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48 COMISION PERMANENTE

do, acompañando una solicitud de don Pedro Félix Vicuña, en que pide se le permita introducir por el puerto menor del Papudo minerales de cobre procedentes de Cobija, en la República del Perú, donde tiene un establecimiento, i estraer por el mismo puerto los metales que resulten del beneficio, a cuyo efecto, i por no haberse nombrado hasta ahora empleados, propone dar para el pago del resguardo cien pesos mensuales, que enterará en arcas; advirtiendo el Gobierno que en el caso de acceder a ella, sea con la prohibición absoluta de internar manufacturas estranjeras, para evitar el riesgo de que se entable un contrabando pernicioso en puntos donde no puede haber por ahora la vijilancia que se requiere, i se mandó a comision.

Últimamente, la comision encargada de informar en la solicitud de don Gaspar Marin opinó que al nombramiento de los cuatro suplentes de la Corte Suprema, hecho por la Sala en acuerdo de 29 de Noviembre de 1830, debe agregarse un quinto, que supla en el caso cuestionado i en los demás que ocurran de igual naturaleza; i se acordó completar el número délos Ministros suplentes, i procedieron a la elección, de que resultaron cinco sufrajios por el doctor don Juan Francisco Meneses, i uno por don Ramón Aróstegui. En cuyo estado se levantó la sesión. —F. A. Elizalde. —Manuel Camilo Vial, Secretario interino.



ANEXOS

Núm. 88

Con esta fecha se ha mandado cumplir i rejistrar en las oficinas que corresponde, la resolución del Congreso Nacional de Plenipotenciarios de 21 del presente por la que se concede a don Javier Olivera exención de derechos por nueve cargas de pasas internadas por cordillera.

El Vice-Presidente de la República, al anunciarlo al Congreso Nacional de Plenipotenciarios, tiene la honra de ofrecerle sus mas distinguidos respetos. —Santiago, 25 de Abril de 1831. —Fernando Errázuriz. —Manuel Renjifo. —Al Congreso Nacional de Plenipotenciarios en Comision Permanente.



Núm. 89

Don Pedro Félix Vicuña, de este comercio, pretende se le permita introducir por el puerto menor del Papudo, mineral de cobre procedente de Cobija, en la República del Perú, donde tiene un establecimiento, i estraer por el mismo puerto los metales que resultaren del beneficio.

El Papudo está habilitado como puerto menor por una lei, pero hasta ahora solo nominalmente, porque ni se han nombrado empleados, ni su situación aun para el comercio de cabotaje, se conceptúa aparente por hallarse despoblado. La introducción de efectos estranjeros por dicho puerto es ilegal, i por eso el fiscal se opuso a ella.

Después, con vista de la nueva propuesta que hace don Pedro Félix, de enterar mensualmente en arcas cien pesos para pago del resguardo que debe establecerse, dice que es necesario preceda la aprobación de la Lejislatura.

El Vice-Presidente de la República, con estos antecedentes, i deseoso de promover todos los medios que faciliten la prosperidad pública, somete a la deliberación del Congreso Nacional de Plenipotenciarios la solicitud de don Pedro Félix, incluyendo el espediente de su referencia i esponiendo que, en caso de acceder a ella, sea con la prohibición absoluta de internar manufacturas estranjeras, para evitar el riesgo de que se entable un contrabando pernicioso en puntos donde no puede haber por ahora la activa vijilancia que se requiere para precaverlo.

El Vice-Presidente de la República aprovecha esta ocasion para ofrecer al Congreso Nacional de Plenipotenciarios las consideraciones de su respeto i aprecio. —Santiago, 20 de Abril de 1831. —Fernando Errázuriz. —Manuel Renjifo. —Al Congreso Nacional de Plenipotenciarios constituido en Comision Permanente.



Núm. 90

Excmo. Señor Presidente:

Don Pedro Félix Vicuña i Compañía, ante V. E. respetuosamente dice: que, habiendo en el año próximo pasado hecho una asociación mercantil con el objeto de estraer las producciones de esta república a la de Bolivia, se ve detenido, en medio mismo de sus especulaciones, por los cuantiosos fletes que le es preciso pagar a las embarcaciones que se dirijen al norte, calculando los fletadores la absoluta falta de retornos i los indispensables gastos de regreso, quizá triples por la subida i contrariedad de vientos reinantes. Este inconveniente podria salvarlo con la posesion de un buque propio, que, al paso que aumentase nuestra naciente marina, diese al comercio un nuevo impulso; pero toco con la dificultad de no tener retornos que puedan costear los gastos de vuelta, a menos que el Gobierno tomando en consideración los verdaderos intereses del país, no preste aquella protección que comunmente se ve detenida por una multitud de leyes i decretos opuestos los unos a los otros i todos sin beneficio alguno de la República, o bien por su mala aplicación o por no entenderse su verdadero espíritu.

Mi solicitud se reduce a que se me permita la libre elaboración i estraccion de los metales de cobres que pueda traer desde Cobija, centro de