Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XIX (1830-1832).djvu/124

Esta página ha sido validada
118 CÁMARA DE SENADORES

brado Senador el fiscal de la Iltma. Corte de Apelaciones, don Fernando Antonio Elizalde para subrogar al Intendente de aquella provincia, don Pedro Urriola, cuya renuncia tuvo a bien admitir el Senado en sesión de 8 del anterior.

Acompaño igualmente a V. E. el reclamo del Diputado de la misma Asamblea, don José Ramón Herrera, contra la espresada elección, para que, instruyendo a la Sala del contenido de ambos documentos, resuelva lo conveniente. —Dios guarde a V. E. —Santiago, 4 de Julio de 1831. —Fernando Errázuriz. —Por ausencia del Ministro, Manuel Carvallo. —Al señor Presidente del Senado.



Núm. 171

Sala de sesiones de la Asamblea de Colchagua. —San Fernando, Junio diez i siete de mil ochocientos treinta i uno. —Se abrió la sesión con asistencia de los señores don Ramón Valenzuela, Presidente, don Simón Maturana, Vice, don Ramón Sepúlveda, don José Marful, don José Ramón Arias, don Bartolomé Sepúlveda, don Ramón Herrera i don Mariano Guerrero. Se dió principio por la lectura de varias notas dirijidas al Cuerpo, i entre ellas, una del Supremo Gobierno, en la que trascribe la resolución de la Cámara de Senadores relativa a que la Asamblea proceda al nombramiento de senador, por haberse admitido la renuncia del Intendente, don Pedro Urriola, anteriormente nombrado. El Presidente espuso a la Sala que, constando por las tres renuncias de los diputados don Francisco Donoso, don José Maturana i don José Miguel Rios, no podia conseguirse ya su asistencia, como lo habia acordado el Cuerpo a fin de llenar su totalidad. Que habiendo el número legal de diputados para todo procedimiento con la mayoría de los que corresponden por los departamentos de Curicó i San Fernando, respecto de no haberse conseguido la leincorporacion del departamento de Talca, se procediese a la elección del Senador mandada hacer por la Soberanía. El diputado Herrera espuso no debia procederse por ser opuesto a lo prevenido en la Constitución que exijia dos terceras partes para proceder a la elección. El diputado don Ramón Sepúlveda repuso que la Constitución exijia dos terceras partes de sus miembros para instalarse en la capital de la provincia i nó para la referida elección. Que siendo catorce el número total de diputados entre los de Curicó i San Fernando, resultaban ser ocho i medio las dos terceras partes i que la Sala se hallaba en su número legal para poder proceder; al mismo tiempo que, como habia espuesto el Presidente, i la Sala acababa de oír la renuncia de tres miembros, no podría conseguirse la asistencia de éstos; que últimamente la elección exijia prontitud, como lo esponia el Gobierno Supremo. Discutida la materia suficientemente, se mandó fijar la siguiente proposicion: "¿Se procede o nó a la votacion para ser elejido senador?" i resultó la afirmativa de siete diputados contra uno, que lo fué don José Ramón Herrera, esponiendo que salvaba su voto, i protestaba de nulidad de la elección. El Presidente mandó proceder, i por el órden de asientos emitieron sus votos en la urna preparada al efecto. Dicho diputado Herrera se resistida verificarlo, a pesar deque el Presidente se lo ordenó repetidas veces. En vista de la negativa, la Sala resolvió se procediese al escrutinio. Su resultado fué salir electo por unanimidad de los siete diputados que sufragaron, don Fernando Antonio Elizalde, por senador de esta provincia; subrogando al Intendente don Pedro Urriola, que se le habia admitido su renuncia. El Presidente mandó suspender la sesión ínterin se procedía a estenderse la presente acta que debia firmarse por todos los diputados concurrentes, i que, según el acuerdo de la Sala, se sacasen dos testimonios de ella i con el oficio respectivo se pasase una al Supremo Gobierno en contestación i cumplimiento a la sanción de la Cámara de Senadores sobre el particular, i la otra al interesado para credencial de su nombramiento. Así lo acordaron i firmaron. —Ramón Valenzuela, Presidente. —Simón Maturana, Vice. —Ramón Sepúlveda. —José Marful. —José Ramón Arias. —José Bartolomé Sepúlveda. —Mariano Guerrero, Diputado Secretario.


Es copia que pasó ante mí i va fielmente traducida a la letra de su orijinal, a que me refiero en caso necesario. —Sala de Asamblea. San Fernando, Junio 17 de 1831. —Mariano Guerrero, Diputado-Secretario.



Núm. 172

Diputado de la Asamblea de Colchagua. —San Femando, Junio 18 de 1831. —Cuando los habitantes del departamento de San Fernando me elijieron su representante a la Asamblea provincial, me dijeron tácitamente que no solo debia reglar mis operaciones a las leyes jenerales en el desempeño de mi cargo, sino también velar sobre la observancia de ellas, i mui en particular de la de elecciones; pues los artículos 51, 52 i 53 de ésta i la atribución 14.ª detallada a las Asambleas en el artículo 114 de la Constitución era en sus conocimientos; i si por algún acaso silenciase el hecho cometido el 17 del actual por siete diputados del Cuerpo a que pertenezco, dejando de ponerlo en conocimiento de S. E. el Supremo Gobierno, me haria responsable a mis comitentes, i aun cómplice en un delito que siempre he mirado con el mayor horror i que ha causado a la República males que lamentará por largo tiempo.

El acta que acompaño a V. S. en copia i contiene la elección de senador mandada hacer por