Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVIII (1829-1830).djvu/223

Esta página ha sido validada
215
SESION EN 12 DE FEBRERO DE 1830
  1. tamine sobre si la prohibicion de gozar dieta debe tambien aplicarse a los representantes futuros, (V. sesion del 23 de Noviembre de 1830.)
  2. Que dicha Comision quede formada con los señores Rodríguez (J. A.), Irarrázabal i Cardoso. (V. sesion del 13 de Setiembre de 1830.)
  3. Ordenar a los plenipotenciarios suplentes que permanezcan en Santiago para evitar que el Congreso deje de funcionar por inasistencia de los propietarios. (Anexo núm. 251. V. sesiones del 13 de Febrero i 15 de Marzo de 1830.)
  4. Adoptar para las deliberaciones el Reglamento del Congreso de 1826. ( V. C. de DD. en 28 de Mayo de 1831 i C. de SS. en 27 de Mayo de 1831 i en 21 de Setiembre de 1829.)
  5. Contestar oportunamente el mensaje de la Junta Gubernativa, tomando en cuenta los puntos que en él se tratan. (Anexo núm. 232. V. las sesiones del 11 de Julio de 1826 i 16 de Febrero de 1830 i C. de SS. en 1.º de Junio de 1831 i en 23 de Setiembre de 1829.)
  6. Que las notas que no contengan mas que simples trascripciones de los acuerdos del Congreso se despachen llanamente, i las demás previa su lectura en sesion.
  7. Celebrar las sesiones desde las oraciones adelante.
  8. Volver a reunirse el lunes próximo para tratar de las infracciones de la Constitucion reclamadas por los pueblos. ( V sesion del 15.)

ACTA

SESION DE INSTALACION DEL CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS, EN SANTIAGO, FEBRERO 12 DE 1830.

Asistieron a este acto los señores siguientes:

Por la Provincia de Aconcagua el señor don Tomás Rodríguez, por la de Colchagua el señor don Manuel Cardoso, por la de Concepcion el señor don José Antonio Rodríguez, por la de Coquimbo el señor don José Miguel Irarrázabal, por la del Maule el señor don Ignacio Molina, i por la de Santiago el señor don Fernando Errázuriz.

Leyóse el acta de la última sesion preparatoria i fué aprobada.

En seguida se procedió a la eleccion de Presidente, Vice i Secretario, con arreglo al ceremonial, de la que resultaron nombrados para el primer cargo el señor don Fernando Errázuriz, para el segundo el señor don José Antonio Rodríguez, i el señor don Ignacio Molina para el tercero.

Inmediatamente el señor Presidente del Congreso recibió a todos los señores Plenipotenciarios el juramento, prestándolo en seguida segun lo acordado en el ceremonial; con lo que se declararon instalados en Congreso.

Leyóse una proposicion del señor Rodríguez (don José Antonio) cuyo contenido era no gozar dietas ninguno de los señores plenipotenciarios: dar solo el viático a los que viniesen de fuera de esta provincia, a razon de doce reales por legua, i quitar que a los Diputados i Senadores que compongan en lo sucesivo los Congresos constitucionales, se les abonen dietas; i después de declarada la proposicion suficientemente discutida, fueron aprobadas sus dos primeras partes por unanimidad, remitiéndose la tercera a la Comision de Constitucion; i son del tenor siguiente:

  1. El actual Congreso de plenipotenciarios no gozará asignacion alguna por razon de dietas;
  2. A los plenipotenciarios que hayan venido o viniesen de fuera de esta provincia, se les abonarán únicamente los gastos de viaje en venida i vuelta, a razon de doce reales por legua."

A continuacion, se nombró la Comision de Constitucion por el señor Presidente, que la compusieron los señores Rodríguez (don José Antonio), Irarrázabal i Cardoso.

Asimismo se acordó se oficiase a la Junta, a fin de que por su conducto intimase, de órden del Congreso, a los suplentes de los señores plenipotenciarios que se hallen en la Capital, no pudiesen moverse fuera de ella, para evitar la paralizacion de sus tareas, caso de la inasistencia por motivos justos de los propietarios. Tomóse en consideracion la necesidad de darse un reglamento de debates, sin el cual nada podria hacer el Congreso sin dificultades, resultando deber adoptarse el que sirvió al Congreso del año 26, en cuanto estuviese conforme con sus circunstancias, provisoriamente.

Acabado de hacerse este acuerdo, se avisó haber llegado el Secretario de la Junta, mandado por ella con un Mensaje, i habiéndosele hecho entrar, procedió a su lectura; la que, concluida, se retiró i acordó se le acusase recibo, asegurándole que el Congreso tendria presentes los puntos que contenia para considerarlos oportunamente. Incontinenti se tomó en consideracion si de