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CÁMARA DE SENADORES

munico a V. E. en contestación a su honorable nota de 23 del mes anterior.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Joaquín Prieto. Joaquín Tocornal. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 417

La Cámara de Diputados se ha conformado con las adiciones, modificaciones i el artículo agregado que la de Senadores ha hecho en la lei del impuesto denominado Catastro, i que se le comunicó con fecha 15 del presente Octubre.

Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Octubre 18 de 1834. —Jose Vicente Izquierdo. José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente del Senado.


Núm. 418

La Cámara de Diputados ha aprobado, en los mismos términos que la de Senadores, el acuerdo para dar cincuenta pesos mensuales a doña Cármen Hidalgo viuda del señor Ministro don José María Villarreal, según se comunica en 18 del presente Octubre.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Jose Vicente Izquierdo. José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 419

La Cámara de Diputados ha acordado cerrar sus sesiones a las diez de la noche del dia de hoi. Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Jose Vicente Izquierdo. -José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 420

La Cámara de Diputados inmediatamente despues de haber considerado el proyecto del Senado, por el que se concede una pensión a la viuda del finado Ministro don José María Villarreal, ha creido que se hallaba comprometida a considerar igual solicitud hecha por la viuda de don Lorenzo Villalon, que estaba detenida en esta Cámara tres años ha, i cuyos méritos son, sino iguales, superiores a los del señor Villarreal, por senadores esta razón la Cámara ha acordado el siguiente proyecto de decreto:

"Se concede a doña Rafaela Aránguiz viuda del señor Ministro don Lorenzo José Villalon la pensión de cuarenta pesos mensuales durante el tiempo de su viudedad, que servirá también para la alimentación de sus menores hijos."

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Jose Vicente Izquierdo. José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 421

La Cámara de Diputados, al tomar en consideración el acuerdo de la de Senadores, a consecuencia del Mensaje del Presidente de la República, de 29 del pasado Setiembre, sobre la nueva forma de la moneda nacional, ha aprobado sin alteración alguna los artículos 1.º, 2.º, 3.º, 4.º, 6.º, 7.º 8.º, 9.º, 10.º, 11.º, 12.º, 13.º, 14.º, 15.º, 16.º, 17.º i 18.º i modificado el 5.º en los términos que siguen:

"Art. 5.º El tipo de la moneda de oro será por el anverso el escudo completo de las armas de la República, circulado de la inscripción siguiente: República de Chile, con el año de la amonedación, i en cifra el nombre del pueblo en que fuere hecha. Por el reverso tendrá un libro que represente el de la Constitución i una mano puesta sobre él, simbolizando el lema siguiente: Igualdad ante la lei, las iniciales de los ensayadores, la lei intrínseca del metal i la cifra de su división."

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde al señor Presidente. -Cámara de Diputados. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Jose Vicente Izquierdo. José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 422

La cuenta del estado de la Nación que deben dar al Congreso los Ministros del Despacho i el Presupuesto anual con la cuenta de inversión, que cada uno debe presentarle, con arreglo a lo prevenido en los artículos 88 i 89 dé la Constitución, se pondrán en lo sucesivo en las Secretarías de ámbas Cámaras del Congreso el 2 de Junio de cada año para que, conforme a lo dispuesto en la misma Constitución, se tomen en consideración luego que el Congreso abra sus sesiones.

Santiago, 19 de Octubre de 1834. Mariano de Egaña.