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CÁMARA DE SENADORES

premo proveído de 15 de Abril último, inserto en el espediente.

Dios guarde a V. S. muchos años. —Valparaíso, Junio 18 de 1834. Ramon Cavareda. —Señor Ministro de Estado en el Departamento de la Guerra.


Núm. 251

Excmo. Señor:

El oficial mayor de la Comisaría de Marina que suscribe, con la protesta de sus respetos, a V. E. dice: que, por haber llegado el caso a que se refiere el supremo proveído, fecha quince de Abril último puesto al reclamo entablado sobre el sueldo que goza, recurre nuevamente a V. E. con los documentos orijinales para que obtengan el jiro prevenido en la citada determinacion suprema, por lo que A V. E. suplica que, al elevarlos al conocimiento del Soberano Congreso, se digne dispensarles su superior recomendacion, a fin de que por ella, así como por la justicia deque se hallan revestidos, aquella respetable corporacion venga en concederle el objeto de su solicitud. —Excmo. Señor. —D. Espiñeira.


Núm. 252

Excelentísimo Señor:

Domingo Espiñeira, oficial mayor de la Comisaría de Marina, con la consideracion que debo i el permiso de mi jefe, a V. E. me presento i digo: que, desde 1829 que se redujo la Comisaría al número de dos empleados en que se ve hoi dia, sobrellevo una carga en el trabajo sino superior a mis fuerzas, por lo ménos que demanda una atencion mas que asidua.

Felizmente, al señor Comandante Jeneral de Marina le es notoria esta verdad por haber visto i estar viendo de cerca que las tareas de dicho departamento han minorado no en proporcion a los muchos individuos que estaban anteriormente destinados al desempeño de ellas, pues solo en los ramos de buques i temporalidades han cesado, del todo en éstas i en parte en aquéllos, pero en los demás anexos a úna Comisaría i Tesorería unidas mas bien que mengua aumentacion ha habido. Así es que la cuenta i razon de los ingresos i egresos de caudales; los ajustes particulares i jenerales que se practican cada año a mas de quinientos empleados; el llevar corrientes varios libros auxiliares de que hai que echar mano todos los dias; las comunicaciones oficiales e informes que son frecuentes; el promover espedientes ante las autoridades que deben conocer de los asuntos que siempre tiene el Gobierno; los contratos; la multitud de listas de revista que hai que hacer mensualmente, á oficiales de marina desembarcados, de Ejército agregados a plaza, cuerpo de inválidos i vijías, i en fin, diversos jéneros de encargos, comisiones i remesas que se le confían, las desempeña el Comisario i yo; sin embargo, no pretendo llamar la atencion de V. E. sobre esta circunstancia que por sí sóla influye tanto en mi favor; pues para alcanzar el fin que me he propuesto al elevar hasta sus superiores manos esta solicitud, debo hacer una lijera reseña sobre la gran desproporcion que existe entre el carácter de mi destino i los ochocientos pesos con que está dotado; dicha suma es también incompatible con los crecidos gastos que ocasiona una familia en un punto caro como Valparaíso i no es lo ménos, con la renta que tienen los empleados de mi clase en las otras oficinas de este puerto; el oficial mayor de la Aduana, por ejemplo, goza de mil trescientos veinte pesos i aun los oficiales primeros de la Alcaidía i el Estanco tienen mil, i puedo asegurar a V. E., sin temor de equivocarme, que una diferencia semejante no procede de, mayor número mas crecidas atenciones, ni de mayor trascendencia en la responsabilidad. El desnivel que he demostrado, comprendía hasta los jefes de la Comisaría que disfrutaban de mil quinientos pesos por el reglamento de Noviembre de 1824, pero se les asignó quinientos pesos masa cada uno por disposicion de Mayo de 1826, cuya innovacion no comprendió a los subalternos, no obstante que, en la fecha en que se hizo, ya se les había retirado la doble racion de armada que hacía un aumento de doscientos a doscientos cincuenta pesos al año. Este socorro que tendría presente la superioridad al declarar la planta de la Comisaría i asignar el sueldo a sus empleados se retiró al efectuarse el desarme de la Escuadra. Desde aquella época acá, la falta del citado auxilio há hecho crecer i aumentar las privaciones hasta un punto en que ya no es posible que deje correr mas tiempo sin recurrir a V. E. para pedirle, como lo hago, no una gracia especial para que talvez no he contraído los méritos necesarios todavía, sino la recompensa qué la equidad i la justicia señalan al que, teniendo un cargo, desempeña sobre él otro mas, i que V. E. con su justificada bondad no ha rehusado acordar a distintos empleados que se han hallado en mis circunstancias. En mérito de las razones espuestas no dudo que V. E., librándose al impulsó de sus jenerosos sentimientos, me declare un sobresueldo o sea gratificacion que me ponga en la línea de las comodidades que tienen los empleados de mi clase, i me saquen de algún modo de las escaseces de que hasta el presente no he conseguido estar a cubierto, con mas de nueve años de incesantes i positivos sérvicios que llevo prestados a mi Patria.

Por tanto, a V. E. pido justicia. Excelentísimo Señor. —D. Espiñeira.