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436 CÁMARA DE SENADORES
  1. sidere en servicio activo a los oficiales que son miembros del Congreso, para los efectos del goce de sueldos. (V. sesion del 10 de Octubre de 1832.)
  1. Que la Comision de Justicia dictamine sobre la querella entablada por don J. M. de Astorga contra la Corte Suprema. (V. sesion del 29 de Agosto de 1833.)
  2. Disponer la inmediata suspensión del sobresueldo que indebidamente se paga a la guarnicion de Coquimbo, i que se haga efectiva la responsabilidad de los funcionarios culpables. (V. sesiones del 7 de Setiembre i 12 de Octubre de 1832.)
  3. Aprobar el proyecto de lei que manda pagar una pensión a los militares a que se da de baja después de 40 años de servicios. (V. sesiones del 7 de Setiembre de 1832 i 6 de Julio de 1833.)
  4. Habilitar a la familia del ex-jeneral don Francisco Calderon para que después de los dias de éste entre en el goce del montepío correspondiente. (V. sesion del 7 de Setiembre de 1832.)



ACTA

SESION DEL 10 DE SETIEMBRE

Se abrió con los señores Vial, Alcalde, Barros, Errázuriz, Egaña, Elizondo, Elizalde, Gandarillas, Huici, Ovalle, Rodríguez i Meneses.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta de una comunicacion del Presidente de la República, en que avisa haber mandado publicar la resolucion del Congreso en órden a los artículos de la Constitucion relativos a mayorazgos, i se mandó archivar.

De dos comunicaciones de la Cámara de Diputados: una en que avisa la reeleccion que ha hecho del Presidente i Vice de su Sala; i otra en que trascribe un proyecto de decreto relativo a que los oficiales del Ejército que ejerzan las funciones de Senadores o Diputados, deben considerarse como en servicio activo i gozar del sueldo íntegro. Se mandó pasar a la Comision de Guerra.

De un dictámen de la Comision de Guerra sobre la consulta del Presidente de la República en órden al abono de gastos que solicita don José Alejo Calvo. Se mandó poner en la órden del dia.

De una peticion de don José Manuel Astorga, quejándose de los procedimientos de la Corte Suprema de Justicia en una causa de su particular interés. Se mandó pasar a la Comision de Justicia.

Del dictámen de la Comision de Hacienda en el proyecto de lei pasado por la Cámara de Diputados, sobre libertad de derechos en el comercio interior i de cabotaje. Se mandó también poner en la órden del dia.

No habiendo mas de qué dar cuenta, tuvo tercera discusion el dictámen de la Comision de Guerra, a la consulta del Gobierno sobre el aumento de un peso que se ha estado pagando en Coquimbo a los soldados de aquella guarnicion; i habiéndose declarado la materia suficientemente discutida, se acordó el siguiente proyecto de decreto:

"Teniendo el Congreso en consideracion lo prevenido en la parte segunda del artículo 84 i parte sétima del artículo 83 de la Constitucion, decreta:

Que se devuelva este espediente al Presidente de la República para que disponga cese inmediatamente el aumento de sueldo que, en contravencion de las leyes, ha estado cubriendo la Tesorería de Coquimbo a la guarnicion de aquella provincia, i dé las órdenes necesarias para que se haga efectiva la responsabilidad de los funcionarios que hayan tenido parte en este atentado."

Luego se puso en tercera discusion el dictámen de la Comision de Guerra sobre el proyecto de decreto que acordó la Cámara de Diputados con motivo de la solicitud del ex-jeneral don Francisco Calderón; i fué aprobado en los mismos términos que se comunicó a esta Cámara, cuyo tenor es como sigue:

"Artículo primero. A todos los individuos que hayan sido dados de baja en el Ejército después de haber prestado cuarenta años de servicios se conceden en clase de pensión para las tres octavas partes del sueldo que disfrutaban por su último grado.

Art. 2.º Comuniquese al Poder Ejecutivo para su cumplimiento". Hecho este acuerdo, el Senado, contrayéndose particularmente a la solicitud de don Francisco Calderon, i teniendo particular consideracion a su familia, acordó el siguiente proyecto de decreto:

"Debiendo gozar el ex-jeneral don Francisco Calderon de las tres octavas partes del sueldo que disfrutaba con arreglo a la lei, el Congreso por especial gracia, habilita a su familia para que después de su vida entre en el goce del montepío que le correspondía con arreglo a Ordenanza". Con lo que se levantó la sesion. —Vial, Presidente. —Meneses, Secretario.