Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1834/Sesión de la Cámara de Senadores, en 20 de octubre de 1834

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1834)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 20 de octubre de 1834
CÁMARA DE SENADORES
SESION 45, EN 20 DE OCTUBRE DE 1834
PRESIDENCIA DE DON DIEGO ANTONIO ELIZONDO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Oficio de recibo. —Contribucion del Catastro. —Pensión de doña Cármen Hidalgo viuda de Villarreal. —Clausura del Congreso. —Pension de doña Rafaela Aránguiz viuda de Villalon. —Tipo de la moneda. —Nombramiento del secretario para una comision. —Acta. —Anexos.

A primera hora.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha mandado promulgar la lei de arreglo de las Secretarías del Congreso. (Anexo núm. 416. V. sesiones del 22 de Setiembre de 1834 i del 3 de Julio de 1839.)
  2. De otro oficio por el cual la Cámara de Diputados comunica haberse conformado con las modificaciones hechas por el Senado al proyecto de lei que crea la contribución del Catastro. (Anexo núm. 417. V. sesiones del 16 de Octubre de 1834 i del 2 de Octubre de 1835.)
  3. De otro oficio por el cual comunica la misma Cámara haber aprobado el proyecto de lei que concede una pensión a doña Cármen Hidalgo viuda de Villarreal. (Anexo núm. 418. V. sesión del 18.)
  4. De otro oficio por el cual la misma Cámara comunica haber acordado cerrar sus sesiones a las diez de la noche del dia de hoi. (Anexo núm. 419.)
  5. De otro oficio con que la misma Cámara acompaña un proyecto de lei que concede una pensión de 40 pesos mensuales a doña Rafaela Aránguiz viuda de Villalon. (Anexo núm. 420.)
  6. De otro oficio por el cual la misma Cámara comunica haber aprobado con algunas modificaciones el proyecto de lei que fija el tipo de la moneda. (Anexo núm. 421. V. sesión del 18.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Comunicar al Gobierno el proyecto de lei que asigna una pensión a doña Cármen Hidalgo viuda de Villarreal. (Anexo núm. 423)
  2. Que la Comision de Justicia dictamine sobre el proyecto de lei que otorga una pensión a doña Rafaela Aránguiz viuda de Villalon.
  3. Aprobar, en la forma que consta en el acta, el artículo 5.º del proyecto de lei que fija el tipo de la moneda. (Anexo núm. 424. V. sesión del 14 de Junio de 1843.)
  4. Comisionar al secretario para que vaya a informar a la otra Cámara sobre las razones que el Senado ha tenido para modificar el artículo 5.º del proyecto de lei que fija el tipo de la moneda.

A segunda hora.

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual la otra Cámara comunica haber aprobado la modificación hecha por el Senado al artículo 5.º ya citado. (Anexo núm. 423.)
  2. De un informe de la Comision de Justicia sobre el proyecto de lei que otorga una pensión a doña Rafaela Aránguiz viuda de Villalon. (Anexo núm. 426.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Aprobar el proyecto de lei que otorga una pensión a doña Rafaela Aránguiz viuda de Villalon,
  2. Declarar cerradas las sesiones ordinarias. (Anexo núm. 42.)

ACTA editar

SESIÓN DEL 20 DE OCTUBRE

Se abrió con los señores Elizondo, Barros, Benavente, Echéverz, Egaña, Eyzaguirre, Ortúzar, Ovalle, Portales, Renjifo, Rozas, Tocornal i Meneses.

Aprobada el acta de la anterior, se dió cuenta:

De una nota del Presidente de la República, avisando haber dispuesto se promulgue como lei del Estado el acuerdo del Congreso Nacional relativo al arreglo i dotacion de las Secretarías de ámbas Cámaras; se mandó archivar.

De otras cuatro de la Cámara de Diputados, en que avisa haberse conformado con las adiciones i modificaciones hechas por el Senado a la lei sobre la contribución del Catastro; con el acuerdo en favor de la viuda del Ministro de la Corte de Apelaciones don José María Villarreal; haber acordado cerrar sus sesiones a las diez de la noche del dia 20; i trascribiendo un proyecto de decreto por el cual se asignan cuarenta pesos mensuales a doña Rafaela Aránguiz viuda de don Lorenzo José Villalon; la primera se mandó archivar i la segunda comunicar al Presidente de la República; la tercera contestar i archivar i la cuarta a la Comision de Justicia.

Se dió también cuenta de otra nota de la espresada Cámara, en que avisa haber aprobado la lei sobre la nueva forma de la moneda nacional, modificando el artículo 5.º en los términos que lo trascribe.

Puesto inmediatamente en discusión fué aprobado en la forma que sigue:

"Art. 5.º El tipo de la moneda de oro, será por el anverso el escudo completo de armas de la República, circulado de la inscripción siguiente: "República de Chile" con el año de la amonedación, i en cifra el nombre del pueblo en que fuere hecha.

Por el reverso tendrá un libro que represente el de la Constitución i una mano puesta sobre él con este lema: "Igualdad ante la leí" las iniciales de los ensayadores, la lei intrínseca del metal i la cifra de su división."

En seguida, se nombró al Secretario para que fuese en comision a la otra Cámara, a esponer las razones que se habían tenido presentes para hacer la pequeña modificación que se advertía en este artículo i se suspendió la sesión.

A segunda hora, se leyó la contestación de la Cámara reducida a avisar que había sido aprobada por treinta i dos votos contra uno.

Se dió cuenta del dictámen de la Comision de Justicia, en la solicitud de doña Rafaela Aránguiz i conforme a él, se aprobó el acuerdo de la Cámara de Diputados sin alteración alguna, el cual es como sigue:

"Se concede a doña Rafaela Aránguiz, viuda del finado Ministro don Lorenzo José Villalon, la pensión de cuarenta pesos mensuales durante el tiempo de su viudez, que servirá también para la alimentación de sus menores hijos."

