Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVIII (1829-1830).djvu/406

Esta página ha sido validada
398
CONGRESO DE PLINIPOTENCIARIOS

verdad i justicia. —Valparaíso, Julio 19 de 1830. —Juan Antonio Mayo.

En dicho dia, i para los efectos indicados, presentó la parte por testigo a don Juan Abello, a quien doi fé, conozco por vecino i residente en esta ciudad, i en su virtud le recibí juramento que hizo por Dios Nuestro Señor i una señal de Cruz, so cargo del que prometió decir verdad de lo que supiere en lo que fuere interrogado, i siendo examinado conforme al escrito presentado, declara: Que hace como doce años, poco mas o menos, conoce a don Jerónimo Baster, don José Antonio de la Sierra i don Toribio de la Sierra, de vista,trato i comunicacion; que sabe ser, uno viudo i los demás solteros, habiendo residido en la República del Perú i Méjico por mucho tiempo; que hace poco tiempo han llegado a ésta de la última, acompañados de otros dos individuos; que de allí mismo han venido a causa de la espulsion jeneral que hubo en dicha República. Que a aquéllos i a éstos los ha conocido i oido hablar decididamente por la independencia americana de la Metrópoli. Que sabe i le consta han traido algunos intereses a ésta, dejando otros en Méjico. Que lo que ha dicho i declarado es la verdad, bajo el juramento que fecho tiene, en que se afirmó i ratificó, habiéndole ántes leido esta su declaracion; i dijo ser de cincuenta i tres años de edad, i firmó conmigo el presente escribano, de que doi fé. —Juan Abello. —Ante mí. —Pedro Antonio Menare, Escribano público i de Cabildo.

En el mismo dia i para iguales efectos, presentó la parte por testigo a don Lorenzo Coro, a quien doi fé, conozco, e igualmente por vecino i residente en esta ciudad, i en su virtud le recibí juramento que hizo en forma i conforme a derecho, bajo el cual prometió decir verdad de lo que supiere i se le interrogare, i siendo examinado conforme al escrito presentado, declara: Que harán como diez años, mas que ménos, que conoce a don José Antonio de la Sierra, don Jerónimo Baster i a don Toribio de la Sierra, de vista, trato i comunicacion; que sabe ser, uno viudo i los demás solteros, habiendo residido en la República del Perú i Méjico por mucho tiempo; han llegado a ésta de la última, acompañados de varios individuos que de allí mismo han venido a causa de la espulsion jeneral que hubo en dicha República. Que a aquéllos i a éstos los ha conocido i oido hablar decididamente por la independencia americana de la Metrópoli. Que tambien sabe i le consta han traido algunos intereses a ésta, dejando otros en Méjico. Que lo que tiene dicho es la verdad bajo el juramento que fecho tiene, en que se afirmó i ratificó despues de haberle leido su declaracion; i dijo ser de treinta i nueve años de edad, i firmó conmigo el presente escribano, de que doi fé. —Lorenzo Coro. —Ante mí. —Pedro Antonio Menare, Escribano público i de Cabildo.

En el momento lo devolví a los interesados. Doi fé. —Menare.


Núm. 563

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, oida la comision nombrada a efecto de dictaminar sobre la solicitud de don José Antonio Tagle, relativa a que se nombre Gobernador en la villa de Limache, ha acordado decir a S. E. el Vice-Presidente de la República, por conducto del que suscribe, que se pida informe al Intendente de Aconcagua sobre las razones que influyeron para no dar el debido cumplimiento al decreto de 16 de Febrero de 1828, en igual solicitud del mismo don José Antonio Tagle.

El Presidente del Congreso saluda con este motivo al señor Vice-Presidente de la República con su acostumbrado aprecio. —Santiago, 17 de Julio de 1830. —Errázuriz, Presidente. —Molina, Secretario. —Al Ejecutivo.