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CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS
CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS
SESION 4.ª, EN 17 DE FEBRERO DE 1830
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO ERRÁZURIZ


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Rechazo de la formacion de un Consejo de Estado. —Reforma de la lei de elecciones i Comision Permanente. —Nombramientos de Intendentes i Vice-Intendentes. —Eleccion de Presidente i Vice-Presidente de la República. —Acta. —Anexos.


ACUERDOS

Se acuerda:

  1. No aceptar la formacion de un Consejo de Estado en lugar de la Comision Permanente. ( V. sesiones del 7 de Enero i 16 de Febrero de 1824. 5. de Setiembre de 1826 i sesion de la Gran Convencion en 18 de Abril de 1833.)
  2. Proceder a la reforma de la lei de elecciones ( V. sesiones del 19 de Julio de 1830 i C. de SS. en 24. de Diciembre de 1828) i declarar que en seguida el Congreso ejercerá las funciones de Comision Permanente. ( V. sesiones del 6 de Febrero i 12 de Junio de 1827 i 31 de Enero i 2 de Diciembre de 1830.)
  3. Autorizar al Poder Ejecutivo para nombrar Intendentes i Vice-Intendentes por aquellas provincias que no los tengan.(Anexos núms. 263 i 264. V. sesiones del 16 de Febrero i 6 de Abril de 1830.)
  4. Elejir para Presidente i Vice-Presidente de la República, respectivamente, a don F. Ruiz Tagle i a don José Tomás Ovalle i avisarles su eleccion para que vengan mañana a prestar juramento. (Anexos núms. 265 i 266. V. sesiones del 16 i el 24 de Febrero i 31 de Marzo de 1830, 22 de Marzo de 1831 iC.N. en 2 de Junio de 1831.)

ACTA

SESION DEL 17 DE FEBRERO

Se abrió con los señores Cardoso, Errázuriz, Irarrázaval, Molina, Rodríguez (don José Anto- nio) i Rodríguez (don Tomás).

Leída el acta de la sesion anterior, fué aprobada.

Abrióse de nuevo la discusion sobre el artículo 3.º que en la sesion del 16 quedó la votacion en empate, cuyo tenor es el siguiente: "No existiendo Comision Permanente, se nombrará un Consejo de Estado compuesto de ocho individuos, que ejerza las atribuciones del artículo 92