodidad i aseo del cuartel, buen rancho, pronta justicia i asistencia en sus enfermedades i urjencias como de todo estoi bien orientado, pero seguramente malogrados todos sus esfuerzos, según me lo anuncia en sus repetidas comunicaciones.

Esta inevitable desercion no tiene en mi concepto otro origen que la carestía de aquel pais i poco sueldo del soldado, pues a la verdad cuando reciben su sueldo con el correspondiente descuento, apénas les queda un medio ni para comprar cigarros, i esto lo comprueba manifiestamente la rebaja de rancho, lavado i zapatos sumamente caros en aquella plaza, a lo que se agrega el real de barba i reposicion de algunas prendas del vestuario blanco, que ya por su calidad o por el continuado ejercicio necesitan reemplazarse ántes de cumplir el tiempo. Así es que aquella tropa en su modo de compararse se encuentra inferior en suerte a los gañanes i de ningún modo igual a la de los demás departamentos en donde reina la abundancia i baratura, i estas tristes reflexiones solo sirven para causarles desagrado el servicio sin que escarmiente el castigo cuando se hacen acreedores por la lei.

Yo creo de mi deber hacer presente a V. E. como remedio eficaz aumentar al sueldo actual de aquel departamento un peso mensual por plaza, no solo para dejarlo en parangón con las demás del Reino, sino también porque estoi persuadido que de ello resultará un ahorro al Erario, pues bien notorio es el costo de un soldado que deserta bien equipado i también el dinero que infructuosamente se gasta en su enganchamiento. Todo lo pongo en la consideración de V. E. para que, trasmitiéndolo al Supremo Gobierno, se digne S. E. dictar las providencias que estime por convenientes, advirtiendo al mismo tiempo que en el departamento de Coquimbo se esperimenta igual o mayor carestía que en el de Valparaiso i que debe considerarse aquél en el mismo caso que éste.

Dios guarde a V. E. —Comandancia Jeneral de Artillería. —Santiago, Julio 2 de 1833. —Domingo Frutos. —Señor Comandante Jeneral de Armas, coronel don Juan Luna.


Núm. 54

Exemo. Señor:

Los fundamentos en que se apoya la solicitud del Comandante Jeneral de Artillería los encuentro tan poderosos como justos. La suma carestía de las plazas de Valparaiso i Coquimbo reducen a los individuos que las guarnecen a la dura necesidad de carecer de lo necesario para cubrir sus indispensables necesidades. Las privaciones que sufren son sin duda alguna el oríjen de la frecuente deserción i demás males de que se queja el jefe espresado. Por un principio de equidad debiera suministrarse un peso o mas de sobresueldo a las plazas de prest destinadas a los enunciados puntos; porque ademas de serles gravoso el servicio que en ellas hacen, no pueden ni aun lograr las ventajas que gozan los demás soldados del Ejército, respecto a que la estacion de éstos es comunmente en lugares abundantes i baratos. Penetrado V. E. de la justicia de este reclamo, creo tendrá la dignacion de resolver como se solicita. —Excelentísimo Señor. —Santiago, Julio 3 de 1833. -Juan de Luna.


Núm. 55 [1]

A consulta del Tribunal del Consulado, de 22 de Enero del presente año, sobre el tiempo en que debe cesar la responsabilidad del comerciante en las cuentas que tenga pendientes con el Fisco, se ha promovido el adjunto espediente, en que el Gobierno, considerando la importancia del asunto i la gravedad í trascendencia de

  1. Este documento ha sido trascrito del volúmer. titulado Hacienda e Industria, años 1833 a 74, tomo XII, pajina I, del archivo de la Secretaría de la Cámara de Diputados. —(Nota del Recopilador.)