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CÁMARA DE SENADORES
PROYECTO

"Artículo primero.. Encargúese a la Comision de Policía la redaccion de un nuevo reglamento de debates.

Preséntese este trabajo dentro de ocho dias siguientes al dé la resolucion. —Valparaíso, 21 de Setiembre. —Francisco Fernández


Núm. 98

Pide que por las razones i méritos que espresa, se le conceda la 4.ª hijuela de la Merced.

Soberano señor:

El ciudadano Buenaventura Montoya, con el debido respeto, represento que, habiendo mejorado después de once años de arriendo la 5.ª hijuela de la Merced con el objeto de rematarla, como el único fundo donde se habia criado toda mi familia, i donde tenia todas las pequeñeces que formaban nuestra subsistencia, fué concedida sin la calidad de ese remate a don Andrés Blest. cuya providencia ocasionó un lanzamiento repentino que me arruinó talvez para siempre. Es inútil, Soberano Señor, hacer presente que esta hacienda fué dividida i deslindada a costa de mi empeño i trabajo, teniendo que chocar con todos los circunvecinos, que intentaban una usurpacion, validos de las circunstancias, como lo podrá informar el Agrimensor. Nueve años he servido en el correo i en la posta, a mérito i sin mas recompensa que el que se tuviese presente cuando llegase un caso de esta naturaleza. El anterior Congreso me privó de obtenerla en el remate, porque siendo infinitamente pobre i con las calidades de la lei, no me la podia disputar un rico propietario. En el dia, ofrezco el valor de su tasación por la 4.ª hijuela, i espero de Vuestra Soberanía se digne mandar se me entregue por dicho valor, en atencion a mis notorios servicios, a lo que tengo gastado en ella, a los perjuicios que he recibido con el despojo que se me hizo i que ésta es la única compensacion que se me puede hacer para libertarme de la miseria a que se ha reducido toda mi familia. Por tanto, dígnese Vuestra Soberanía concederme esta gracia que solicito, que es de justicia. —B. Ventura Montoya.


Núm. 99

En sesion de este dia, la Cámara de Senadores ha tomado en consideración la propuesta del Jefe Supremo de la República para jeneral de división en la benemérita persona del jeneral de brigada don Francisco Antonio Pinto, i ha sido aprobada sobre tabla por aclamacion.

El Vice-Presidente de la Cámara de Senadores, al comunicarlo a S. E. el Jefe Supremo de la República, le saluda con los sentimientos de su mayor aprecio. Valparaíso, Setiembre 21 de 1829. —Al Jefe Supremo de la República.


Núm. 100

La Comision de Negocios Constitucionales, en el apunto de la precedente nota de S. E. el Jefe Supremo de la República, opina que debe dictarse lo siguíente:


  1. Contéstese a S. E . el Jefe Supremo de la República, que como Presidente del Senado, según la Constitución, debe ejercer la presidencia déla República en la ausencia del Presidente i Vice-Presidente constitucionalmente electos. Que, en consecuencia, debe continuar hasta que aquél se reciba en los términos prevenidos por la lei.
  2. Hagase saber a S. E. el Presidente de la República, jeneral de división don Francisco Antonio Pinto, que dentro del término de cuatro dias al de la notificacion se presente en esta ciudad a recibirse del cargo ante la autoridad i en los términos que previene la Constitucion.

Sala de la Comision, en Valparaíso i Setiembre 21 de 1829. —Rodríguez. —Novoa. —Formas. —Fernández.


Núm. 101

La Comision de Lejislacion opina que debe aprobarse la anterior mocion en los términos propuestos, i que, al comunicarse, se anuncie que el Congreso ha estrañado cómo se ha hecho un ataque a una lei vijente en identidad de caso, razones i conveniencia pública. —Sala de sesiones del Senado, Valparaíso, Setiembre 21 de 1829. —Dr. Orgera. —Castillo. —Carvallo.


Núm. 102

La Comision de Poderes halla conformes los presentados por el señor Marin, i que, como tal, deben aprobarse, ordenándosele se incorpore en el dia. —Carvallo. —Rodríguez. —Castillo. —Gormaz.

En sesion de 21 de Setiembre se aprobó el dictámen de la Comision que precede. —Amunátegui.


Núm. 103

La Cámara de Senadores ha tomado en consideracion la solicitud de don Guillermo Leese