Se declaró cerrada la sesión ordinaria de este año a las nueve i media de la noche, levantándose la presente.


ANEXOS editar

Núm. 416 editar

Con fecha 4 del corriente, he dispuesto que se promulgue como lei del Estado el acuerdo del Congreso Nacional, relativo al arreglo i dotacion de las Secretarías de ámbas Cámaras; lo que co munico a V. E. en contestación a su honorable nota de 23 del mes anterior.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Joaquín Prieto. Joaquín Tocornal. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 417 editar

La Cámara de Diputados se ha conformado con las adiciones, modificaciones i el artículo agregado que la de Senadores ha hecho en la lei del impuesto denominado Catastro, i que se le comunicó con fecha 15 del presente Octubre.

Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Octubre 18 de 1834. —Jose Vicente Izquierdo. José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente del Senado.


Núm. 418 editar

La Cámara de Diputados ha aprobado, en los mismos términos que la de Senadores, el acuerdo para dar cincuenta pesos mensuales a doña Cármen Hidalgo viuda del señor Ministro don José María Villarreal, según se comunica en 18 del presente Octubre.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Jose Vicente Izquierdo. José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 419 editar

La Cámara de Diputados ha acordado cerrar sus sesiones a las diez de la noche del dia de hoi. Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Jose Vicente Izquierdo. -José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 420 editar

La Cámara de Diputados inmediatamente despues de haber considerado el proyecto del Senado, por el que se concede una pensión a la viuda del finado Ministro don José María Villarreal, ha creido que se hallaba comprometida a considerar igual solicitud hecha por la viuda de don Lorenzo Villalon, que estaba detenida en esta Cámara tres años ha, i cuyos méritos son, sino iguales, superiores a los del señor Villarreal, por senadores esta razón la Cámara ha acordado el siguiente proyecto de decreto:

"Se concede a doña Rafaela Aránguiz viuda del señor Ministro don Lorenzo José Villalon la pensión de cuarenta pesos mensuales durante el tiempo de su viudedad, que servirá también para la alimentación de sus menores hijos."

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Jose Vicente Izquierdo. José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 421 editar

La Cámara de Diputados, al tomar en consideración el acuerdo de la de Senadores, a consecuencia del Mensaje del Presidente de la República, de 29 del pasado Setiembre, sobre la nueva forma de la moneda nacional, ha aprobado sin alteración alguna los artículos 1.º, 2.º, 3.º, 4.º, 6.º, 7.º 8.º, 9.º, 10.º, 11.º, 12.º, 13.º, 14.º, 15.º, 16.º, 17.º i 18.º i modificado el 5.º en los términos que siguen:

"Art. 5.º El tipo de la moneda de oro será por el anverso el escudo completo de las armas de la República, circulado de la inscripción siguiente: República de Chile, con el año de la amonedación, i en cifra el nombre del pueblo en que fuere hecha. Por el reverso tendrá un libro que represente el de la Constitución i una mano puesta sobre él, simbolizando el lema siguiente: Igualdad ante la lei, las iniciales de los ensayadores, la lei intrínseca del metal i la cifra de su división."

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde al señor Presidente. -Cámara de Diputados. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Jose Vicente Izquierdo. José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 422 editar

La cuenta del estado de la Nación que deben dar al Congreso los Ministros del Despacho i el Presupuesto anual con la cuenta de inversión, que cada uno debe presentarle, con arreglo a lo prevenido en los artículos 88 i 89 dé la Constitución, se pondrán en lo sucesivo en las Secretarías de ámbas Cámaras del Congreso el 2 de Junio de cada año para que, conforme a lo dispuesto en la misma Constitución, se tomen en consideración luego que el Congreso abra sus sesiones.

Santiago, 19 de Octubre de 1834. Mariano de Egaña.


==== Núm. 423 ====

Tomada en consideración por el Congreso Nacional la solicitud de doña Cármen Hidalgo, viuda del finado Ministro de la Corte de Apelaciones don José María Villarreal, i los documentos con que V. E. la pasó i recomendó a la Cámara de Senadores, ha acordado lo que sigue:

"Se concede a la viuda del finado Ministro de la Corte de Apelaciones don José María Villarreal, la pensión de cincuenta pesos mensuales por el término de su viudedad i servirá también para la alimentación de sus menores hijos."

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Al Presidente de la República.


Núm. 424 editar

El Congreso Nacional ha aprobado en la forma que sigue la lei propuesta por V. E., en su Mensaje de 29 de Setiembre próximo pasado, sobre el tipo de la moneda nacional, con arreglo a la nueva forma que, por la lei de 26 de Junio último, se dió al escudo de armas de la República.

(Véanse las actas del 18 de Octubre por la mañana i la del 20 del mismo.)

Santiago, Setiembre 29 de 1834. —Al Presidente de la República.


Núm. 425 editar

La Cámara de Diputados ha tomado en consideración la nota por la que se le acaba de comunicar la reforma hecha al artículo 5.º de la lei de moneda, i la ha aprobado con 32 sufrajios contra uno.

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. —Santiago, Octubre 20 de 1834. —Jose Vicente Izquierdo. Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 426 editar

La Comision de Justicia es de sentir que el Senado apruebe sin modificación alguna el acuerdo que antecede en favor de la viuda de don Lorenzo Villalon.

Santiago, Octubre 20 de 1834. Gabriel José de Tocornal. José Santiago Montt.


Núm. 427 editar

El Senado ha declarado cerradas sus sesiones ordinarias de este año a las nueve i media de la noche de hoi.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1834. -Al Presidente de la República.