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CÁMARA DE SENADORES

dichos documentos, para con ellos ocurrir a la autoridad competente por su carta de naturalizacion; que es gracia que espera, etc. —Saturnino Brieba.


Santiago, Octubre 13 de 1835.

Habiendo acreditado el interesado su intencion i ánimo, ante la Ilustre Municipalidad, de avecindarse en Chile, ésta, en conformidad de la parte 3.ª, artículo 6.º de la Constitucion i del artículo 2.º, libro 4.º, boletín número 5.º, refrenda los justificativos que se acompañan, i con ellos puede ocurrir a la autoridad competente por la carta de naturalizacion que solicita. —Prieto. —Carrasco, rejidor- secretario.


Núm. 1003

Señor Juez Letrado:

Saturnino Brieba, natural de España, a US. respetuosamente, hace presente que desea pertenecer a la Nacion chilena; para lo cual lengo las calidades que previene la Constitucion jurada i promulgada el 25 de Mayo de 1833, por tener diez i siete años de residencia i tener un capital en jiro, como puedo acreditarlo con testigos ciudadanos chilenos.

Por tanto,

A US. suplico se digne mandar que, por un ministro de fé, se tomen las informaciones a los testigos que presente, i que fecho se le devuelvan para los fines correspondientes; que es justicia, etc. —Saturnino Brieba.


Santiago, Octubre 10 de 1835.

Recíbase la informacion que se ofrece; se comete i fecho entréguese. —Montt. —Ante mí, Muñoz.


En el mismo dia notifiqué a don Saturnino Brieba; doi fé. —Muñoz.


En diez de Octubre, la parte, para la informrcion ofrecida, presentó por testigo a don Manuel Antonio Figueroa, a quien recibí juramento, que lo hizo en forma legal, i por el cual prometió decir verdad en cuanto supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del escrito de la vuelta, dijo: conoce a don Saturnino Brieba por diez años domiciliado en esta capital i al lado de su benemérito padre don Ramón Brieba; que es un joven de las mejores cualidades que pueden apetecerse; pues, su política pública i privada lo han hecho tan digno que no se tiene por español sino como chileno amante de su Patria, i finalmente, cuenta con una fortuna regular; que es la verdad bajo el juramento hecho, en que se afirmó i ratificó leida que le fué; que no le tocan las jenerales; que es mayor de edad i firmó; doi fé. —Manuei Antonio Figueroa. — Ante mí, Muñoz.


En el mismo dia, la parte, para la informacion ofrecida, presentó por testigo a don Pastor Hurtado, a quien recibí juramento, que lo hizo en forma legal, i por el cual prometió decir verdad en lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del escrito presentado, dijo: conoce a don Saturnino Brieba por siete años a la fecha domiciliado en esta capital, al lado de su benemérito padre don Ramon Brieba; que es individuo de las mejores cualidades que pueden apetecerse; pues, su política pública i privada lo han hecho tan digno que no se tiene por español sino como chileno amante a su Patria, i finalmente, cuenta con una mediana fortuna por su industria en el comercio. I que es la verdad bajo el juramento hecho, en que se afirmó i ratificó leida que le fué; que no le tocan las jenerales i que es mayor de edad i firmó; doi fé. —Pastor Hurtado. —Ante mí, Muñoz.


Núm. 1004

Señor Ilustrísimo Cabildo:

Luis Silla, natural de España, a US. I. con el mayor respeto, hace presente que desea pertenecer a la Nacion chilena, i en conformidad del artículo 6.º, partida 3.ª de la Constitucion jurada i promulgada el 25 de Mayo de 1833, declara ante US. I . su intencion de avecindarse en esta República de Chile; para lo cual tiene a mas de las calidades que previene la dicha Constitucion, como lo acreditan los documentos que en debida forma acompaño.

En esta virtud,

A US. I. suplico se digne mandar refrendar dichos documentos, para con ellos ocurrir a la autoridad competente para su carta de naturalizacion; que es gracia que espera, etc. etc. —A ruego del interesado por no saber firmar. —José Antonio Arismendi.


Santiago, Octubre 13 de 1835.

Habiendo acreditado el interesado su intencion i ánimo, ante la Ilustre Municipalidad, de avecindarse en Chile, ésta, en conformidad de la parte 3.% artículo 6.º de la Constitucion i del artículo 2.º, libro 4.º, boletín número 5.º, refrenda los justificativos que se acompañan, i