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SESION DE 20 DE OCTUBRE DE 1835

Miguel Martínez Manzebo desde el tiempo que se espresa en el escrito que antecede, domiciliado en esta capital bajo la mas excelente conducta; que durante este tiempo ha observado, en la parte que lo presenta, amor fiel a la Patria i a nuestra Independencia; que también le consta es casado con una hija del pais i tener hijos, i también bienes raices, jirando en el comercio con un corto capital. I que esta es la verdad en que se afirmó i ratificó leida su declaracion; que es de edad de cuarenta años i fumó; de que doi fé. —Juan Real. —Ante mí, Solis.


En diez i nueve de dicho, la parte, para la informacion ofrecida, presentó por testigo a don José Márquez, a quien recibí juramento, que hizo en forma de derecho i bajo de él ofreció decir verdad de lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del escrito presentado, dijo: que conoce a don Miguel Martínez Manzebo como doce años, domiciliado en esta capital bajo la mas excelente conducta; que durante este tiempo ha observado, en la parte que lo presenta, amor fiel a la Patria i a nuestra Independencia; que también le consta es casado con una hija del pais i tener hijos, i también bienes raices, jirando en el comercio con un corto principal. I que esta es la verdad bajo de su juramento, en que se afirmó i ratificó leida su declaracion; que es de edad de treinta i dos años i firmó; de que doi fé. —José Márquez. —Ante mí, Solis.


Núm. 1050

Ilustre Municipalidad:

Don Miguel Martínez Manzebo, ante US. con mi mayor respeto, hago presente que deseo pertenecer a la Nacion chilena, i en conformidad del artículo 6.º, partida 3.ª de la Constitucion jurada i promulgada en 25 de Mayo de 1833, declaro ante US. mi intencion de avecindarme en esta República de Chile; para lo cual tengo las calidades que previene la espresada Constitucion, como en debida forma presento.

En esta virtud,

A US. suplico se digne mandar refrendar dichos documentos, para con ellos ocurrir a la autoridad competente para la carta de naturalizacion; que es gracia que espero etc. —Miguel Martínez Manzebo.


Santiago, Octubre 20 de 1835.

Habiendo acreditado el interesado su intencion i ánimo, ante la Ilustre Municipalidad, de avecindarse en Chile, ésta, en conformidad de la parte 3.ª, artículo 6.º de la Constitucion i del artículo 2.º, libro 4.º, boletín número 5.º, refrenda los justificativos que se acompañan, i con ellos puede ocurrir a la autoridad competente por la carta de naturalizacion que solicita. —Prieto. —Carrasco, rejidor -secretario.


El el mismo dia notifiqué al procurador el decreto anterior; doi fé. —Solis.


Núm. 1051

Señor Juez Letrado:

Don Joaquín Pérez, natural de Corriente, en el reino de Aragón, ante US., como mejor proceda en derecho, digo: que'soi casado i residente en esta capital el largo tiempo de diez años, con el ejercicio de grabador i lapidario de cristales i, al mismo tiempo, ejerzo varios otros ramos, a los que a mas de instruir a los hijos del pais con mis conocimientos, estoi relacionado i quiero ser ciudadano chileno, i no pudiendo verificarlo sin que se me dé carta de ciudadano, según previene un capítulo de la Constitucion, vengo ante US., en la mejor via i forma que hubiere lugar a este fin, solicitando se sirva admitirme información de testigos con los que acreditaré que quiero pertenecer a la Nacion chilena; de este modo, mandándolo US., habrá llenado mi objeto i hecho justicia al mismo tiempo.

Por tanto,

A US. suplico se sirva así decretarlo; es justicia, ele. —Joaquín Pérez.


Santiago, Agosto 3 de 1835.

Recíbase la informacion que se ofrece; se comete i dada, entréguese a la parte para que use de su derecho. -Montt. —Ante mí, Muñoz.


En el mismo dia notifiqué a don Joaquín Pérez; doi fé. —Muñoz.


En tres del mismo lo puse en noticia del señor fiscal; doi té. —Aliaga.


En cuatro, en la del señor procurador de ciudad; de que doi fé. —Aliaga.


En la ciudad de Santiago de Chile, en cuatro dias del mes de Agosto del presente año, para la informacion mandada recibir, el recurrente presentó por testigo a don Santiago de Salas, vecino i de este comercio, a quien recibí juramento, que hizo por Dios Nuestro Señor i una señal de cruz, según forma, bajo del cual prometió la verdad en lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndole sobre el escrito antecedente, dijo: que, por ocho a nueve años, conoce de trato i comunicacion a don Joaquín Pérez, i siempre hasta la fecha le ha observado una conducta bastante